Introducción al Derecho: Conceptos, Ramas y Fuentes en España

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¿Qué es el Derecho?

El Derecho es un conjunto de principios y normas, inspirados en las ideas de justicia y orden, que sirven para regular la convivencia en una sociedad.

Ramas del Derecho

  • Derecho Público: regula las actividades y vínculos entre el Estado y los distintos organismos públicos y la ciudadanía.
    • Derecho Penal: Código Penal de 1995
    • Derecho Administrativo: Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 2015 - Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015
  • Derecho Privado: regula las relaciones entre la ciudadanía, los particulares y las entidades privadas.
    • Derecho Civil: Código Civil de 1889
    • Derecho Mercantil: Código de Comercio de 1885

Fuentes del Derecho

  • Directas / Primarias
    • La Constitución Española
    • La Legislación
      • La Legislación Comunitaria
        • Derecho Comunitario Originario: Tratados constitutivos de la UE
        • Derecho Derivado: Reglamentos, Directivas, Decisiones y Recomendaciones y dictámenes
      • La Ley Orgánica (se aprueba por mayoría absoluta)
        • Se regula por materia orgánica: régimen electoral, estatutos de autonomía de las CCAA y los derechos fundamentales.
      • La Ley Ordinaria (se aprueba por mayoría simple)
        • Se regula aquellos ámbitos que no sean exclusivos de las leyes orgánicas.
      • Normas con fuerza de ley (normas con rango de ley)
        • Decretos Leyes: son las que el Parlamento manda al Gobierno en casos de extrema necesidad o estado de alarma.
        • Decretos Legislativos: son las que las Cortes Generales delegan en el Gobierno cuando hay que hacer:
          • Textos articulados: Código del Comercio
          • Textos refundidos: resumen de varias leyes en una única norma.
    • Los Reglamentos (normas administrativas) son de un rango inferior a las leyes.
      • Reglamentos Estatales
        • Reales decretos dictados por el Gobierno o el Consejo de Ministros.
        • Órdenes de las comisiones delegadas del Gobierno.
      • Reglamentos de las CCAA
        • Decretos del Consejo de Gobierno o del Gobierno de las CCAA.
    • Reglamento de la Administración Local
      • Ordenanzas
Subsidiarias
  • La Costumbre: norma de conducta considerada obligatoria por la sociedad.
  • Principios Generales del Derecho: ideas y fundamentos que inspiran en la elaboración de las leyes.
  • Indirectas (complementan a las directas)
    • La Jurisprudencia del Tribunal Supremo: sirve como pauta a los jueces y tribunales. No basta con una sola resolución, tiene que haber varias resoluciones de la misma temática.
    • Tratados Internacionales: tienen que estar ratificados y publicados en el BOE.
    • La Doctrina Científica: fruto de reflexiones.

Las Normas Jurídicas

Elementos

  • El sujeto jurídico: ¿A quién afecta el contenido de la norma?
  • El objeto jurídico: ¿Qué se debe cumplir?
  • La relación jurídica: ¿Qué relación hay entre los dos sujetos jurídicos?
  • La consecuencia jurídica: ¿Qué consecuencias tiene el cumplimiento de la norma?
  • La finalidad de la norma: ¿Qué se debe cumplir?

Procedimiento para Elaborar las Normas Jurídicas

Procedimiento para elaborar normas estatales

  • Presentación de la iniciativa ante el Congreso.
  • Trámites en el Congreso de los Diputados.
  • Trámites en el Senado.
  • Trámites, de nuevo, en el Congreso.
  • Sanción de ley y publicación.

Procedimiento para elaborar los reglamentos (normas administrativas)

  • Se inicia el procedimiento por parte de la Administración.
  • Se elabora el anteproyecto por el centro directivo correspondiente del ministerio que sea.
  • Se somete el proyecto a diferentes trámites.
  • Se aprueba el reglamento en el órgano pertinente.
  • Se publica el texto íntegro en el BOE.

Procedimiento para ratificar los tratados internacionales

  • El Gobierno presenta el tratado al Congreso y luego al Senado.
  • Se aprueba por mayoría absoluta, simple o sin autorización depende del tipo de tratado.
  • Ratificación del tratado y su publicación en el BOE.

Publicación de las Normas Jurídicas

Para que sean válidas tienen que tener carácter público y estar publicadas en:

  • Boletín Oficial del Estado (BOE)
  • Boletín Oficial de las Comunidades Autónomas
  • Boletín Oficial de las Provincias (BOP)
  • Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)

El Derecho Mercantil

Se fija en quién lleva a cabo una actividad empresarial y comercial y cómo debe establecerse la actividad de los empresarios.

Contenido del Derecho Mercantil

  • Estatuto jurídico del empresario o comerciante (Empresario)
  • Derecho de Sociedades (Empresario)
  • Derecho Bancario, de Seguros y del Mercado Financiero (Comercial)
  • Derecho Concursal (Comercial)
  • Derecho Cambiario (Comercial)

Principales Normas del Derecho Mercantil

Las fuentes del Derecho Mercantil se establecen mediante un conjunto de leyes y normas (costumbres y jurisprudencia).

  • La Constitución Española
    • Derecho de la propiedad privada (art. 33.1)
    • Reconoce la libertad de la empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38)
    • Defensa de consumidores y usuarios (art. 51)
  • El Código de Comercio
    • Regula la actividad comercial.
  • La Normativa Autonómica (artículo 148 y 149 de la Constitución)
  • La Legislación Comunitaria
  • La Legislación Mercantil
    • Ley de Sociedades de Capital (R. D. Leg. 1/2010)
    • Ley 28/2015 de Patentes
    • Ley 17/2001 de Marcas

El Derecho Civil (Derecho Privado)

Regula los derechos de las personas, su patrimonio, sus relaciones familiares, sucesión del patrimonio, herencias, empresas sin fin de lucro y las que tengan que ver con responsabilidades civiles. Se considera una norma supletoria del Derecho Mercantil. Además, establece normas a seguir en la redacción de los distintos tipos de contratos y las obligaciones derivadas.

La Empresa como Ente Económico

Según el sector de actividad

  • Sector Primario: agricultura, pesca, ganadería.
  • Sector Secundario: industria.
  • Sector Terciario: servicios.

Según su tamaño

  • Microempresas
    • Menos de 10 trabajadores.
    • Menos o igual de 2 millones de euros de volumen de ventas.
    • Menos o igual de 2 millones de euros de volumen activo.
  • Pymes
    • Entre 10 y 49 trabajadores.
    • Menos o igual de 10 millones de euros de volumen de ventas.
    • Menos o igual de 10 millones de euros de volumen activo.
  • Mediana Empresa
    • Entre 50 y 249 trabajadores.
    • Menos o igual de 50 millones de euros de volumen de ventas.
    • Menos o igual de 43 millones de euros de volumen activo.
  • Gran Empresa
    • Más de 250 trabajadores.
    • Más de 50 millones de euros de volumen de ventas.
    • Más de 43 millones de euros de volumen activo.

Según la titularidad del capital social

  • Empresas Privadas
  • Empresas Públicas
  • Empresas Mixtas

Según su ámbito territorial

  • Locales, Regionales, Nacionales, Comunitarias, Transnacionales o Multinacionales.

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