El Poder Judicial en España: Tribunal Supremo, Constitucional y más

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El Tribunal Supremo

Con sede en Madrid, el Tribunal Supremo es único en España y ejerce jurisdicción en todo el territorio nacional.

Es el tribunal superior en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar), salvo lo dispuesto en materia de garantías y derechos fundamentales.

Está formado por el Presidente, nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial; los Presidentes de Sala; y los Magistrados de cada una de las Salas.

Este tribunal es la última instancia para la interposición de impugnaciones de resoluciones dictadas por tribunales inferiores. Además, es el máximo responsable de la interpretación de la jurisprudencia en España.

Entre sus competencias están:

  • Decidir los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
  • El enjuiciamiento de altos miembros de los órganos del Estado.
  • Los procesos de declaración de ilegalización de los partidos políticos.

El Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) tiene su sede en Madrid y es el máximo intérprete de la Constitución Española (CE).

Es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido solamente a la CE y a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Se trata de una instancia única que extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional.

Está compuesto por 12 miembros, nombrados por el Rey y propuestos de la siguiente forma:

  • 4 por el Congreso (por mayoría de tres quintos).
  • 4 por el Senado (por mayoría de tres quintos).
  • 2 por el Gobierno.
  • 2 por el Consejo General del Poder Judicial (por mayoría de tres quintos).

Los miembros del TC deberán ser nombrados entre magistrados y fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos y abogados, todos ellos de reconocidas competencias, con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función.

Los miembros del TC están sujetos a un régimen de incompatibilidades establecido en su ley reguladora.

Destacamos, a continuación, algunas de las competencias más importantes del TC:

  • Recurso y cuestión de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones del Estado y las Comunidades Autónomas (CCAA).
  • Recurso de amparo por violación de derechos fundamentales relativos a los artículos 14 al 30 de la CE.
  • Conflictos constitucionales de competencias entre el Estado y las CCAA.
  • Conflictos entre los órganos constitucionales del Estado.
  • Conflictos en defensa de la autonomía local.
  • Sobre la declaración de constitucionalidad de los Tratados Internacionales.

El TC actúa en Pleno o en Salas. El Pleno está formado por todos los magistrados del tribunal y lo preside el presidente o, en su caso, el vicepresidente.

Tiene dos Salas, cada una con 6 magistrados. El presidente lo es de la Sala Primera y el vicepresidente de la Sala Segunda. Para el despacho ordinario y la decisión de admisibilidad o inadmisibilidad de los recursos, el Pleno y las Salas constituirán 4 secciones compuestas por el presidente y 2 magistrados.

Existen otros órganos de apoyo al TC en su función jurisdiccional:

  • La Secretaría General.
  • Las Secretarías de Justicia.
  • El Registro General.
  • El Archivo General.

El Consejo General del Poder Judicial

Se trata de un órgano constitucional, colegiado y autónomo que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial, con el fin de garantizar la independencia de los jueces. Con ello, se pretende asegurar que la situación personal y profesional de los miembros de la judicatura no dependa de un órgano ajeno al Poder Judicial.

Está compuesto por 20 vocales, nombrados por el Rey por un periodo de cinco años, elegidos por las Cortes (10 por el Congreso y 10 por el Senado por mayoría de tres quintos) entre jueces y juristas de reconocido prestigio, y un Presidente designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva.

Entre sus funciones destacamos:

  • Vigilar y velar por la independencia de los jueces.
  • Potestad disciplinaria, siendo el único órgano competente para imponer las sanciones de traslado forzoso, suspensión y separación a jueces y magistrados.
  • Nombrar a los miembros del Tribunal Supremo y los Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia y Audiencia Nacional.

El Ministerio Fiscal

Tiene como función promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley.

Actúa conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica.

El Ministerio Fiscal es único en todo el Estado, con órganos propios, y le corresponde a los órganos superiores, especialmente al Fiscal General del Estado, dar las órdenes e instrucciones necesarias.

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