Ley del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal

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LEY 43/2010 DE 30 DE DICIEMBRE

Denominación: Ley del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal.

Estructura:

  • 7 Títulos.
  • 10 Disposiciones Adicionales. (Sector Postal: 7 Disposiciones Adicionales).
  • 1 Disposición Transitoria.
  • 1 Disposición Derogatoria.
  • 7 Disposiciones Finales.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

  • Objeto y ámbito aplicación de la Ley.
  • Definiciones.
  • Exclusión de esta Ley.

OBJETO

Regular los servicios postales en España y sus relaciones con el extranjero. Asegurar un mercado equilibrado que permita:

  • Protección del SPU.
  • Defender derechos usuarios (SPU de calidad y precios asequibles).
  • Defender derechos de trabajadores de todos los operadores.

Con los principios de: Calidad / Eficacia / Eficiencia. Principios que controlará la Autoridad Nacional de Reglamentación (Son órganos independientes de los operadores cuya función primordial es que se respete el servicio postal en España y se aplique correctamente la Ley 43/2010). La ANR en España está integrada por:

  • Gobierno.
  • Altos cargos del Ministerio de Fomento (Ministro y Subsecretario).
  • Comisión Nacional de Mercados y la Competencia.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

La ley 43/2010 de 30 de diciembre, regula:

  • 6 operaciones de los servicios postales. (Recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega).
  • Giro.
  • Otros servicios que determine la UE y la UPU.

Están excluidos:

  • Autoprestación. La prestación de servicios postales, se efectúa directamente por el remitente de los envíos o por un tercero que trabaja solo para él, no es Operador Postal y tiene que realizar las 6 operaciones).
  • Envíos sin dirección; Publibuzón.
DEFINICIÓN DE OPERADOR POSTAL

Persona natural o jurídica que presta uno o varios servicios postales.

DEFINICIÓN DE OPERADOR DESIGNADO

Operador al que el Estado ha encomendado la prestación del servicio Postal Universal (Disposición adicional primera Ley 43/2010).

DEFINICIÓN DE ENVÍO POSTAL

Objeto presentado por el remitente para que sea recogido, transportado y entregado en la dirección que figura en la cubierta o en su envoltorio. El envío postal es propiedad del remitente hasta que no llegue a manos del destinatario que podrá recuperar o modificar la dirección pagando la contraprestación correspondiente, excepto imposibilidad material. Se considera envío postal: Envío de correspondencia (Sólo cartas y tarjetas postales). / Libros. Periódicos (Publicaciones Periódicas). / Publicidad Directa = Publicorreo, tiene que llevar dirección. / Paquetes con o sin valor comercial. Las dimensiones de los envíos las fija la UPU.

SERVICIO DE ENVÍO CERTIFICADO

Previo pago de una cantidad predeterminada a tanto alzado, establece una garantía fija contra los riesgos de pérdida, robo o deterioro y facilita al remitente a petición del mismo, una prueba de depósito y de entrega del envío. Correos, como operador designado está obligado a facilitar al remitente de cualquier envío certificado y si lo solicita el remitente, resguardo de la admisión, donde conste la fecha y hora de presentación y de la entrega del mismo. (Lo tiene que solicitar el remitente). El resto de operadores lo pueden hacer de forma voluntaria.

SERVICIO DE ENVÍO DECLARADO:

Permite asegurar el envío por el valor declarado por el remitente, en caso de pérdida, robo o deterioro.

CORREO TRANSFRONTERIZO

Correo con origen o destino en otro estado Miembro de la Unión Europea o un país tercero.

DEFINICIÓN DE SERVICIO POSTAL

Servicios de interés general que se prestan en régimen de libre competencia. Cualquier servicio consistente en las 6 operaciones de envíos postales.

  1. Recogida: Recoger los envíos postales desde los puntos de acceso (Instalaciones físicas del operador).
  2. Admisión: Recepción de envíos que confía el remitente al operador para realizar el proceso integral (desde recogida hasta entrega).
  3. Clasificación: Clasificar los envíos desde los puntos de acceso a la red hasta el Centro de Distribución.
  4. Transporte: Se efectúa el transporte por cualquier medio hasta su distribución final.
  5. Distribución: Funciones realizadas en los locales de destino del operador postal correspondiente a donde ha sido transportado el envío postal, funciones previas a su entrega final al destinatario.
  6. Entrega: En las direcciones indicadas en el mismo, excepto salvedades que se establezcan reglamentariamente.

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