Jornada Laboral, Derechos y Obligaciones: Guía Completa para el Trabajador
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¿Qué es la jornada laboral?
Tiempo que el trabajador dedica cada día a realizar su trabajo. La duración se pacta en convenio colectivo o contrato de trabajo y nunca puede superar las 40 horas semanales de media en cómputo anual.
Tipos de Jornada Laboral
A) Regular
Requisitos:
- Máximo horas diarias
- Descanso mínimo entre jornadas y trabajo a turnos
- Descanso mínimo semanal
- Descanso mínimo dentro de la jornada
B) Irregular
Requisitos:
- Diferente distribución semanal horaria – duración MÁXIMA legal.
- Distribución irregular de la jornada de hasta 10% del total anual.
- Posibilidad de sobrepasar límite de 9 horas/diarias. ¿En qué supuesto?
Reducción de Jornada Laboral
¿Se puede reducir la jornada laboral?
- Guarda legal y cuidado de familiares (art. 37.6, ET)
- Cuidado lactante (art. 37.4, ET)
- Nacimientos prematuros y hospitalización después del parto del hijo/a (art. 37.5, ET)
- Víctima violencia de género (art. 37.8, ET)
- ERTE ETOP y por fuerza mayor (art. 48, ET)
Horas Extras
¿Es obligatorio hacer horas extras?
- Definición HORAS EXTRAS: ¿voluntarias y/o obligatorias?
- Retribución horas extraordinarias.
- SUPUESTOS prohibición realización horas extraordinarias:
- Trabajadores menores de 18.
- Trabajadores con horario nocturno.
- Trabajadores con contrato parcial (excepto fuerza mayor).
- Trabajadores con contrato formativo en cualquier modalidad.
- Trabajadores en ERTE.
Derecho Laboral
DERECHO DEL TRABAJO O DERECHO LABORAL: Conjunto de normas que regulan las relaciones laborales entre trabajadores/as y empresarios/as.
Relaciones Laborales
RELACIÓN LABORAL ESPECIAL: Reúne todos los requisitos de la relación laboral, pero tiene características propias que hacen necesaria una regulación a través de NORMATIVA ESPECÍFICA.
- Deportistas profesionales
- Personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
- Personal de alta dirección
- Servicio del hogar familiar
RELACIÓN NO LABORAL O EXCLUIDA: No se les aplica la normativa laboral, porque no cumplen alguno/s de los requisitos de la relación laboral o bien, porque se regulan por su normativa propia (como en el caso de funcionarios públicos).
- Prestaciones personales obligatorias.
- Trabajos familiares.
- Funcionarios públicos
- Consejeros de sociedades.
Fuentes del Derecho Laboral
FUENTES DEL DERECHO LABORAL Normas laborales creadas por instituciones u organismos con capacidad para dictar normas, de ámbito nacional o internacional.
- Organismos – FUENTES MATERIALES DEL DERECHO LABORAL
- Normas – FUENTES FORMALES ESQUEMA FUENTES DEL DERECHO LABORAL
- Fuentes internacionales de Derecho Laboral: reglamentos y directivas de la UE y tratados y convenios internacionales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
Derechos y Obligaciones
DERECHOS BÁSICOS DEL TRABAJADOR/A:
- Trabajar y elegir con libertad su profesión u oficio.
- Sindicarse libremente.
- Negociación colectiva.
- Adoptar medidas de conflicto colectivo.
- Hacer huelga.
- Reunirse.
- Informarse, realizar consultas y participar de forma activa en la empresa.
DERECHOS DEL TRABAJADOR/A DERIVADOS DE SU RELACIÓN LABORAL:
- Derecho a la ocupación efectiva.
- Derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo.
- Derecho a no ser discriminados.
- Derecho a su integridad física, y una política de seguridad e higiene adecuada.
- Derecho a que sea respetada su intimidad, y a la debida consideración de su dignidad, que comprende la protección ante el acoso por razón de religión o convicciones, origen étnico o racial, edad, discapacidad u orientación sexual. Los trabajadores tienen derecho también a ser protegidos frente al acoso laboral, sexual y por razón de sexo.
- Derecho a recibir puntualmente la remuneración pactada o que se establezca legalmente.
- Derecho a ejercer individualmente las acciones que se deriven de su contrato laboral.
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO/A:
- Salario.
- Ocupación efectiva.
- Promoción y formación profesional.
- No discriminación.
- Respetar integridad física, intimidad y consideración a la dignidad del trabajador/a.
- Cumplir con las medidas de seguridad e higiene.
- Cumplir con la normativa impuesta por Seguridad Social, etc.