Instrumentos de Planeamiento Urbanístico y Ordenación del Territorio

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Planes de Desarrollo

PLANES DE DESARROLLO: Desarrollar los planeamientos generales, con un grado de precisión suficiente para ejecutar los desarrollos urbanísticos concretos, tales como la definición detallada de la conformación espacial de cada área homogénea; condiciones sobre las parcelas; tipo de obras y condiciones de las edificaciones, etc.

Planes Parciales de Ordenación

Planes Parciales de Ordenación: Es el instrumento de planeamiento que tiene por objeto el desarrollo de sectores del Suelo urbanizable sectorizado o de sectores del Suelo urbano no consolidado, delimitados por el PGOU o por POI y PS. En definitiva, sus finalidades principales son:

  • Señalar el lugar donde se ubicarán las viviendas y donde estarán las instalaciones deportivas.
  • Establecer los terrenos necesarios para dedicarlos a parques y jardines públicos, para situar centros culturales y docentes. También indicará si estos elementos tienen carácter público o privado, referido tanto a la propiedad como al uso.
  • Determinar las características de la red de comunicaciones propia del sector, o lo que es lo mismo, su sistema de calles, y cómo enlaza con los viarios principales señalados en el planeamiento general.
  • Evaluar los costes de urbanización y las características de los servicios urbanos.

La elaboración del PPO puede ser por la Administración, Instituciones o particulares, correspondiendo su formulación y aprobación definitiva a los Municipios.

Planes Especiales

Planes Especiales: Es el instrumento de planeamiento, de utilización flexible, que desarrolla algunas previsiones del planeamiento general o del territorial. Su ámbito puede ser inframunicipal, municipal o supramunicipal. Tiene como finalidades propias de los Planes Especiales las siguientes:

  • Establecer, desarrollar, definir, ejecutar o proteger infraestructuras o equipamientos, considerados tanto sistemas locales o generales.
  • Implantar Actuaciones de Interés Público en suelo no urbanizable.
  • Conservar, proteger o mejorar el medio urbano o el medio rural.
  • Vincular el destino de terrenos o construcciones a viviendas protegidas.
  • Establecer reservas de terrenos para el patrimonio público de suelo.
  • Cualesquiera otras finalidades análogas.

Estudios de Detalle

Estudios de Detalle: Es el instrumento de planeamiento de desarrollo que tiene por objeto completar o adoptar algunas determinaciones del planeamiento en áreas de suelo urbano de ámbito reducido tales como:

  • Ordenación de volúmenes.
  • Trazado local del viario secundario.
  • Localización del suelo dotacional público.
  • Fijar las alineaciones y rasantes de cualquier viario y reajustarlas.

Como limitaciones está la modificación del uso urbanístico del suelo, incrementar el aprovechamiento urbanístico, suprimir el suelo dotacional público o afectar negativamente a su funcionalidad y alterar las condiciones de ordenación de los terrenos o construcciones colindantes.

Catálogo

Catálogo: Es el instrumento de planeamiento que tiene por objeto complementar las determinaciones de los instrumentos de planeamiento relativas a la conservación, protección o mejora del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico. Pueden ser, por tanto, de dos tipos:

  • Catálogos de Bienes.
  • Espacios Protegidos.

El contenido de ambos tipos de catálogos integra un registro administrativo en forma de relación detallada que permite proporcionar información sobre la situación, características físicas y jurídicas y régimen de protección al que se encuentran sometidos los bienes y los espacios incluidos en él. Su formulación y aprobación puede hacerse de forma independiente, conforme a la remisión que al mismo hagan los restantes instrumentos de planeamiento, o bien podrá formar parte de estos.

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