Instituciones, Principios y Fuentes del Derecho de la Unión Europea

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Instituciones de la Unión Europea

Las principales instituciones de la Unión Europea son:

  • El Parlamento Europeo (PE) es el parlamento de la UE.
  • El Consejo Europeo es un organismo político de carácter intergubernamental, formado por los jefes de Estado o de gobierno de los Estados miembros.
  • El Consejo o Consejo de la UE (CUE), también llamado Consejo de Ministros, representa a los Gobiernos de los Estados miembros, quienes legislan para la Unión.
  • La Comisión Europea, que es la rama ejecutiva.
  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
  • El Banco Central Europeo.

Principios del Derecho Comunitario

Los principios fundamentales del Derecho comunitario son:

Primacía
El Derecho emanado de las instituciones comunitarias que prevalece sobre el Derecho nacional. Este carácter se fundamenta en la cesión de soberanía que los Estados miembros realizan en favor de las instituciones europeas.
Aplicabilidad directa
El Derecho se integra en los ordenamientos jurídicos de los países miembros; no necesitan de fórmula especial para que pase a formar parte de los ordenamientos jurídicos internos.
Efecto directo
Los particulares tienen derecho a invocar ante los tribunales ordinarios las disposiciones del Derecho comunitario. Destaca el “efecto directo vertical”, aquel que surge por la posibilidad del particular de invocar disposiciones del Derecho comunitario ante los Estados miembros. También se menciona el “efecto directo horizontal”, que consiste en la posibilidad de que el particular lo invoque frente a otros particulares.
Posibilidad de alegación
Casos en los que, pese a no existir efecto directo en una norma comunitaria, esta puede ser alegada por el particular ante el juez nacional.
Responsabilidad del Estado por incumplimiento
Surge de la sentencia del Tribunal de Justicia del 19 de noviembre de 1991, en el asunto Francovich y Bonifaci. Se admite que, cuando el Estado miembro incumple las obligaciones de transposición de una Directiva comunitaria, genera una desprotección a los particulares por la ausencia de aplicación práctica de derechos.

Fuentes del Derecho Comunitario

El Derecho comunitario está contenido en los tratados que los Estados miembros suscriben, siendo estas las fuentes de mayor rango. Además, existen fuentes que posibilitan la aparición del Derecho derivado:

Reglamentos
Normas jurídicas emanadas de instituciones europeas que poseen efecto directo en los países miembros, y que prevalecen sobre el Derecho nacional de cada uno.
Directivas
Mandatos dirigidos a uno o varios países miembros, siendo competentes para su emisión el Consejo, la Comisión y el Consejo junto con el Parlamento. El rasgo más característico es la ausencia de eficacia directa en los ordenamientos a los que va dirigida, necesitando de transposición por parte del Estado miembro para que entren en vigor.
Decisiones
Son más limitadas; aun teniendo carácter obligatorio, no suelen tener carácter general y se dirigen a destinatarios precisos.
Dictámenes
Es un acto normativo de carácter no vinculante que expresa un juicio o una valoración.
Recomendaciones
No son de obligado cumplimiento; suelen proceder de la iniciativa de una institución comunitaria. Suelen ser emitidas a consecuencia de una iniciativa externa.

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