Introducción al Derecho Laboral: Conceptos Básicos y Principios

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El Derecho Laboral

El Derecho Laboral es el conjunto de normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre empresarios y trabajadores, y las de ambos con el Estado.

El Trabajo

El trabajo es toda actividad humana, ya sea física o intelectual, realizada con el propósito de obtener una contraprestación económica.

Relaciones Laborales

Las relaciones laborales son aquellas que se establecen entre trabajadores y empresarios, y que se caracterizan por:

  • Personal: El trabajador es quien debe realizar el trabajo.
  • Por cuenta ajena: La empresa asume el riesgo y se queda con los frutos del trabajo.
  • Dependiente: El trabajador debe aceptar las órdenes y dirección de la empresa.
  • Voluntaria: El trabajador tiene la libertad de decidir si trabaja o no.
  • Retribuida: A cambio del trabajo realizado se percibe un salario.

Tipos de Relaciones Laborales

  • Relaciones laborales ordinarias: Se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.
  • Relaciones laborales especiales: Cumplen todas las características de las relaciones laborales ordinarias, pero han sido creadas por normas específicas.
  • Relaciones no laborales: No se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.

Los Poderes del Estado

La división de poderes del Estado es una teoría elaborada por Montesquieu que tiene como objetivo:

  • Optimizar el aparato estatal a través de la especialización.
  • Establecer un control mutuo entre los tres poderes para evitar la tiranía.

Los tres poderes del Estado son:

  • Poder legislativo: Crea leyes.
  • Poder ejecutivo: Ejecuta leyes y dicta reglamentos.
  • Poder judicial: Vigila el cumplimiento de las leyes, juzga y ejecuta lo juzgado.

Jerarquía Normativa

Las normas se aplican e interpretan por orden jerárquico, es decir, las normas de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior.

Fuentes del Derecho Laboral

  • Parlamento: Constitución, Ley orgánica, Ley ordinaria.
  • Gobierno: Real decreto legislativo, Real decreto, Orden ministerial.
  • Agentes sociales: Convenio colectivo.
  • Empresario y trabajador: Contrato de trabajo.
  • Grupos profesionales: Costumbre laboral.
  • Unión Europea: Derecho originario, Reglamento, Directiva, Decisión, Recomendación.
  • Organización Internacional del Trabajo: Convenio de la OIT, Recomendación de la OIT.
  • Países: Tratado internacional.

Principios del Derecho Laboral

  • Principio de norma mínima: La norma de rango superior establece mínimos que deben ser respetados por las normas de rango inferior.
  • Principio de norma más favorable: Si existen dos o más normas laborales que regulan un mismo tema de manera diferente, se aplica la más favorable al trabajador.
  • Principio in dubio pro operario: Si una norma puede interpretarse de distintas maneras, el juez lo hará de la forma más favorable al trabajador.
  • Principio de condición más beneficiosa: El trabajador mantendrá los derechos adquiridos a título individual, si posteriormente se aprueban normas de carácter general con condiciones menos favorables.
  • Principio de irrenunciabilidad de derechos: El trabajador no puede renunciar a los derechos establecidos por ley o convenio colectivo.

Organismos Judiciales Laborales

La jurisdicción social se encarga de resolver los conflictos derivados de las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores.

Los organismos judiciales laborales son:

  • Sala de lo Social del Tribunal Supremo
  • Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
  • Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas
  • Juzgados de lo Social

Administración Laboral

La administración laboral es la encargada de velar por el cumplimiento de la normativa laboral y sancionar su incumplimiento.

Los órganos de la administración laboral son:

  • Ministerio de Trabajo y Economía Social
  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
  • Consejerías de Trabajo de las comunidades autónomas

El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución o salario.

Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo

  • Consentimiento
  • Objeto
  • Causa

Sujetos del Contrato de Trabajo

  • Trabajador: Persona física que presta sus servicios retribuidos a las órdenes del empresario.
  • Empresario: Persona física, jurídica o comunidad de bienes que recibe los frutos del trabajo a cambio de un salario.

Forma del Contrato de Trabajo

  • Por escrito: Obligatorio cuando lo diga la ley.
  • Verbal o de palabra: Solo pueden concertarse de esta forma los contratos indefinidos ordinarios y los eventuales a tiempo completo inferiores a cuatro semanas.

Contenido Mínimo de un Contrato de Trabajo

  • Tipo de contrato
  • Identidad de las partes
  • Fecha de comienzo de la relación laboral
  • Domicilio social de la empresa y del centro de trabajo
  • Grupo profesional del puesto de trabajo
  • Salario
  • Jornada ordinaria de trabajo
  • Vacaciones
  • Preaviso
  • Convenio colectivo aplicable
  • Lugar, fecha y firma de las partes

Periodo de Prueba

El periodo de prueba es el tiempo que sirve para que las partes comprueben si el contrato de trabajo se ajusta a sus intereses.

La duración del periodo de prueba se computa a efectos de antigüedad.

Tipos de Contrato de Trabajo

  • Tiempo: Indefinido o de duración determinada
  • Jornada de trabajo: Completa o parcial

Contrato de Duración Indefinida

: Son los que proporcionan mayor estabilidad a los trabajadores e incentivos para la empresa

Contrato indef ordinario: Es el contrato a jornada completa en el que solo se indica la fecha de inicio de la relación laboral, no su finalización. Puede celebrarse de palabra o por escrito. No exige requisitos especiales, ni a la empresa ni al trabaj. La indemnización por extinción improcedente es de 33 dias d salario por año trabajado, con un max de 24 mensualidades

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