El Legado de las Cortes de Cádiz: Constitución de 1812 y Liberalismo Español

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Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Nos situamos en la Guerra de Independencia (1808-1813). Tras las Abdicaciones de Bayona, José I Bonaparte reina en España, aunque el pueblo español ha creado instituciones de gobierno alternativas al poder del rey, denominadas Juntas (para la mayoría de españoles, José I es un rey ilegítimo). Estas Juntas sustituyen al rey Fernando VII en su ausencia. La Junta Suprema Central, que residió en Aranjuez y Sevilla, se ve obligada a trasladarse a Cádiz, ante el avance de las tropas francesas. Esta Junta se transformó en una Regencia de 5 miembros que será la institución que convocará las Cortes el 24 de septiembre de 1810.

Las Cortes de Cádiz

  1. Fueron abiertas no por estamentos, sino por Cámara Única (sistema unicameral).
  2. Del voto estamental del Antiguo Régimen pasamos al voto individual.
  3. Una nueva ideología: el liberalismo.
  4. Cádiz, la ciudad elegida, ya que desde siempre contó con una clase burguesa pujante, reformista, vinculada a la actividad comercial y partidaria de las ideas liberales. Esta burguesía desea el poder político. Era la única ciudad que no quedó ocupada por los franceses.
  5. Las Cortes proclamaban la soberanía nacional, principio fundamental del liberalismo, postulado por Rousseau, que pretendía que el poder de la nación fuera elegido por los ciudadanos.
  6. Estas Cortes se centraron en dos tareas fundamentales:
    • Elaborar una Constitución (se aprobará en 1812).
    • Promover leyes y reformas sociales y económicas que contribuyeran a desmantelar el Antiguo Régimen (pretendían abolir los privilegios señoriales, la desamortización de bienes, la igualdad jurídica de los ciudadanos, establecer un sistema parlamentario y constitucional).
  7. En la composición de las Cortes estaban representados miembros de los tres estamentos, aunque respecto al Tercer Estado no había campesinos, sólo burgueses. Eclesiásticos, abogados, funcionarios, comerciantes, militares e intelectuales predominaban entre sus diputados.

La Constitución de 1812

Aprobada el 19 de marzo de 1812 y conocida como “La Pepa”, es el resultado del compromiso entre liberales y absolutistas. Aunque su talante era liberal, algunos de sus artículos seguían recordándonos al Antiguo Régimen, como el artículo 12: “la religión de la nación española es y será siempre la católica, apostólica y romana, con exclusión de cualquier otra”.

Principales ideas de la Constitución:

  • Se establecía el principio de soberanía nacional (antes proclamado por las Cortes).
  • Se confirmaba la división-separación de los poderes del Estado: el poder legislativo correspondía a las Cortes junto con el rey (el rey puede sancionar-promulgar leyes 2 veces en 3 años); el poder ejecutivo lo tiene el rey y el judicial los tribunales de justicia.
  • Las Cortes obtenían amplios poderes: elaboraban las leyes, decidían sobre la sucesión de la Corona, aprobaban los Tratados internacionales…
  • Se garantizaban los derechos fundamentales del individuo: igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, inviolabilidad del domicilio, sufragio prácticamente universal masculino (25 años), educación elemental, garantías procesales y penales…
  • Estado unitario y centralizado: se ponía fin a los privilegios territoriales como los fueros vasco y navarro.

Esta Constitución fue imitada en Portugal, en diversos estados italianos, así como en algunos países iberoamericanos.

Síntesis de la ideología del liberalismo:

Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812 son dos relaciones del liberalismo como la teoría política que define la libertad de los miembros de una sociedad; estos miembros tienen igualdad de derechos, deberes y oportunidades.

Los liberales quedarán divididos en 2 partes: moderados, partidarios del sufragio censitario, representados por la alta burguesía (liberalismo doctrinario). Por otra parte, los progresistas, partidarios del sufragio universal, representados por la mediana y pequeña burguesía (liberalismo democrático).

Además de las Constituciones, las Declaraciones de Derechos y la Enciclopedia escrita por Diderot y D'Alembert recogen las ideas liberales.

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