La Letra de Cambio y los Títulos Valores: Fundamentos Jurídicos y Clasificación Mercantil

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La letra de cambio es un título valor creado por los comerciantes de la Edad Media en Italia, demostración del ingenio del comercio para resolver las dificultades de pago que menoscababan el desarrollo de la actividad económica. La letra de cambio salvó el problema de los cobros al menor coste posible.

Introducción a los Títulos Valores

Los títulos valores son documentos que se usan en el comercio para transmitir los derechos que incorporan. Son escritos en los que deben especificarse los derechos que permiten ejercer. Podemos distinguir dos elementos fundamentales:

  • El elemento corporal (el documento en sí).
  • El elemento incorporado (el derecho que se puede ejercer o transmitir).

En ellos prima la apariencia: el simple poseedor es el llamado a ejercer el derecho que incorpora el documento. Por ello, el ordenamiento jurídico protegerá la posición del tenedor del título porque presume que es su legítimo titular.

El Negocio Subyacente y la Función de los Títulos de Crédito

Los títulos valores nacieron para facilitar la transmisión de los derechos de crédito sin tener que recurrir a la cesión ordinaria del derecho de crédito.

En una operación de contrato de compraventa, el vendedor entrega la mercancía al comprador, quien se compromete a la entrega del precio en dinero. Por eso, en el tráfico mercantil se crea un documento que indica que el comprador pagará al vendedor una cantidad en un momento determinado.

Es un título valor cuando el derecho a cobrar (el papel que reconoce el pago) se desgaja del contrato original (la compraventa entre el vendedor y el comprador). El vendedor tendrá el papel que establece que el comprador deberá pagarle una cantidad de dinero en un lugar y fecha determinados. Lo normal es que en las compraventas se generen documentos que reflejen las prestaciones de dinero (los derechos de crédito frente a los compradores), por lo que a los títulos valores que así se crean se les conoce como títulos de crédito por el derecho a cobrar un importe.

Es más fácil transmitir el título de crédito que el contrato original de compraventa, porque si lo que se vende es el contrato original (cesión ordinaria del negocio subyacente), el tercero que entra en el contrato sucede a la antigua parte en su misma posición, con todos sus derechos y sus obligaciones que su cedente tuviera respecto al contrato, y deberá responder ante los problemas que pudieran surgir en ese contrato (por ejemplo, con la mercancía). Además, se aplicaría la compensación por otras deudas que existieran entre el comprador y vendedor originales.

Clasificación de los Títulos Valores

Existen múltiples criterios para clasificar los títulos valores. Con carácter general, y por el contenido del derecho, se distinguen tres categorías principales:

  • Títulos que incorporan un crédito: Reflejan una prestación de dinero (ej. Letra de Cambio y Pagaré).
  • Títulos que reflejan un conjunto de derechos y obligaciones: (ej. Acción).
  • Títulos relativos a cosas o mercancías: (ej. Resguardo de un depósito).

Clasificación según la relación con el Negocio Subyacente

  • Títulos causales: Existe una íntima conexión entre el negocio y el título (ej. Acciones).
  • Títulos abstractos: Se desligan la vida de ambos negocios.

Otras clasificaciones relevantes

Los títulos valores también se clasifican por:

  • Por el tipo de emisor: Títulos públicos y títulos privados.
  • Por la literalidad del título: Títulos completos y títulos incompletos.
  • Por el nacimiento del derecho:
    • Títulos constitutivos (ej. Pagaré).
    • Títulos declarativos (ej. Acciones).
  • Por la forma de emisión:
    • Los que se emiten individualmente (ej. Letra, Pagaré).
    • Los que se emiten en serie (ej. Emisión de acciones).

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