El Legado Visigodo en la Alta Edad Media: Cataluña y León
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La persistencia del carácter visigodo en la Alta Edad Media
Cuando se produce la invasión musulmana en el año 711, el Liber Iudiciorum era la obra del derecho godo. Se mantuvo en la mayoría de los núcleos cristianos que permanecieron al margen del poder musulmán, pero las nuevas circunstancias de la Reconquista y repoblación impidieron que esa obra pudiera seguir aplicándose a la nueva sociedad. Por eso, poco a poco el Liber va a ir desapareciendo en la mayoría de los reinos, gozando de mayor persistencia en el reino de Cataluña y en el Reino de León.
Cataluña
Los condados catalanes fueron dependientes políticamente del Imperio carolingio hasta mediados del siglo IX y se vieron sometidos al Derecho carolingio, su Derecho público y a la organización política. Sin embargo, para sus relaciones jurídico-privadas se les permitió seguir utilizando el Liber Iudiciorum. Cuando se produce la independencia condal en el siglo IX, los nobles y eclesiásticos más importantes de esos condados comenzarán a crear su propio derecho público reunidos en unas asambleas llamadas "Asambleas de Paz y de Tregua".
Para el derecho privado, se sigue utilizando el Liber, si bien tienen que ir adaptando algunos de sus preceptos a las nuevas necesidades a través de las cartas condales de población, en las que se establecía la relación existente entre los señores y los vasallos. En el siglo XI, el rey Ramón Berenguer I publica los "Usatges" de Cataluña, en los que se recopilaban todas las novedades que no estaban contenidas en el Liber. Esta obra se va a empezar a utilizar como Derecho de carácter supletorio al Liber.
Los Usatges se van ampliando con el tiempo y entra en Cataluña como derecho general. Esta política de imposición de los Usatges frente al Liber culminará con Jaime I en las Cortes de Barcelona. En estas cortes se imponen los Usatges como derecho general del reino y se prohíbe la utilización del Liber Iudiciorum, que quedará relegada a obra de consulta.
León
El reino de León se consideró el heredero del legado godo y por eso hubo un temprano intento de restaurar todo el orden godo, tanto político como social y jurídico, tal y como se había mantenido en Toledo. Una obra que nos hace referencia a estos primeros años de León es la Crónica Albeldense. Pero conforme fue avanzando la Reconquista, estos reyes se vieron incapaces de aplicar el Liber en los nuevos territorios conquistados y no tuvieron más remedio que ir imponiendo nuevas normas jurídicas de carácter privilegiado para regular la población.
La tradición del Liber se fortaleció en León a partir del siglo X, cuando se produce una importante emigración de la población mozárabe al norte, y es en León donde se crea el "Tribunal del Liber". Precisamente, el intento de someter a todos los habitantes del reino de León al Tribunal del Liber va a promover la independencia del reino de Castilla. El reino de Castilla se había formado en torno a la ciudad de Burgos. Cuando se conquista esta ciudad, se asienta una gran cantidad de población proveniente de las montañas vascas, que nunca habían conocido ni respetado el Liber Iudiciorum. Entonces, cuando trata de imponérseles, se producirá una rebelión contra el rey de Castilla, que se manifiesta con la quema del Liber, y se declararán independientes con el rey Fernán González.
Declarada la independencia, los castellanos empezaron a crear su propio derecho, de carácter eminentemente consuetudinario y jurisprudencial. En León, a partir de la reconquista de Toledo, se recuperará la tradición del Liber. El rey va a tratar al Liber no como derecho general del reino, sino como derecho local o fuero municipal. Para ello, el rey tradujo el Liber Iudiciorum al castellano y le dio el nombre de Fuero Juzgo. Esta política de conceder el Fuero Juzgo como norma local, como derecho municipal, continuó.