Introducción al Derecho: Conceptos Fundamentales y Clasificación

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Ramas del Derecho

Derecho Público

Basado en el principio de la legalidad por motivos de orden público.

Derecho Privado

  • Basado en el principio de autonomía, voluntad individual.
  • La voluntad es decisiva en la conformación de las relaciones jurídicas.
  • Los derechos pueden renunciarse y ser modificados por particulares.
  • La restauración de derecho se hace a instancia de parte.

Derecho Mixto o Social

  • La tutela de los intereses públicos y privados aparece entremezclada.
  • Fundamento: principio de solidaridad.
  • Progresiva intervención del estado en asuntos de los particulares.

Sujeto del Derecho: La Persona

La persona es la destinataria de las normas jurídicas.

Artículo 15.- Las personas son naturales o jurídicas.

Artículo 16.- Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.

Personas Naturales

Ser humano.

Personas Jurídicas

Personas morales, empresas, fundaciones (conjunto de personas que se unen para crear una persona jurídica).

Art 17: Somos personas desde que nacemos.

Acepción lata: Persona es todo ente capaz de derechos y obligaciones.

Status persona => reconocimiento del Derecho.

Atributos de la persona humana: Nombre, vida, biología, estado civil.

¿Cuándo se produce el nacimiento? Corrientes.

  1. Teoría de la Concepción: El comienzo de la personalidad jurídica del ser humano es en el momento de la concepción.
  2. Teoría de la Viabilidad: Exige que el feto nazca vivo y viable, que sea apto para vivir fuera del seno materno.
  3. Teoría de la Vitalidad: Exige que el feto nazca vivo para reconocerle personalidad.

Protección legal del concebido pero no nacido:

Artículo 17.- El feto se tendrá como nacido cuando se trate de su bien; y para que sea reputado como persona, basta que haya nacido vivo.

Concepción

Artículo 213.- Se presume, salvo prueba en contrario, que la concepción tuvo lugar en los primeros ciento veintiún (121) días de los trescientos (300) que preceden el día del nacimiento

Art 3 y 27.

Muerte y sus Consecuencias

Dejas de ser persona cuando mueres.

Muerte encefálica: Coma, ausencia motora, ausencia de reflejos, dejar de respirar.

Casos especiales: Se presume que dos personas mueren al mismo tiempo cuando no se sabe.

Deberes y derechos cuando te mueres: Se extingue tu nombre, reputación, obras.

Se heredan tus bienes. (casos especiales: hijo muerto, pasa a tu nieto)

Comerciante declarado en quiebra se rehabilita a través del heredero.

Protección del cadáver: Es delito penal manipular sepulturas del difunto.

Elementos Constitutivos de la Persona Jurídica

  1. Asociación de hombres coligados jurídicamente para la realización de un fin.
  2. Fin: Estímulo que genera o da origen a la asociación y determina su objeto. Debe ser determinado, posible, lícito, legítimo.
  3. Reconocimiento por parte del estado.

Características de la Persona Jurídica

  1. Nombre: Permite la cabal identificación de la persona jurídica.
  2. Domicilio: Es su “sede social” fijada por la voluntad de los socios y reflejada en los estatutos.
  3. Nacionalidad: Lugar de su constitución.
  4. Patrimonio Propio: No puede ser afectado por los acreedores particulares de las personas que constituyeron la persona jurídica.
  5. Capacidad: No puede realizar cosas de personas naturales.

Clasificación de la Persona Jurídica

  1. Asociaciones: Conjunto de personas que se unen con la intención de perseguir un fin común.
  2. Sociedades: Se define igual que la asociación.
  3. Fundaciones: Tipo de persona jurídica formada por la voluntad de una o más personas que destinan bienes de su propiedad a la realización de un fin de interés general a favor de ciertos grupos de personas.
  4. Corporaciones: Personas jurídicas cuya finalidad es el cumplimiento de fines de interés general.

Órganos de la Persona Jurídica

Transformación, Liquidación y extinción de la persona jurídica.

Conceptos Básicos del Derecho Civil

Objeto del Derecho

Entidad material o inmaterial.

Ejemplo: cosas, personas (menores de edad), comportamiento.

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