Introducción al Derecho Administrativo

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CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO

El Derecho Administrativo es una rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento y actividades de la administración pública, así como las relaciones entre ésta y los particulares. Se encarga de establecer las normas que rigen la actuación de los órganos y entidades administrativas, así como los procedimientos que deben seguir en el ejercicio de sus competencias. El Derecho Administrativo abarca aspectos como el derecho administrativo sancionador, el régimen jurídico de los actos administrativos, el funcionamiento de los órganos administrativos, el derecho administrativo económico, entre otros. Su principal objetivo es garantizar la legalidad, eficacia, eficiencia y equidad en la actuación de la administración pública.

DERECHO ADMINISTRATIVO COMO DERECHO PÚBLICO

El Derecho Administrativo es una rama del Derecho Público que regula la organización, funcionamiento y actividad de la Administración Pública y las relaciones entre ésta y los ciudadanos. Hay varias razones fundamentales por las cuales el Derecho Administrativo se considera parte del Derecho Público:

  • Actores involucrados: La Administración Pública, como representante del Estado, actúa en nombre del interés general y se relaciona con los ciudadanos en una posición de superioridad.
  • Interés público: El Derecho Administrativo busca proteger y promover el interés público, que prevalece sobre los intereses particulares.
  • Principio de supremacía del interés público: La Administración Pública tiene la capacidad de imponer decisiones unilaterales a los ciudadanos en aras del interés general.
  • Control judicial y administrativo: La actuación de la Administración Pública está sujeta a control judicial y administrativo para garantizar la legalidad y proteger los derechos de los ciudadanos.

En resumen, el Derecho Administrativo se considera una rama del Derecho Público porque regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, priorizando el interés público, estableciendo mecanismos de control para garantizar la legalidad y proteger los derechos individuales.

VÍAS DE ANULACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

Las leyes suelen establecer diversas vías para impugnar o anular los actos administrativos cuando estos son contrarios a derecho o lesionan derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. Algunas de las vías más comunes son las siguientes:

  • Recurso de alzada: Se interpone ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto.
  • Recurso de reposición: Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto.
  • Recurso de revisión: Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto cuando concurren circunstancias excepcionales.
  • Recurso contencioso-administrativo: Se interpone ante los tribunales de justicia.
  • Acción de nulidad y anulabilidad: Se ejerce ante los tribunales de justicia para impugnar actos administrativos nulos o anulables.
  • Recurso de amparo: Se interpone ante el Tribunal Constitucional para proteger los derechos fundamentales.

CONCEPTO DE ACTO ADMINISTRATIVO

Un acto administrativo es una manifestación de voluntad de la Administración Pública que produce efectos jurídicos en el ámbito del Derecho Administrativo. En otras palabras, es una decisión adoptada por un órgano administrativo en el ejercicio de sus funciones que tiene por objeto crear, modificar, extinguir o declarar derechos, obligaciones o situaciones jurídicas concretas en relación con los ciudadanos o con otras entidades públicas o privadas.

DIFERENCIA ENTRE ACTO ADMINISTRATIVO Y REGLAMENTO

Un acto administrativo y un reglamento son dos conceptos distintos dentro del ámbito del Derecho Administrativo. Las principales diferencias radican en su naturaleza jurídica, su ámbito de aplicación, su procedimiento de adopción y su objeto de regulación.

Mientras que el acto administrativo se centra en regular casos individuales y concretos, el reglamento tiene por objeto establecer normas generales y uniformes de carácter permanente.

FASES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

El procedimiento administrativo suele constar de varias fases, que pueden variar según la legislación de cada país, pero en líneas generales suelen incluir las siguientes:

  • Inicio del procedimiento: Puede iniciarse de oficio por la Administración o a instancia de parte.
  • Instrucción: Se recopila toda la información relevante para resolver el procedimiento, incluyendo investigaciones, pruebas y alegaciones de los interesados.
  • Trámite de audiencia: Se da a los interesados la oportunidad de ser oídos y presentar alegaciones.
  • Propuesta de resolución: El instructor elabora una propuesta de resolución con base en la información recopilada.
  • Notificación de la resolución: Se notifica la resolución a los interesados.
  • Ejecución de la resolución: La Administración ejecuta la resolución adoptada.

La fase de Instrucción es fundamental, ya que durante esta etapa se recopila toda la información relevante para resolver el procedimiento, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso.

DERECHOS DE LOS INTERESADOS EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Los interesados en un procedimiento administrativo suelen contar con una serie de derechos fundamentales que les garantizan una participación equitativa y el debido proceso. Algunos de estos derechos incluyen:

  • Derecho de acceso a la información: Derecho a conocer el estado del procedimiento y acceder a los documentos del expediente.
  • Derecho de audiencia: Derecho a ser oídos y presentar alegaciones.
  • Derecho a la defensa: Derecho a defender sus intereses y aportar pruebas.
  • Derecho a la presunción de inocencia: Derecho a ser considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario.
  • Derecho a ser notificado: Derecho a ser notificado de las actuaciones del procedimiento.
  • Derecho a un procedimiento sin dilaciones indebidas: Derecho a que el procedimiento se tramite en un plazo razonable.
  • Derecho a la igualdad y no discriminación: Derecho a ser tratado de forma igualitaria y sin discriminación.

FORMAS DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Existen varias formas en las que un procedimiento administrativo puede llegar a su término. Las más comunes son las siguientes:

  • Resolución: La Administración dicta una resolución que pone fin al procedimiento.
  • Desistimiento: El interesado desiste de su solicitud o pretensión.
  • Caducidad: El procedimiento caduca por inactividad del interesado o de la Administración.
  • Silencio administrativo: Se produce cuando la Administración no resuelve en plazo, pudiendo tener efectos estimatorios o desestimatorios.
  • Conclusión del objeto del procedimiento: El objeto del procedimiento desaparece o se vuelve imposible.
  • Transacción o acuerdo entre las partes: Las partes llegan a un acuerdo que pone fin al procedimiento.

POTESTADES DISCRECIONALES

Las potestades discrecionales son aquellas facultades conferidas a la Administración Pública para que, dentro de ciertos límites establecidos por la ley, esta pueda adoptar decisiones basadas en su juicio o criterio discrecional, sin estar sujeta a una normativa específica o a una pauta única y determinada.

Algunas características importantes de las potestades discrecionales son las siguientes:

  • Margen de apreciación: La Administración tiene un margen de apreciación para valorar las circunstancias del caso concreto.
  • Ausencia de norma precisa: No existe una norma que determine la solución exacta para cada caso.
  • Control judicial limitado: El control judicial se limita a verificar si la Administración ha actuado dentro de los límites de la ley y si su decisión es razonable.
  • Responsabilidad administrativa: La Administración es responsable por las decisiones que adopta en el ejercicio de sus potestades discrecionales.

DIFERENCIAS ENTRE SITUACIONES JURÍDICAS ACTIVAS, PASIVAS Y MIXTAS

Las situaciones jurídicas activas, pasivas y mixtas describen la posición o condición de las partes involucradas en una relación jurídica.

  • Situaciones jurídicas activas: Otorgan derechos o facultades a una persona o entidad para exigir algo a otra parte.
  • Situaciones jurídicas pasivas: Imponen obligaciones, deberes o cargas a una persona o entidad frente a otra parte.
  • Situaciones jurídicas mixtas: Confieren tanto derechos como obligaciones a una persona o entidad en una misma relación jurídica.

VÍAS DE ACCESO A LA AUTONOMÍA EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

La Constitución Española de 1978 establece varias vías de acceso a la autonomía para las distintas regiones y nacionalidades que conforman España. Las principales vías son:

  • Proceso Constituyente: Vía excepcional utilizada por las comunidades históricas (País Vasco, Cataluña y Galicia).
  • Vía del artículo 143: Vía general para el acceso a la autonomía.
  • Vía del artículo 151: Vía especial para el acceso a la autonomía con mayores competencias.

INSTITUCIONES DE AUTOGOBIERNO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Las comunidades autónomas en España disponen de instituciones de autogobierno para gestionar sus propios asuntos. Las principales instituciones son:

  • Parlamento Autonómico: Órgano legislativo de la comunidad autónoma.
  • Gobierno Autonómico: Órgano ejecutivo de la comunidad autónoma.
  • Presidente o Presidenta de la Comunidad Autónoma: Jefe del Gobierno Autonómico.
  • Consejo de Gobierno: Órgano colegiado del Gobierno Autonómico.
  • Tribunal Superior de Justicia: Máximo órgano judicial de la comunidad autónoma.
  • Defensor del Pueblo Autonómico: Institución que vela por los derechos de los ciudadanos frente a la Administración autonómica.

ENTIDADES LOCALES

Las administraciones que gozan de la condición de entidades locales son principalmente los municipios, las provincias y las islas.

SUPUESTOS DE ALTERACIÓN O MODIFICACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL

Las alteraciones o modificaciones del término municipal son cambios en los límites territoriales de un municipio. Algunos supuestos comunes son:

  • Anexión o segregación de territorios: Incorporación o separación de territorios a un municipio.
  • Fusión de municipios: Unión de dos o más municipios en uno solo.
  • Cambios en los límites territoriales: Modificaciones en la delimitación del territorio municipal.
  • Creación de nuevos municipios: Constitución de nuevos municipios.
  • Extinción de municipios: Supresión de municipios existentes.

FUNCIÓN INSPECTORA

En las comunidades autónomas, la función inspectora suele ser desempeñada por entidades específicas encargadas de supervisar y controlar el cumplimiento de la normativa y la correcta gestión de los servicios públicos. Algunos organismos que ejercen la función inspectora son:

  • Inspección de Servicios: Supervisa el funcionamiento de los servicios públicos.
  • Inspección Tributaria: Controla el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Inspección Laboral: Vela por el cumplimiento de la normativa laboral.
  • Inspección Ambiental: Supervisa el cumplimiento de la normativa ambiental.
  • Inspección de Consumo: Protege los derechos de los consumidores.

COMETIDO DE LA FUNCIÓN INSPECTORA

El cometido de la función inspectora es garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y supervisar el correcto funcionamiento de los servicios públicos y actividades reguladas. Algunos cometidos principales son:

  • Verificar el cumplimiento de la normativa: Asegurar que las actividades se ajustan a la ley.
  • Detectar posibles irregularidades o incumplimientos: Identificar posibles infracciones de la normativa.
  • Prevenir situaciones de riesgo: Evitar situaciones que puedan poner en peligro la seguridad o los derechos de los ciudadanos.
  • Controlar la calidad de los servicios públicos: Asegurar que los servicios públicos se prestan de forma adecuada.
  • Investigar denuncias o quejas: Atender las denuncias o quejas de los ciudadanos.
  • Promover la mejora continua: Fomentar la mejora de la calidad de los servicios y actividades reguladas.

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