Justicia y Derecho: Teorías, Virtudes y Evolución

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Justicia y Derecho en las Democracias Modernas

Las democracias modernas son Estados democráticos de Derecho. En estos sistemas políticos, todos los ciudadanos están sometidos al imperio de la ley. Los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial) están separados y también sujetos a la ley. Los derechos y las libertades de los ciudadanos están reconocidos por la ley. La norma fundamental de un Estado democrático es la Constitución, que recoge los derechos y deberes básicos, así como las directrices generales de la organización política.

En las sociedades modernas, existe una diferencia importante entre la moral y el derecho:

  • La moral es individual y está basada en la conciencia de cada cual.
  • El derecho privado regula las relaciones particulares entre los individuos.
  • El derecho público tiene en cuenta los intereses generales y los del Estado.

Existen dos teorías fundamentales sobre las normas jurídicas:

  • Iusnaturalismo: Defiende la existencia de una ley natural formada por principios racionales y universales, válidos para todas las personas en todos los tiempos, basados en la naturaleza humana.
  • Convencionalismo: Sostiene que las leyes son producto del acuerdo entre las personas, por lo que la sociedad no es natural sino artificial, producto de un contrato que sustituye la fuerza por normas aceptadas por todos. Según esta visión, no existe una naturaleza o esencia humana fija e inmutable.

Virtudes Morales y Justicia

Cada ser humano tiene rasgos personales diferenciados, con una parte innata y otra adquirida. A la parte adquirida de nuestra personalidad se le llama carácter, formado por un conjunto de hábitos o formas habituales de conducta. Los hábitos morales influyen en los demás y tienen consecuencias para otras personas. Llamamos virtudes a los hábitos morales positivos y vicios a los negativos. Una virtud es un hábito que nos predispone a actuar de forma positiva y de acuerdo con nuestra idea del bien.

Teorías sobre la Justicia

En la Grecia arcaica, justicia significaba "orden y proporción", refiriéndose al ajuste de las partes a un todo donde cada cosa ocupa el lugar que le corresponde. En la Grecia clásica, los sofistas introdujeron una distinción entre el orden cósmico o natural y el orden social y político. Las leyes naturales son estables y permanentes, pero las leyes humanas dependen de la decisión colectiva, por lo que pueden cambiar según el momento o el lugar.

Platón, en desacuerdo con el relativismo de los sofistas, creía en un orden ideal y natural justo que debía realizarse en la sociedad. Para que este orden equilibrado imperara, era preciso gobernar sabiamente, lo cual solo se lograba si el poder estaba en manos de los filósofos. Una sociedad adecuada debía organizarse para que cada cual se dedicara a lo que mejor sabía hacer.

Platón distinguía entre justicia general y particular:

  • Justicia general o legal: Se relaciona con las leyes, que deben perseguir el bien común y aplicarse a todos por igual.
  • Justicia particular: Se aplica a los individuos en sus relaciones con los demás y la sociedad. Incluye la justicia conmutativa (aplicada en intercambios entre iguales) y la justicia distributiva (aplicada en repartos según criterios de mérito o necesidad).

La separación entre religión y justicia se produjo en la modernidad. Los filósofos afirmaron la existencia de derechos y leyes naturales independientes de la religión. Según la teoría iusnaturalista, las leyes son justas solo si concuerdan con el orden natural, conocible mediante la razón. La teoría del contrato social también surge en la modernidad, planteando que el hombre no es social por naturaleza, sino que vive en sociedad por un acuerdo para la convivencia pacífica.

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