El Legado de Cádiz: Cortes y Constitución de 1812
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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
La Junta Central y la Convocatoria a Cortes
Las escasas victorias militares crearon el descontento, y la Junta Central fue disuelta. El poder fue transferido a un Consejo de Regencia. La Regencia, presidida por Castaños, se encontraba en una situación de incapacidad al no tener recursos, y se puso económicamente en manos de la Junta de Cádiz. En 1810, los liberales convirtieron las Cortes en una Asamblea constituyente.
Instalación y Composición de las Cortes
Torrero propuso que se aprobase un proyecto de decreto fundamental: en las Cortes reside la soberanía nacional; se reconocía a Fernando VII con el poder ejecutivo y, en su ausencia, a la Regencia; las Cortes se reservaban el ejercicio del poder legislativo; se hacía responsable del ejecutivo a la Regencia.
¿Cómo pudo ser aprobado un decreto que eliminaba jurídicamente la soberanía total del monarca? Se anhelaba un poder fuerte y un deseo de reformas. Cádiz era una ciudad comercial con individuos inconformistas que fueron los diputados suplentes. Había mayoría de diputados eclesiásticos, pero representaban a un clero urbano e ilustrado; los obispos iban a ser llamados por su pertenencia a uno de los dos estamentos privilegiados. El poco porcentaje de nobles se explica por la misma razón respecto a los obispos. El 56% de los diputados pertenecía al tercer estamento.
Las Reformas Gaditanas
El proceso reformador que llevaron a cabo los liberales en las Cortes de Cádiz consistió en la sustitución de las estructuras sociales, económicas y políticas de la Monarquía del Antiguo Régimen por las de un Estado liberal. Comenzó a tratarse la libertad de imprenta. Pusieron fin al feudalismo declarando que el régimen señorial quedaba abolido con la conversión de los títulos señoriales en contratos de propiedad particular, lo que permitió a la nobleza mantener su poder económico; abolieron el régimen gremial; suprimieron la Inquisición en 1813; abolieron los privilegios de la Mesta; e iniciaron una desamortización en 1813. La Constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812, conocida como La Pepa.
La Constitución de 1812
Es la primera constitución española, ya que el Estatuto de Bayona en 1808 era una carta otorgada. Participaron liberales como Agustín Argüelles y Muñoz Torrero.
Consta de 384 artículos y cuatro principios fundamentales:
- Soberanía nacional: la soberanía dejaba de descansar en el rey.
- División de poderes: el poder legislativo recaía en manos de Cortes unicamerales, el poder ejecutivo descansaba en el rey, y el poder judicial en los tribunales y los jueces.
- El derecho de representación: los diputados representaban a la nación y no a los estamentos, eran elegidos por sufragio universal indirecto de todos los hombres mayores de 25 años.
- La declaración de derechos: se reconocían derechos como la propiedad y la libertad, incluyendo la libertad de expresión.
Otros puntos importantes fueron: el catolicismo como única confesión, un gesto condicionado por la guerra y la necesaria colaboración del clero; y la creación de un nuevo ejército que defendía a la nación y sustituía al ejército de la monarquía.
Aunque algunos artículos de la Constitución están calcados de algunas Constituciones francesas, no puede decirse que la obra reformadora de los diputados gaditanos fuera una copia de la Revolución francesa.
Fuentes Ideológicas y Sociales del Liberalismo Español
Entre los referentes ideológicos del liberalismo español está la influencia de las ideas ilustradas, en concreto de la filosofía política de la Ilustración (Montesquieu, Voltaire y Rousseau); el sistema parlamentario inglés; la Escuela Clásica de Adam Smith; y la tradición teórica política española de Vitoria y Suárez.
En cuanto a las fuentes sociales, podemos decir que el campesinado apenas sacó beneficios. Los grupos sociales que protagonizaron la revolución liberal fueron la nobleza terrateniente y la burguesía comercial, industrial y de profesiones liberales; al ser una base social restringida, pronto cedió con el regreso de Fernando VII.