Introducción a la Constitución Española: Preámbulo y Título Preliminar
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Introducción a la Constitución Española
Preámbulo
La Constitución Española de 1978 (CE) se inicia con un Preámbulo declarativo que expresa las grandes decisiones políticas que los españoles adoptan para su convivencia organizada en Nación-Estado. En él se contemplan unos valores y principios básicos del régimen que se concretarán en el Título Preliminar (arts. 1 y 2) y se desarrollarán a lo largo del texto.
Grandes Decisiones Políticas
- Garantizar la convivencia democrática
- Consolidar un Estado de Derecho
- Proteger a todos los españoles en el ejercicio de los derechos humanos
Estas decisiones se inscriben en la tradición liberal y democrática, enriquecida por las exigencias contemporáneas:
- Un sistema económico y social capaz de tratar con justicia a todos los ciudadanos, permitiéndoles desarrollar una vida humana digna.
- Un sistema jurídico que garantice y proteja los derechos fundamentales de los individuos y de los pueblos que forman el Estado español.
- Una política internacional universalista, basada en la paz y la solidaridad.
Título Preliminar
La CE continúa con un Título Preliminar definitorio, que establece cómo y en qué se constituye el Estado nacional, a partir de realidades políticas preexistentes, y cuál es el fin principal del Estado en virtud de las grandes decisiones declaradas en el Preámbulo.
Grandes Definiciones Constitucionales
- España se constituye políticamente en Estado.
- Tal Estado se define como social, democrático y de Derecho.
- El Estado español propugna como principios filosóficos que han de presidir su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
- El Estado asume e integra los grupos y fuerzas sociales preexistentes en España, reconociendo que es la población española quien ostenta la suprema voluntad de decisión política y garantizando la resolución jurídica o pacífica de cualquier conflicto.
Valores Constitucionales
Los valores que impregnan la CE se definen en el Preámbulo y en el art. 1: “España propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.
Estos valores podrían reducirse a dos (libertad e igualdad), considerando que “pluralismo político” y “justicia” son reiterativos. Incluso se ha afirmado que el pluralismo no es un valor en sí mismo, sino un instrumento para alcanzar el valor de la libertad.