Introducción al Derecho Laboral: Conceptos Básicos y Principios
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El Derecho Laboral
El Derecho Laboral es el conjunto de normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre empresarios y trabajadores, y las de ambos con el Estado.
El Trabajo
El trabajo es toda actividad humana, ya sea física o intelectual, realizada con el propósito de obtener una contraprestación económica.
Relaciones Laborales
Las relaciones laborales son aquellas que se establecen entre trabajadores y empresarios, y que se caracterizan por:
- Personal: El trabajador es quien debe realizar el trabajo.
- Por cuenta ajena: La empresa asume el riesgo y se queda con los frutos del trabajo.
- Dependiente: El trabajador debe aceptar las órdenes y dirección de la empresa.
- Voluntaria: El trabajador tiene la libertad de decidir si trabaja o no.
- Retribuida: A cambio del trabajo realizado se percibe un salario.
Tipos de Relaciones Laborales
- Relaciones laborales ordinarias: Se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.
- Relaciones laborales especiales: Cumplen todas las características de las relaciones laborales ordinarias, pero han sido creadas por normas específicas.
- Relaciones no laborales: No se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.
Los Poderes del Estado
La división de poderes del Estado es una teoría elaborada por Montesquieu que tiene como objetivo:
- Optimizar el aparato estatal a través de la especialización.
- Establecer un control mutuo entre los tres poderes para evitar la tiranía.
Los tres poderes del Estado son:
- Poder legislativo: Crea leyes.
- Poder ejecutivo: Ejecuta leyes y dicta reglamentos.
- Poder judicial: Vigila el cumplimiento de las leyes, juzga y ejecuta lo juzgado.
Jerarquía Normativa
Las normas se aplican e interpretan por orden jerárquico, es decir, las normas de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior.
Fuentes del Derecho Laboral
- Parlamento: Constitución, Ley orgánica, Ley ordinaria.
- Gobierno: Real decreto legislativo, Real decreto, Orden ministerial.
- Agentes sociales: Convenio colectivo.
- Empresario y trabajador: Contrato de trabajo.
- Grupos profesionales: Costumbre laboral.
- Unión Europea: Derecho originario, Reglamento, Directiva, Decisión, Recomendación.
- Organización Internacional del Trabajo: Convenio de la OIT, Recomendación de la OIT.
- Países: Tratado internacional.
Principios del Derecho Laboral
- Principio de norma mínima: La norma de rango superior establece mínimos que deben ser respetados por las normas de rango inferior.
- Principio de norma más favorable: Si existen dos o más normas laborales que regulan un mismo tema de manera diferente, se aplica la más favorable al trabajador.
- Principio in dubio pro operario: Si una norma puede interpretarse de distintas maneras, el juez lo hará de la forma más favorable al trabajador.
- Principio de condición más beneficiosa: El trabajador mantendrá los derechos adquiridos a título individual, si posteriormente se aprueban normas de carácter general con condiciones menos favorables.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: El trabajador no puede renunciar a los derechos establecidos por ley o convenio colectivo.
Organismos Judiciales Laborales
La jurisdicción social se encarga de resolver los conflictos derivados de las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores.
Los organismos judiciales laborales son:
- Sala de lo Social del Tribunal Supremo
- Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
- Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas
- Juzgados de lo Social
Administración Laboral
La administración laboral es la encargada de velar por el cumplimiento de la normativa laboral y sancionar su incumplimiento.
Los órganos de la administración laboral son:
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Consejerías de Trabajo de las comunidades autónomas
El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución o salario.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
- Consentimiento
- Objeto
- Causa
Sujetos del Contrato de Trabajo
- Trabajador: Persona física que presta sus servicios retribuidos a las órdenes del empresario.
- Empresario: Persona física, jurídica o comunidad de bienes que recibe los frutos del trabajo a cambio de un salario.
Forma del Contrato de Trabajo
- Por escrito: Obligatorio cuando lo diga la ley.
- Verbal o de palabra: Solo pueden concertarse de esta forma los contratos indefinidos ordinarios y los eventuales a tiempo completo inferiores a cuatro semanas.
Contenido Mínimo de un Contrato de Trabajo
- Tipo de contrato
- Identidad de las partes
- Fecha de comienzo de la relación laboral
- Domicilio social de la empresa y del centro de trabajo
- Grupo profesional del puesto de trabajo
- Salario
- Jornada ordinaria de trabajo
- Vacaciones
- Preaviso
- Convenio colectivo aplicable
- Lugar, fecha y firma de las partes
Periodo de Prueba
El periodo de prueba es el tiempo que sirve para que las partes comprueben si el contrato de trabajo se ajusta a sus intereses.
La duración del periodo de prueba se computa a efectos de antigüedad.
Tipos de Contrato de Trabajo
- Tiempo: Indefinido o de duración determinada
- Jornada de trabajo: Completa o parcial
Contrato de Duración Indefinida
: Son los que proporcionan mayor estabilidad a los trabajadores e incentivos para la empresa
Contrato indef ordinario: Es el contrato a jornada completa en el que solo se indica la fecha de inicio de la relación laboral, no su finalización. Puede celebrarse de palabra o por escrito. No exige requisitos especiales, ni a la empresa ni al trabaj. La indemnización por extinción improcedente es de 33 dias d salario por año trabajado, con un max de 24 mensualidades