Leyes y Decretos en España: Tipos, Características y Diferencias Clave

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Tipos de Leyes y Decretos en el Ordenamiento Jurídico Español

Concepto y Clases de Ley

La ley es una norma jurídica escrita de carácter general, aprobada por los órganos constitucionales competentes, que en España son las Cortes Generales (Congreso y Senado). Las leyes organizan el marco legal y establecen los principios fundamentales en diversas materias.

Clasificación de las Leyes

La Constitución Española (CE) contempla diferentes tipos de leyes, que se pueden dividir en dos grandes grupos:

  • Leyes Orgánicas: Son aquellas relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución. Su aprobación, modificación o derogación exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados (la mitad más uno del total de diputados, independientemente de los presentes).
  • Leyes Ordinarias: Son las que regulan materias no reservadas a ley orgánica. No pueden modificar el contenido de las leyes orgánicas, ya que existe un principio de jerarquía normativa. Desarrollan contenidos de diversos temas ya establecidos, en su caso, por una ley orgánica. Se aprueban por mayoría simple de los miembros presentes en cada Cámara (Congreso y Senado).

Otras categorías de leyes incluyen:

  • Leyes de Bases
  • Leyes Marco
  • Leyes de Transferencia
  • Leyes de Armonización
  • Leyes de Presupuestos Generales del Estado
  • Legislación Básica

Decreto Legislativo y Decreto Ley: Normas con Rango de Ley Emanadas del Poder Ejecutivo

En el ordenamiento jurídico español, existen normas con rango de ley dictadas por el poder ejecutivo (el Gobierno). Tanto el Decreto Legislativo como el Decreto Ley tienen fuerza de ley, pero se diferencian en su origen y requisitos.

Decreto Ley

El Decreto Ley es una norma con rango de ley que emana del poder ejecutivo *sin* autorización previa del Congreso o del Parlamento. Es una disposición legislativa provisional, de carácter extraordinario, regulada por la Constitución Española.

El Gobierno puede dictar Decretos Leyes solo en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Posteriormente, deben ser convalidados o derogados por el Congreso de los Diputados en un plazo determinado. Los Decretos Leyes no pueden afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I de la Constitución, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al Derecho electoral general. Ejemplos de situaciones que podrían justificar un Decreto Ley son guerras, catástrofes naturales o crisis económicas graves.

Decreto Legislativo

El Decreto Legislativo es una norma con rango de ley que emana del poder ejecutivo en virtud de una delegación expresa del poder legislativo (las Cortes Generales). Es decir, el Parlamento autoriza al Gobierno a dictar normas sobre materias concretas, estableciendo los criterios y límites de dicha delegación.

La delegación legislativa puede realizarse de dos formas:

  1. Mediante una ley de bases, cuando su objeto sea la formación de textos articulados. La ley de bases delimita con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.
  2. Mediante una ley ordinaria, cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.

El Decreto Legislativo permite al Gobierno aprobar disposiciones legales con mayor rapidez y durante un plazo determinado, en las materias especificadas por la delegación. A diferencia del Decreto-ley, no requiere una situación de extraordinaria y urgente necesidad, y no está sujeto a las mismas limitaciones materiales.

Las diferentes clases o tipos de leyes, así como los Decretos Legislativos y Decretos Leyes, se contemplan en la Constitución Española, estableciendo un sistema normativo jerarquizado y con procedimientos específicos para la elaboración y aprobación de cada tipo de norma.

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