IRPF y Sociedades: Tributación y Responsabilidades en España
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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Una Visión General
El IRPF es un impuesto directo y progresivo que grava la renta obtenida durante un año por las personas físicas residentes en España. La empresa para la que trabajas debe calcular el IRPF correspondiente a tu nómina y pagarlo a la Agencia Tributaria. El porcentaje a aplicar varía según el tipo de contrato y otras circunstancias personales y familiares. Es importante tener en cuenta que, si tienes varios pagadores, la retención podría ser menor, y podrías tener que pagar más en la declaración anual. Especialmente relevante es el caso de los contratos temporales de menos de un año, a los que a veces se les aplica una retención del 2%.
El IRPF no solo grava los rendimientos del trabajo por cuenta ajena, sino también otros tipos de renta, como:
- Rendimientos del capital mobiliario: Incluyen dividendos, intereses y otros beneficios derivados de la participación en entidades o empresas.
- Rendimientos del capital inmobiliario: Son los ingresos obtenidos por el arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles.
- Rendimientos de actividades económicas: Son los ingresos que proceden del ejercicio, por cuenta propia, de una actividad empresarial o profesional. Esta actividad se caracteriza por la utilización conjunta de trabajo y capital con el objetivo de generar beneficios.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales: Son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente, que se ponen de manifiesto, por ejemplo, con la compraventa de un bien.
Actividades Económicas: Modalidades de Tributación
Dentro de las actividades económicas, existen diferentes regímenes de tributación:
- Estimación Objetiva (EO): También conocida como "módulos", se basa en indicadores como el número de trabajadores, metros cuadrados del local, etc.
- Estimación Directa (ED):
- Estimación Directa Normal: Se calcula la base imponible como la diferencia entre ingresos y gastos.
- Estimación Directa Simplificada: Similar a la anterior, pero con ciertas simplificaciones, aplicable cuando algunos gastos no son deducibles.
Tipos de Sociedades y su Tributación
Sociedad No Mercantil
- Se constituye mediante un contrato privado entre dos o más "comuneros".
- Los comuneros tributan por IRPF y están dados de alta como autónomos.
- La responsabilidad es ilimitada, y las pérdidas y ganancias se reparten según lo pactado.
- El capital social puede estar formado por aportaciones en especie, dinero o inmuebles.
Nota: Hay una repetición en el texto original sobre las características de la Sociedad No Mercantil. Se ha eliminado la repetición para mayor claridad.
Sociedad Limitada (S.L.)
- Requiere un mínimo de 1 socio. Si un socio posee más del 50% del capital social, debe darse de alta como autónomo.
- El capital social inicial mínimo es de 3.000€, que puede aportarse en forma monetaria o en especie.
- La responsabilidad es solidaria entre los socios y limitada al capital aportado.
- Puede constituirse una Junta General como órgano de dirección.
- Tributa por el Impuesto de Sociedades (IS). El contrato debe formalizarse en escritura pública.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
- Requiere un mínimo de 1 socio y un máximo de 5. Si un socio posee más del 50% del capital social, debe darse de alta como autónomo.
- El capital social inicial mínimo es de 3.000€ y el máximo de 120.000€, que puede ser monetario o en especie.
- La responsabilidad es solidaria entre los socios y limitada al capital aportado.
- Puede constituirse una Junta General como órgano de dirección.
- Tributa por el Impuesto de Sociedades (IS). El contrato debe formalizarse en escritura pública.