IVA en México: Aspectos Clave y Aplicación Práctica
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IVA en México: Aspectos Clave
¿Qué es el IVA?: Es un impuesto indirecto sobre el consumo derivado de la compra de bienes o de servicios profesionales.
Época de pago: Mensual (el 17 del mes siguiente) y trimestral (Art. 5-D).
Sujetos: Personas Físicas (PF) y Personas Morales (PM) que se encuentren en territorio nacional.
Objeto: Actos o actividades gravadas por el IVA.
- Enajenación de bienes (art. 8)
- Servicios independientes (art. 14)
- Arrendamiento (art. 19)
- Importación: bienes y servicios (art. 24)
- Tasa: 16% y 0% (art. 1 y 2-A)
- Base: Valor de la contraprestación
- Época de pago: art. 5-A
Características del IVA
- Territorial
- Federal Indirecto
- Fijo (uniforme): 16% o 0%
- General
- Traslativo
- Objetivo
Fronteras: Crédito fiscal del 50% del impuesto al valor agregado, el cual se aplicará en forma directa sobre la tasa de 16% a fin de que la tasa disminuida que resulte sea del 8%.
IVA acreditable (Art. 4)
IVA trasladado (Cobrado)
IVA Acreditable (Pagado)
Requisitos para que el IVA sea acreditable (Art. 5)
- Estrictamente indispensable (fondo)
- Trasladado en forma expresa y por separado
- Contar con CFDI expresa y por separado
- Efectivamente pagado (Art. 1-B)
- IVA retenido esté efectivamente enterado
Excepciones: Trimestral PF (Arrendamiento de bienes inmuebles cuyos ingresos no excedan 10 UMAS al mes) / Por evento Art. 33 (15 días)
Trimestral: Solo PF y que NO excedan de 10 UMAS al mes (Enero, Feb, Mar: 17 de Abril)
TASA GENERAL: 16%
(-) REDUCCIÓN: 50%
(=) RESULTADO DE TASA: 8%
Tasa preferencial 0%: Enajenación Bienes Art. 2-A
TASA de IVA en la región norte: 8%
Retendrá PM que presta servicios a una PF: 2 terceras partes, Art. 1-A Y ART 3 FRACCION 1 B) REGLAMENTO IVA
Exenciones tratándose de prestación de servicios
- Comisiones y contraprestaciones por crédito hipotecario
- Servicios gratuitos
- Servicios de enseñanza
- Transporte público terrestre de personas
Momento en que se causa el impuesto tratándose de prestación de servicio: En el momento en el que se cobren efectivamente las contraprestaciones y sobre el monto de una de ellas.
Importe / IVA TRASLADADO / RETENIDO / TOTAL
40,000 / 6,400 / X / 46,400
75,000 / 12,000 / 8,000 / 79,000
30,000 / 4,800 / 3,200 / 31,600
35,000 / 5,600 / X / 40,600
41,000 / 6,560 / 6,560 / 54,120
75,000 / 12,000 / X / 82,000
25,000 / 4,000 / X / 29,000
5,000 / 800 / 200 / 5,600
326,000 / 52,160 / 17,960 / 368,320 RENE
326,000 / 52160 / 6760 / 377960 RIVAS
EROGACIONES
IMPORTE / TRASLADADO / TOTAL
35,000 / 5,600 / 40,600
32,000 / 5,120 / 37,120
25,000 / 4,000 / 29,000
40,000 / 6,400 / 46,400
18,000 / 2,880 / 20,880
13,000 / 2,080 / 15,080
8,000 / 1,280 / 9,280
171,000 / 27,360 / 198,360
171,000 / 18080 / 189,000 / rivas
TASA DEL 16% 326,000
0
0
0
52,160
180,80
17,960 / 6760 rivas
16,120 / 27320 rivas