Instituciones y Sociedad en la Antigua Roma: Un Vistazo al Derecho y la Política Romana

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Instituciones Políticas Romanas

Asambleas Populares

Las asambleas populares eran fundamentales en la vida política de la República Romana, permitiendo la participación ciudadana en la toma de decisiones.

Comicios Centuriados (Comitia Centuriata)

  • Decidían asuntos relacionados con la guerra y la paz.
  • Elegían a los magistrados superiores (cónsules, pretores, censores).
  • Promulgaban leyes importantes.
  • Juzgaban casos de alta traición.

Comicios por Tribus (Comitia Tributa)

  • Elegían a los magistrados inferiores, como los ediles y cuestores.
  • Votaban leyes propuestas por los magistrados.

Concilios de la Plebe (Concilia Plebis)

  • Decidían todo tipo de propuestas civiles que afectaban a la plebe.
  • Elegían a los magistrados plebeyos, principalmente a los tribunos de la plebe.
  • Sus decisiones, conocidas como plebiscitos, afectaban inicialmente solo a los plebeyos, pero posteriormente, tras la Lex Hortensia (287 a.C.), adquirieron fuerza de ley para toda la ciudadanía.

El Senado (Senatus)

El Senado romano era la institución más prestigiosa y con mayor influencia en la República, compuesto principalmente por exmagistrados.

  • Se encargaba de la formulación de leyes, la política exterior y la autorización de los iura imperium (poderes de mando) de los magistrados.
  • Sus resoluciones se plasmaban en senatus consulta (decretos del Senado), que, aunque formalmente eran recomendaciones, en la práctica tenían gran peso.
  • No elegían magistrados ni daban órdenes directas, sino que emitían recomendaciones y supervisaban la administración del Estado.
  • Sus sesiones eran convocadas y presididas por los cónsules o pretores.

Sociedad y Derecho Privado Romano

La Mujer en Roma: Condición Social y Jurídica

La situación de la mujer en la sociedad romana, aunque más liberal que en otras culturas contemporáneas como la griega, estaba marcada por una constante tutela masculina.

  • Siempre estaban bajo la tutela de un hombre: el padre (pater familias) cuando eran niñas, el marido al casarse (en matrimonios cum manu), y en caso de enviudar, a menudo un hijo o un tutor designado.
  • Su papel principal se centraba en la vida doméstica y la educación de los hijos, aunque las mujeres de clase alta participaban activamente en la vida social y en los rituales religiosos.
  • Participaban activamente en la vida social y en ceremonias importantes como bodas y funerales.
  • No tenían permitido participar en la política ni en el ejército.
  • A diferencia de la mujer griega, que solía estar más recluida, la mujer romana gozaba de mayor libertad social y podía asistir a espectáculos públicos como el teatro y el circo.
  • Carecían de derechos políticos, pero poseían derechos civiles, aunque sus asuntos legales y juicios requerían la intervención de un tutor.

El Matrimonio Romano (Matrimonium)

El matrimonio era una institución fundamental en la sociedad romana, con diversas formas y efectos jurídicos.

Requisitos para el Matrimonio

  • Afinidad social: Se buscaba la igualdad de estatus social entre los cónyuges.
  • Prohibición de incesto: No se permitía el matrimonio entre parientes cercanos (consanguíneos o afines).
  • Restricciones de clase: Inicialmente, existió la prohibición de matrimonios entre patricios y plebeyos, abolida por la Lex Canuleia (445 a.C.).
  • Consentimiento: Era esencial el consentimiento de los contrayentes y, si estaban bajo potestad, el de sus respectivos pater familias.

Tipos de Matrimonio

El matrimonio romano se clasificaba principalmente según la adquisición o no de la manus (potestad marital) sobre la mujer:

  • Matrimonio cum manu: La mujer pasaba de la potestad de su pater familias a la del marido, integrándose plenamente en su familia y adquiriendo la condición de filia familias (hija de familia) respecto a él. Las formas de adquirir la manus eran:
    • Confarreatio: Una ceremonia religiosa solemne, reservada a patricios.
    • Coemptio: Una venta simbólica de la mujer al marido.
    • Usus: La convivencia ininterrumpida de los cónyuges durante un año. Si la mujer se ausentaba tres noches consecutivas (trinoctium) antes de cumplirse el año, evitaba la adquisición de la manus.
  • Matrimonio sine manu: La mujer permanecía bajo la potestad de su pater familias de origen, manteniendo sus lazos jurídicos con su familia natal. Esta forma se hizo más común en la República tardía y el Imperio.

Efectos del Matrimonio

  • Fidelidad: Existía la obligación de fidelidad mutua entre los cónyuges.
  • Dote: La mujer o su familia aportaba una dote (dos) al marido, que este administraba para contribuir a las cargas del matrimonio.
  • Hijos: Los hijos nacidos del matrimonio legítimo estaban bajo la potestad del pater familias del marido.
  • En el matrimonio cum manu: La mujer perdía la tutela de su padre y pasaba a la custodia y potestad del marido.
  • En el matrimonio sine manu: La mujer mantenía su independencia jurídica respecto al marido y conservaba sus bienes propios.

El Divorcio (Divortium)

El divorcio era una institución legalmente reconocida en Roma, y su práctica evolucionó a lo largo del tiempo.

  • La forma más común de disolución unilateral era el repudium (repudio), donde uno de los cónyuges declaraba su intención de disolver el matrimonio.
  • Se formalizaba mediante la entrega de un libellus repudii (carta de repudio).
  • Las causas y procedimientos variaron, pero tanto el marido como la esposa podían iniciar el divorcio.
  • Las principales formas de disolución del matrimonio eran:
    • Mutuo acuerdo (divortium bona gratia): Por consenso de ambos cónyuges.
    • Repudio (repudium): Decisión unilateral de uno de los cónyuges.
    • Por infirmitas: Por causas como la impotencia o la esterilidad de uno de los cónyuges.

El Cursus Honorum: La Carrera Política Romana

El cursus honorum era la secuencia ordenada de cargos públicos que un ciudadano romano de rango senatorial debía seguir para avanzar en su carrera política.

  • Las magistraturas eran elegidas anualmente, y la progresión solía ser ascendente, con requisitos de edad mínima y un intervalo entre cargos.
  • Las principales magistraturas incluían:
    • Cuestores (Quaestores): Generalmente 20. Encargados de la administración del tesoro público y las finanzas. Tras su cargo, solían acceder automáticamente al Senado.
    • Ediles (Aediles): Generalmente 4 (2 plebeyos, 2 curules). Supervisaban los juegos públicos, el abastecimiento de alimentos, los mercados y el mantenimiento de templos y edificios públicos.
    • Tribunos de la Plebe (Tribuni Plebis): Generalmente 10. Velaban por los derechos e intereses de la plebe. Poseían el derecho de veto (intercessio) contra actos de otros magistrados y podían proponer leyes ante los Concilios de la Plebe.
    • Pretores (Praetores): Generalmente 8. Encargados de la administración de justicia y la jurisdicción, además de poder ejercer mando militar.
    • Cónsules (Consules): Dos cónsules elegidos anualmente por los Comicios Centuriados. Ostentaban el máximo poder político, militar y religioso (imperium) y daban nombre al año.
    • Censores (Censores): Elegidos cada cinco años por un periodo de 18 meses. Encargados del censo de ciudadanos, la moral pública (regimen morum) y la administración de contratos públicos.

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