Ley de Defensa de la Competencia en España: Claves para Entender las Prácticas Anticompetitivas

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El sistema español, marcado por el principio de libre competencia, busca establecer las medidas adecuadas para que esta competencia se base únicamente en ofrecer un mejor producto por parte de los empresarios, evitando medidas adoptadas por estos que tiendan a eliminar o mermar la competencia para obtener así un mayor negocio.

Marco Legal de la Competencia en España

La Ley fundamental en esta materia es la Ley de Defensa de la Competencia, dictada en un primer momento en 1989 y derogada por la nueva Ley, con el mismo nombre, de 2007. Podemos afirmar que es una Ley dirigida a la propia Administración Pública, estableciendo qué conductas deben vigilarse o sancionarse. Esta nueva ley, con un esquema similar, mantiene varios posicionamientos de la anterior, haciendo mayor hincapié en dos puntos clave: la agrupación de empresas y las ayudas públicas.

Principales Pilares de la Ley de Defensa de la Competencia

Esta ley se basa en cinco puntos principales que merecen prohibición o, al menos, una especial vigilancia. A continuación, se detallan los primeros tres:

1. Medidas Colusorias

Su artículo 1º las define como “todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional.”

En particular, la ley cita algunas de las principales, tales como:

  • Acuerdos entre empresas para la fijación de precios u otras condiciones fundamentales del mercado.
  • La limitación de la producción o de la distribución.
  • El reparto del mercado o de las materias primas.
  • La aplicación de condiciones desiguales a prestaciones equivalentes, que pongan en situación de desventaja competitiva a algunos competidores.
  • La imposición de cláusulas que nada tienen que ver con el objeto principal del contrato.

Este artículo se ha puesto en práctica en los últimos años en bastantes ocasiones, algunas de ellas mediáticas, afectando a compañías de telefonía, a entidades de crédito o a grandes multinacionales, por poner algunos ejemplos.

2. Abuso de Posición Dominante

En segundo lugar, la ley trata sobre el abuso de posición dominante, prohibiendo que una o varias empresas abusen de su posición dominante en todo o en parte del mercado nacional. Queda claro que no está prohibido tener una posición dominante, sino abusar de ella. La ley detalla una serie de conductas en las que se dará por hecho que existe un abuso de posición dominante, tales como:

  • Imponer condiciones no equitativas.
  • La imposición de condiciones diferentes a supuestos semejantes.
  • La negativa injustificada a vender o prestar servicios.
  • Someter la celebración de un contrato a la condición de la aceptación de prestaciones suplementarias que nada tienen que ver con el objeto principal del contrato.

3. Conductas Desleales que Afectan a la Competencia

En tercer lugar, la ley trata sobre la prohibición de llevar a cabo conductas desleales para afectar a la competencia. Sin embargo, no describe esas conductas desleales, aunque sí establece que de ellas se encargará la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

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