Introducción al Derecho: Normas, Fuentes y Jurisprudencia en España
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El Derecho: La Norma y las Fuentes del Derecho
El Derecho como Sistema de Normas
El derecho es el conjunto de normas o reglas que han sido establecidas para prevenir o resolver los problemas de la sociedad a la que van dirigidas. La norma jurídica es el medio del que se sirve el Derecho para obtener sus fines. Estas normas no suelen ser fijas e inmutables en el tiempo, sino que frecuentemente cambian para adaptarse a los cambios de la sociedad a la que sirven y seguir siendo útiles.
¿Dónde están las normas jurídicas? En las leyes. Algunas de las leyes más importantes en España son la Constitución Española, el Código Civil, el Código Penal, el Código de Comercio y la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.
Concepto y Estructura de la Norma Jurídica
Una norma jurídica es un mandato dirigido a una pluralidad de personas y susceptible de ser impuesto de forma forzosa o coactiva a sus destinatarios. Sus características principales son:
- Imperatividad: Debe ser cumplida obligatoriamente por las personas a las que vaya dirigida. Según el artículo 6.1 del Código Civil, la norma debe cumplirse aunque las personas la desconozcan. Existe un principio de publicidad de las normas, lo que implica que estas no pueden ser secretas, sino que deben publicarse.
- Generalidad: Va dirigida a una pluralidad de personas, no a una persona ni situación concreta.
- Coactividad: Si no se cumple voluntariamente, puede imponerse su cumplimiento de forma forzosa. Por ejemplo, el artículo 1500 del Código Civil establece que el comprador de una cosa está obligado a pagar el precio que se acordó en el tiempo y lugar fijados en el contrato.
La estructura de la norma jurídica consta de dos elementos:
- Supuesto de hecho: Aquellos datos que nos permiten determinar a qué casos se aplica.
- Consecuencia jurídica: Es lo que manda u ordena hacer la norma a los destinatarios de la misma.
Clases de Normas Jurídicas
- Normas imperativas: Establecen un mandato que ha de cumplirse tal y como se establece en la norma, sin que mediante un acuerdo entre dos o más personas destinatarias de la misma pueda excluirse la aplicación de la norma. Se considera nulo cualquier acuerdo que vaya en contra de lo establecido por ella.
- Normas dispositivas: Permiten a los destinatarios, mediante un acuerdo entre ellos (contrato), excluir la aplicación de la norma. De manera que, si llegan a ese acuerdo, se aplicará lo acordado y no lo que la norma establece. Si no llegan a un acuerdo, se aplicará como si fuera imperativa. Suelen incluir expresiones como "salvo pacto en contrario" o "si no se pacta otra cosa".
Las Fuentes del Derecho
Según el artículo 1.1 del Código Civil, las fuentes del derecho son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
Las normas tienen rangos, inferior o superior. Una norma que contradiga a otra de rango superior carece de validez, según el artículo 1.2 del Código Civil.
La Ley
La Constitución Española es la norma suprema superior.
- Ley Orgánica: La Constitución Española establece que son las relativas a los derechos fundamentales (derecho a la vida, a la libertad, etc.). El Código Penal es una ley orgánica. Deben aprobarse en el Congreso de los Diputados.
- Ley Ordinaria: Son aquellas que no son orgánicas y son aprobadas tanto por el Parlamento del Estado como por los autonómicos.
Normas con Rango de Ley
- Decreto-Ley: Es una norma con fuerza y rango de ley aprobada por el Gobierno cuando, por razones de urgencia, no se puede esperar al Parlamento. Si es aprobado por el Gobierno, se denomina Real Decreto-Ley. Si es aprobado por una Comunidad Autónoma, se denomina Decreto-Ley.
- Decreto Legislativo: Norma con fuerza y rango de ley aprobada por el Gobierno con una autorización expresa por el Parlamento.
La jerarquía inferior a las leyes son los reglamentos.
La Costumbre
El artículo 1.3 del Código Civil establece que la costumbre supone la creación de una norma jurídica a través de una práctica o uso que se repite a lo largo del tiempo y que se cumple por una comunidad porque se tiene la convicción de que es obligatorio. Tiene dos elementos:
- Elemento material: Uso reiterado y conducta social uniforme.
- Elemento espiritual: Voluntad de que el uso sea de obligado cumplimiento.
Los Principios Generales del Derecho
Son las ideas básicas que están presentes en nuestro derecho. No existe una enumeración, pero muchos se encuentran en la Constitución Española. El artículo 1.4 del Código Civil dice que "los principios generales del derecho se aplican en defecto de ley o costumbre". Sin embargo, si un principio está recogido en una ley, se aplica como ley y antes que la costumbre.
Su función es servir como mecanismo para colmar las lagunas. Uno de estos mecanismos es la analogía.
El Valor de la Jurisprudencia en Nuestro Derecho
La jurisprudencia es el conjunto de sentencias dictadas por los Juzgados y Tribunales de Justicia. Es importante que apliquen las leyes de manera uniforme, para que no existan grandes diferencias entre unos jueces y tribunales y otros en casos idénticos. En un sentido más estricto, utilizamos el término jurisprudencia para hacer referencia a la especial importancia que tienen en nuestro derecho las sentencias emanadas del Tribunal Supremo (TS) al interpretar y aplicar normas jurídicas, resolviendo de la misma manera en dos o más sentencias. Esto lo llamamos doctrina jurisprudencial o doctrina reiterada. Se requieren dos condiciones:
- Que existan dos o más sentencias en las que el TS haya resuelto sobre este asunto.
- Que el TS haya interpretado y aplicado la ley sobre ese asunto en el mismo sentido.
Artículo 1.6 del Código Civil → Jurisprudencia.