Jerarquía normativa en España: tratados, leyes y reglamentos

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Principio de jerarquía normativa

Tratados internacionales: El Estado español puede celebrar acuerdos con otros Estados y con organizaciones internacionales. Estos tratados se ratifican y publican en el BOE, incorporándose al ordenamiento jurídico español con rango de ley.

Leyes

Existen varios tipos de leyes en el ordenamiento jurídico español:

  • Leyes orgánicas: Abordan asuntos de especial importancia (derechos fundamentales, régimen electoral, etc.) y requieren mayoría absoluta del Congreso.
  • Leyes ordinarias: Regulan materias que no están reservadas a las leyes orgánicas y se aprueban con mayoría simple.
  • Leyes de comunidades autónomas: Las comunidades pueden elaborar leyes dentro del ámbito de sus competencias.

Otras normas con rango de ley

Son normas jurídicas dictadas por el Gobierno con el mismo rango que las leyes de las Cortes Generales cuando cuentan con la debida autorización. Se dividen en:

  • Decretos legislativos: Requieren autorización previa para su dictado.
  • Decretos-ley: Se dictan por razones de urgencia y requieren convalidación o autorización posterior por parte del Congreso.

Reales decretos-ley: Se utilizan en casos de extraordinaria y urgente necesidad (por ejemplo, durante catástrofes) y deben ser debatidos y votados por el Congreso para su convalidación.

Reales decretos legislativos: Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la capacidad de dictar normas con rango de ley en materias no reservadas a las leyes orgánicas. Existen dos tipos:

  • Textos articulados: Dictados por el Gobierno siguiendo criterios establecidos por una ley aprobada por el Parlamento.
  • Textos refundidos: Unificación de varias normas que regulan la misma materia en un único texto.

Normas con rango inferior a la ley

Estas normas deben ajustarse a la Constitución y a las leyes superiores. Los reglamentos pueden ser emitidos por distintos órganos de la Administración pública y se ordenan, por ejemplo, de la siguiente manera:

  • Reales decretos del Consejo de Ministros y del presidente.
  • Órdenes de las comisiones delegadas del Gobierno.
  • Órdenes ministeriales.
  • Disposiciones de órganos inferiores.

Reglamentos autonómicos: La potestad reglamentaria en las comunidades autónomas sigue un modelo similar al de la Administración General del Estado, ejercida por el presidente, el consejo de Gobierno y otros órganos, a través de decretos y órdenes.

Reglamentos locales: Emitidos por ayuntamientos y diputaciones provinciales; se conocen como reglamentos orgánicos, ordenanzas o bandos, según la normativa específica de cada localidad.

4. Normativa civil y mercantil

Derecho privado: Regula las relaciones entre particulares o entre éstos y la Administración.

  • Derecho civil: Regula las relaciones patrimoniales y personales entre personas físicas o jurídicas (también llamado derecho común). Fuentes: la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho, según el Código Civil.
  • Derecho mercantil: Regula las normas aplicables a los comerciantes y a los actos de comercio. Fuentes: el Código de Comercio, los usos del comercio y, en su defecto, el derecho común.

5. Elaboración y aprobación de las normas jurídicas

La Constitución define a España como un Estado social y democrático de derecho, que se fundamenta en la soberanía popular y en el reconocimiento de los derechos fundamentales. El principio de legalidad implica que toda la ciudadanía y los poderes públicos están sometidos al ordenamiento jurídico. La elaboración, aprobación, aplicación y control del cumplimiento de las normas son fases que, en los Estados democráticos, se reparten entre los tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) para garantizar la independencia de cada uno de ellos.

5.1 Elaboración y aprobación de las normas con rango de ley (esquema)

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5.2 Ejecución de las leyes

El poder ejecutivo corresponde al Gobierno y a la Administración pública. Como responsables de la función ejecutiva, deben aplicar las normas aprobadas por el Parlamento y adoptar las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento. El Gobierno está integrado por el presidente, los vicepresidentes y los ministros, y se reúne en el Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas, según los asuntos que deban tratarse.

5.3 Control del cumplimiento de las leyes

Interviene el poder judicial, representado por jueces y magistrados. El ejercicio de la potestad jurisdiccional no sólo consiste en juzgar, sino también en hacer cumplir lo juzgado. En este ámbito destaca el papel del Consejo General del Poder Judicial.

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