Ínter

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Otras materias

Escrito el en español con un tamaño de 4,45 KB

Los principios básicos del Derecho de Tratados:a) Pacta sunt Servanda, rebus sic stantibus: la buena fue juega un papel fundamental aquí.Este principio expresa la obligación de los Estados de cumplir con las disposiciones del Tratado por el que se ha vinculado. En todo caso, el principio pacta sunt Servanda queda modificado por el principio rebus sic stantibus, que quiere decir que ante un cambio de circunstancias, un Estado puede dar por terminado un tratado o retirarse de él.No obstante, en ningún caso se puede dar por terminado un Tratado o que un Estado quiera retirarse del Tratado cuando éste establezca una frontera. Todo Estado está obligado a respetar y aceptar las fronteras establecidas.Así mismo, tampoco es válida la aplicación del principio rebus sic stantibus cuando el cambio de las circunstancias esté motivado por la violación de una obligación internacional por parte precisamente del Estado que alega el cambio de las circunstancias.b) Ex consensus advenit vinculum: nulidad, reservas, enmiendas y modificaciones de los Tratados.El principio ex consensus advenit vinculum podemos definirlo como el acto de voluntad mediante el cual el Estado manifiesta su consentimiento para quedar jurídicamente vinculado por el Tratado. Es un acto que se celebra por escrito.En España, para que un acto pueda vincularse jurídicamente por el Tratado, necesita que el Consejo de Ministros pida permiso a las Cortes y éstas procederán, si lo considera oportuno, a autorizar a que España quede vinculada jurídicamente por un Tratado, lo cual se puede hacer mediante Ley Orgánica o Ley ordinaria.Obtenida la autorización de las Cortes, el Ministro de Asuntos Exteriores es a quien le corresponde retificar el Tratado en nombre de España, el instrumento deberá ser firmado por el Jefe del Estado, el Rey, que es a quien le corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tratados de conformidad con la Constitución y las Leyes.Con respecto a la Vigencia de los Tratados, lo normal es que el propio texto incluya una cláusula de vigencia. Esta cláusula de vigencia  puede incluir una exigencia de un número mínimo de ratificaciones y cómo no, un plazo de vigencia.La cláusula de vigencia a nivel internacional suele ser de 1  a 3 meses. No obstante, si el Tratado “guarda silencio” y no dice anda respecto a la vigencia, se aplica por el artículo 24.2 de la Convención de Viena: […] el tratado entrará en vigor tan pronto como haya constancia del consentimiento de los Estados negociadores en obligarse por el Tratado.En este punto, también debemos hablar sobre las reservas. Según el artículo 2.1 en su apartado d) de la Convención de Viena sobre el derecho de Tratados, se entiende por “reserva” una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del Tratado en su aplicación a ese Estado. Como vemos, en esta definición existen tres elementos destacables:Declaración unilateral: Se trata de una declaración que puede acompañar al consentimiento expresado por el Estado al vincularse por ese Tratado. Siguiendo el artículo 19 de la Convención de Viena sobre el Derecho de Tratados, un Estado podrá formular una reserva en el momento de firmar, ratificar, aceptar o aprobar un Tratado o adherirse al mismo, a menos:1-Que la reserva esté prohibida en el Tratado.2-Que el Tratado disponga que únicamente pueden hacerse determinadas reservas, entre las cuales no figure la reserve de que se trate.3-Que, en los casos no previstos en los apartados a) y b), la reserva sea incompatible con el objeto y el fin del Tratado.Lo que establece el artículo 19 es que como principio general, si el Tratado permite de forma expresa que él mismo puede ser objeto de reserva sin establecer condiciones, el Estado es libre de formular reservas las disposiciones que considere pertinentes.

Entradas relacionadas: