Libertad Sindical: Régimen Jurídico, Estructura y Representatividad

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Régimen Jurídico de la Libertad Sindical

El artículo 28.1 de la Constitución Española (CE) recoge el derecho a la libertad sindical, estableciendo que todos tienen derecho a sindicarse libremente.

Ámbito de la Libertad Sindical

El ámbito objetivo de la libertad sindical se refiere a la creación de sindicatos, mientras que el ámbito subjetivo se centra en la afiliación. La Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) concreta excepciones y limitaciones.

Excepciones a la Libertad Sindical

La LOLS establece ciertas excepciones a la libertad sindical:

  1. La primera excepción generó un recurso de inconstitucionalidad, ya que no se derivaba directamente de la Constitución.
  2. La segunda excepción también es una opción legal, no constitucional. El Tribunal Constitucional (TC) intervino, justificando su validez constitucional.
  3. La tercera excepción, impuesta por el artículo 127.1 CE, prohíbe la sindicalización y afiliación a partidos políticos a ciertos colectivos.
  4. La cuarta excepción impide la constitución de sindicatos exclusivos para extranjeros, ya que esto sería discriminatorio por razón de nacionalidad. Los extranjeros pueden afiliarse, pertenecer o fundar sindicatos, pero no para la defensa exclusiva por razón de nacionalidad.

Limitaciones a la Libertad Sindical

Existen limitaciones a la libertad sindical:

  1. Las fuerzas de seguridad del estado (policía nacional, autonómica y local) solo pueden constituir sindicatos formados por miembros de esos cuerpos, sin mezclarse con otros sindicatos o trabajadores de otros sectores.

Estructura Sindical

La estructura sindical se compone de sindicatos, federaciones y confederaciones. Los sindicatos se organizan según dos criterios: el ámbito territorial y el ámbito funcional.

Organización de los Sindicatos

Generalmente, los sindicatos tienen estructuras de federaciones por sectores y, a su vez, otra forma de base territorial: las uniones.

Posibles Estructuras

  • Estructura simple: Una sola persona jurídica que agrupa a varias personas físicas.
  • Estructura compleja: Federaciones (asociación de sindicatos) y confederaciones (para grandes organizaciones).

Los promotores deben determinar el ámbito de proyección de su sindicato.

Tipologías Sindicales en la Práctica

Existen diferentes tipos de sindicatos:

  • Sindicatos de oficio (horizontales): Afiliación de trabajadores que realizan la misma actividad profesional.
  • Sindicatos de industria (verticales): Agrupan a trabajadores de un mismo sector, independientemente de su nivel en la clasificación profesional.
  • Sindicatos de empresa: Se constituyen para defender a los trabajadores de una empresa específica.
  • Connotación ideológica: Los estatutos de los sindicatos expresan su orientación ideológica.

La Figura del Sindicato Más Representativo

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) creó la figura del sindicato más representativo. Los criterios para medir la representatividad varían según el país.

Tipos de Sindicatos Representativos

  1. Sindicato más representativo a nivel estatal: Aquellos que acrediten haber alcanzado un mínimo del 10% de delegados de personal y comité de empresa total.
  2. Sindicato más representativo a nivel autonómico:
  • Por audiencia electoral: Aquellos que hayan obtenido el 15% de los representantes unitarios, siempre y cuando esto suponga contar con un número no inferior a 1500 representantes.
  • Por irradiación: Aquellos que se afilien, federen o confederen con sindicatos que hayan obtenido la mayor representatividad a nivel económico en base al criterio de audiencia.
Sindicato simplemente representativo: Sindicatos "suficientemente representativos" en un ámbito funcional, que hayan obtenido en su ámbito territorial y funcional específico el 10% de los delegados de personal o de los miembros del comité de empresa.

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