John Locke y la Teoría del Contrato Social
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John Locke (1632-1704)
La idea de “estado de naturaleza” como fundamento ideológico del nuevo estado burgués: la teoría del contrato social en Locke
CONTEXTUALIZACIÓN
La filosofía política moderna entronca con el realismo político de Maquiavelo. Esta es la teoría del origen divino del poder que pretende legitimar las monarquías absolutas.
Las teorías políticas modernas rechazan este tipo de explicaciones y buscan en la conducta, inclinaciones, los mecanismos que generan las estructuras jerárquicas de poder, el arte de calcular: lo que a él le interesa es la técnica política para conservar el poder y mantener el orden (es decir, no le interesa cuál es el mejor gobierno ni qué es lo legítimo) se limita a describir los mecanismos por los que los hombres acceden al poder y se mantienen en él. Pero a la filosofía política le interesa analizar cómo, cuándo y por qué el poder político es legítimo, es decir, justo. En la visión maquiavélica la política se separa de la ética y
superar esta escisión es lo que pretende la filosofía política ilustrada. Para ello buscará criterios de legitimación que permitan discriminar entre sistemas de poder justos y sistemas de poder injustos. Entre mediados del siglo XVII y mediados del XVIII se suceden las llamadas “teorías del contrato social” de Hobbes, Locke y Rousseau que pretenden legitimar el sistema de poder en el acuerdo, pacto o contrato que funda la sociedad y el estado y que van evolucionando desde una inicial defensa del absolutismo hasta el parlamentarismo, la división de poderes y la soberanía popular
Las teorías del contrato social afirman que el Estado no es un “organismo” natural sino un “artificio” o abstracción resultado de un “contrato”, “pacto” o acuerdo entre individuos libres.
Las teorías organicistas de Platón y Aristóteles interpretan el Estado como una “unidad orgánica” con acciones, creencias y proyectos propios, con características diferentes de las propias de los individuos que lo componen y sin la cual el ser humano ni siquiera es inteligible; el Estado es lo verdaderamente real, anterior al individuo y superior a él (Aristóteles afirma que fuera del Estado, el hombre es una bestia o un Dios). El origen y formación de la sociedad y el estado no constituye, pues, un problema para las teorías organicistas clásicas.
La primera pregunta que las teorías políticas modernas quieren responder es, pues ¿Cómo y por qué se organizaron en sociedades y estados los individuos?
Un acuerdo, pacto o “contrato” (Esta oposición naturaleza-sociedad ya fuera observada por los sofistas que, contra las teorías de Platón y Aristóteles, afirmaban que las leyes sociales -nomos- no sólo son diferentes de las leyes naturales -fisis- sino que en gran medida se oponen a ellas).
BIOGRAFÍA
John Locke (1632-1704) es el padre del empirismo inglés y, dentro de los teóricos del contrato social, el primer y principal exponente del liberalismo político. El liberalismo afirma que un Estado y una sociedad, para que sean justos, deben tratar a sus miembros con igual respeto y considerarlos “iguales” en derechos. Históricamente se vincula a los orígenes de la democracia occidental moderna y burguesa.
Escribe su primera Carta sobre la tolerancia defiende la democracia. Hace dos tratados sobre el gobierno civil. En el Primer Tratado, Locke refuta la teoría del derecho divino de los reyes pero es en el Segundo Tratado en el que desarrolla su doctrina política.
En el Segundo Tratado sobre el gobierno civil Locke pretende fundamentar filosófica y políticamente el Estado buscando en su origen su legitimidad: el poder proviene del consentimiento voluntario de los gobernados que “pactan” para crear la sociedad civil, lo que les permite salir del originario “estado de naturaleza”. También expone los postulados básicos del liberalismo: parlamentarismo, división de poderes, propiedad privada como derecho natural...
En conclusión, para Locke, el individuo es soberano, pero, para asegurar tal soberanía necesita de algo que le proteja de posibles agresiones de los demás hombres; reconocida tal necesidad, la sumisión se vuelve voluntaria ya que el ciudadano reconoce en la sociedad civil unas instituciones destinadas a proteger su libertad, es decir, sus propiedades. Lo que Locke quiere demostrar es una libertad e igualdad original en todos los individuos y la voluntariedad de sus organizaciones políticas. Un parlamento es una convención de hombres libres que toman decisiones bajo las reglas de juego establecidas por ellos mismos: respeto a la mayoría, poder ejecutivo de sus decisiones... Todo esto responde a la mentalidad “pactista” de la burguesía inglesa triunfante a finales del siglo XVII.
El paso del estado de naturaleza a la sociedad civil es, pues, por consentimiento (lo que implica que tanto la sociedad civil como el gobierno que, posteriormente, se establezca se basan en fundamentos racionales: sólo el consentimiento, otorgado por un pacto, puede ser el origen de un gobierno legítimo). El paso del estado de naturaleza a la comunidad política es fruto de un acuerdo mutuo entre todos los individuos libres, iguales e independientes cuyo fin es vivir en paz y gozar de sus propiedades. En este sentido Locke afirma que “cuando un número de hombres ha consentido así formar una comunidad de bienes (commonwealths) o gobierno, quedan incorporados y forman un cuerpo político, en el que la mayoría tiene derecho de actuar y prevalecer sobre el resto.
El individuo no renuncia a su libertad, pero está dispuesto a restringirla para obtener unos beneficios que Locke resume en los siguientes:
- Se dispone de una ley escrita (ley positiva) que define la ley natural y evita las controversias sobre ellas
- Se establece un sistema judicial que goza del reconocimiento general y evita arbitrariedades (Imparcialidad)
- Se crea un poder capaz de castigar crímenes y de obligar a ejecutar las sentencias
- Se conserva la propiedad privada: “el gran y principal fin de que los hombres se unan en comunidades (commonwealths) y de que se sometan al gobierno es la preservación de su propiedad”.
La teoría de Locke surge de un contexto puritano-burgués y está dirigida a legitimar la tenencia y el incremento de la propiedad. La política sólo debe establecer el marco legal y las instituciones requeridas para preservarla.
Locke afirma que puesto que el hombre tiene el derecho y el deber de la propia conservación, tendrá derecho a poseer todo lo necesario para ese fin. Por eso, el derecho a la propiedad privada es un derecho natural.
EL ESTADO
Más allá de garantizar el derecho natural a la propiedad privada, el Estado debe abstenerse de intervenir en cuanto afecte a la propiedad, debe reducirse a la mínima y necesaria expresión para que los individuos ejerciten su libertad según su criterio (estas son las ideas del partido liberal o Whig cuyo máximo teorizador era Locke)
Como hemos dicho anteriormente, el pacto da origen a la sociedad civil y posteriormente el pueblo se constituye en asamblea y elige un gobierno que debe representar a todos los hombres (soberanía popular). Es decir, en Locke los dos momentos constitutivos están claramente diferenciados (por el contrario, para Hobbes, el mismo acto del contrato generaba simultáneamente la sociedad civil y el Estado) Esto es importante porque, para Locke el pacto es entre individuos y gobernantes y da lugar al “encargo” o “mandato” de una tarea a un gobierno (Democracia representativa) que tiene en sus manos el poder legislativo y ejecutivo (el poder judicial es, para Locke, un aspecto del legislativo) pero el gobierno puede ser disuelto cuando se dé alguna de las siguientes situaciones:
- Cuando el poder legislativo sea modificado arbitrariamente o sometido a un poder absoluto que le impida
- Actuar libremente
- Cuando quien detente el poder ejecutivo sea incapaz de poner las leyes en vigor
- Cuando el poder ejecutivo o el legislativo actúen contrariamente al mandato encomendado o contra las leyes
Naturales.
Locke legitima incluso la rebelión de los ciudadanos (es su derecho y su obligación) si se da alguna de las situaciones anteriores. Mientras que en Hobbes los individuos pierden su soberanía irreversiblemente cuando por contrato se la otorgan al soberano, en Locke el pacto es recíproco y reversible: el pueblo nunca pierde la soberanía y puede recuperarla si el gobernante no se atiene a lo pactado y no vela adecuadamente por los derechos inalienables de los individuos.
Además, el poder del Estado no puede estar concentrado en los mismos representantes (contra el absolutismo) sino que la garantía de que no se produzcan abusos de poder recae en una estricta división de poderes en tres ámbitos distintos y en manos de personas distintas:
- Poder legislativo: constituye el poder supremo (Asamblea soberana o Parlamento que promulga leyes) pero no es un poder absoluto ya que tiene que respetar la ley moral natural, responder a la confianza puesta en él...
- Poder ejecutivo: encargado de realizar los mandatos del legislativo
- Poder federativo: encargado de la seguridad del Estado y de las relaciones con el exterior
Locke centró las garantías constitucionales de la limitación del poder del Estado en la teoría de la separación
De poderes de modo que institucionaliza la división de las actividades del Estado y formula, por primera vez en la política práctica, la necesidad de control del poder, que más tarde completará Montesquieu -1689-1755- (su división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial es el principio fundamental del moderno Estado de Derecho).
Locke afirma que para que el poder político no degenere en poder absoluto, es conveniente que el poder legislativo y el ejecutivo estén separados, pues, si son las mismas personas las que hacen las leyes y las ejecutan, se corre el riesgo de que las redacten y apliquen según sus intereses y que ellos mismos eludan la obediencia a las mismas.
La influencia de Locke en la Ilustración francesa será enorme y en su pensamiento político se inspira la Constitución de los Estados Unidos.
Mientras que Hobbes busca una autoridad absoluta, sin fisuras, que elimine todo riesgo de desorden, aún exponiéndose a sacrificar la libertad, Locke busca una autoridad contenida, limitada por el consentimiento del pueblo y por el derecho natural, a fin de eliminar el riesgo de despotismo, de arbitrariedad, para garantizar las libertades de los ciudadanos, aún exponiéndose a abrir una brecha al desorden. Este es el debate, tan actual, de priorizar el orden-seguridad o la libertad: si lo que se prioriza es el orden y la seguridad, la disciplina social, un régimen de poder se considerará tanto más legitimado cuanto mejor impida la aparición de conflictos entre los ciudadanos, no importa los medios que utilice -recorte de libertades y/o derechos-. Entre los contractualistas, sin embargo, predomina una línea, en la que se incluyen Locke, Rousseau y Kant, que considera indispensable el respeto a la libertad para que se pueda hablar de legitimidad de un determinado poder.