Ley de procedimiento administrativo
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Capitulo X – De la Eficacia de las Sentencias Extranjeras
Las sentencias extranjeras Pueden ser ejecutadas en Venezuela a través de un procedimiento llamado Execuátur, es un procedimiento a nivel del TSJ para que una sentencia dictada En un tribunal extranjero, pueda ser aplicada o ejecutada en Venezuela. Esto Viene con la reciprocidad, si se aceptan las sentencias de un país, este a su Vez debe aceptar las nuestras.
Art. 53 –
Las sentencias extranjeras tendrán efecto en Venezuela
Siempre que reúnan los siguientes requisitos.
-Que hayan sido dictadas en materia civil, mercantil o en general, en Materia de relaciones jurídicas privadas.
-Que tengan fuerza de cosa juzgada de acuerdo con la ley del Estado en el Cual han sido pronunciadas.
-Que no versen sobre Derechos Reales respecto a bienes inmuebles situados En la República o que no se haya arrebatado a Venezuela la jurisdicción Exclusiva que le corresponde para conocer el negocio. (Los bienes ubicados en Venezuela se guían por el Derecho venezolano.
-Que los Tribunales del Estado sentenciador tengan jurisdicción para Conocer de la causa de acuerdo con los Principios Generales de Jurisdicción Consagrados en el Capítulo IX.
-Que el demandado haya sido debidamente citado, con tiempo suficiente para Comparecer y que se le hayan otorgado en general, las garantías procesales que Aseguren una razonable posibilidad de defensa. (Un proceso no es válido si no Ha sido citado el demandado, con el tiempo suficiente para defenderse)
-Que no sean incompatibles con sentencia anterior que tenga autoridad de Cosa juzgada y que no se encuentre pendiente, ante los Tribunales venezolanos, Un juicio sobre el mismo objeto y éntrelas mismas partes, iniciado antes que se Hubiere dictado la sentencia extranjera. Ejemplo: Si en Venezuela ya hay una Sentencia sobre el mismo caso que resuelve de forma diferente a la extranjera, No puede reconocerse, porque son incompatibles.
Art. 54 –
Si una sentencia extranjera no puede desplegar eficacia en su
Totalidad, podrá admitirse su eficacia parcial.
Art. 55 –
Para proceder a la ejecución de una sentencia extranjera
Deberá ser declarada ejecutoria de acuerdo con el procedimiento establecido por
La ley y previa comprobación de que en ella concurren los requisitos
Consagrados en el Art. 53.
Ley de Derecho Internacional Privado
Antecedentes
A mediados del Siglo XX se Hablaba de la necesidad de una ley autónoma de Derecho Internacional Privado, Que reuniera las normas y principios de DIP dispersos en los ordenamientos Jurídicos.
Tendencias
-Tiene una tendencia codificadora, que se basa en derogar todas las normas De Derecho Internacional Privado dispersas en ordenamientos jurídicos.
-Es una derogatoria universal: Art. 63 – Se derogan todas las Disposiciones que regulen la materia objeto de esta ley.
-Así mismo, es una ley anti territorialista, pues apoya la aplicación del Derecho Extranjero, sin embargo, toda ley de Derecho Internacional Privado Tiene su fuente en el Derecho Interno Estatal.
-Es universalista, ya que la fuente no es solo el ordenamiento jurídico Interno sino también el de otros Estados.
-Consagra a la ley del domicilio y la nacionalidad, pero fundamentalmente La del domicilio.
Estructura
-Se acoge a la teoría moderna, la cual está dividida en 12 capitos.
-Prevalecíó la tendencia codificadora, tomo y reuníó todas las normas de Derecho Internacional contenidas en otras leyes.
-Así como el Código Civil Latino fue la reuníón de varios códigos civiles
Europeos, del mismo modo se codifico la ley de Derecho Internacional Privado,
Reuniendo los principios contenidos en otras leyes a través de los factores de conexión.
Los Factores de Conexión
Personal:
Domicilio y Nacionalidad. Algunos incluyen la residencia.
En países Latinoamericanos:
Algunos usaban el factor del Domicilio, es decir, vincular al emigrante con a tierra.
-En Venezuela se usaba el territorialismo, no se permitía la aplicación Del Derecho Extranjero, la ley de DIP cambio dicha situación, permitiendo así Su aplicación.
La Lex Fori y la Lex Causae se excluyen de la ley
Importancia de la Ley:
Resolver los conflictos
Intersubjetivos de ley.
Criticas:
Se critica la amplia discrecionalidad de los jueces, sin
Embargo, estas amplias opciones le sirven al Juez para escoger y decidir lo
Justo. También se critica la compleja redacción de la norma, debido a que
Algunos artículos no son claros.