Jerarquía Normativa y Organización Administrativa del Estado Español
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Leyes Estatales: Se dividen a su vez en:
Leyes Orgánicas
Regulan los derechos fundamentales y libertades públicas, el régimen electoral general, los Estatutos de Autonomía y cualquier otro asunto que establezca la Constitución. Para su aprobación o modificación es precisa la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados (176 votos).
Leyes Ordinarias
Regulan cualquier otra materia que no esté reservada a la ley orgánica. Para su aprobación o modificación solo se necesita la mayoría simple de los votos.
Otras Normas con Rango de Ley
Decreto Ley
Son aprobados por el Gobierno en casos de urgente necesidad. Deben ser ratificados por el Congreso en un plazo de 30 días.
Reales Decretos Legislativos
Son dictados por el Gobierno. Existen dos tipos:
- Textos Articulados: El Parlamento aprueba una ley de bases que fija los criterios que debe seguir el Gobierno para elaborar el texto articulado (ej., el Código Civil).
- Textos Refundidos: Se utilizan cuando existe una pluralidad de textos legales que regulan una misma materia. Se encarga al Gobierno que los unifique en un único texto para simplificar su regulación legal.
Nota: Los Reales Decretos-Leyes se mencionaron anteriormente.
Órganos Territoriales de la Administración del Estado
Delegados del Gobierno
Representan al Gobierno en las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado a través de sus respectivos Presidentes. Dependen orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministro que corresponda. Sus competencias incluyen: dirigir y coordinar la actividad de la Administración General del Estado y sus organismos, informar a los ciudadanos, coordinar y colaborar con otras Administraciones Públicas, controlar la legalidad de los actos dictados por los organismos de la Delegación, y formular propuestas de mejora de los servicios públicos.
Subdelegados del Gobierno
Representan al Gobierno en cada provincia. Dependen del Delegado del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma. Ejercen competencias equivalentes a las del Delegado del Gobierno, pero a nivel provincial.
Directores Insulares
Existirán en las islas que se determine. Dependen jerárquicamente del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma y ejercen, en su ámbito territorial, las competencias atribuidas a los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
Órganos Consultivos y de Control
Consejo de Estado
Es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Su consulta es preceptiva para las disposiciones relativas al Derecho Comunitario Europeo, cuestiones de Derecho Internacional, Decretos Legislativos y conflictos de competencias con las Comunidades Autónomas.
Consejo Económico y Social
Elabora estudios e informes sobre temas de carácter económico y social.
Órganos de Control Económico y Financiero
Estos órganos tienen la misión de controlar, desde el punto de vista económico y financiero, la correcta administración, para evitar irregularidades.
Intervención General de la Administración del Estado
Comprueba que el gasto se lleva a cabo de acuerdo con las normas y principios de la contabilidad pública.
Tribunal de Cuentas
Depende directamente de las Cortes Generales y su presupuesto se integra en los Presupuestos Generales del Estado. Ejerce el control externo.