Inspecciones Eléctricas en Baja Tensión: Requisitos, Defectos y Calificaciones

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Inspecciones Eléctricas Iniciales Obligatorias

Las inspecciones iniciales son obligatorias en instalaciones eléctricas nuevas o en ampliaciones o modificaciones de importancia, en los siguientes casos:

  • Instalaciones industriales que requieran proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW.
  • Locales de pública concurrencia, sean locales de espectáculos y actividades recreativas o locales de reunión, trabajo y usos sanitarios. (ITC-BT-28)
  • Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I según ITC-BT-29, excepto garajes de menos de 25 plazas.
  • Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW. (ITC-BT-30)
  • Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW. (ITC-BT-31)
  • Quirófanos y salas de intervención. (ITC-BT-38)
  • Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior a 5 kW. (ITC-BT-09)
  • Instalaciones para estaciones de recarga de vehículos eléctricos que requieran de un proyecto para su ejecución.

Inspecciones Eléctricas Periódicas

Las instalaciones eléctricas de Baja Tensión (BT) también requieren inspecciones periódicas con la siguiente frecuencia:

  • Instalaciones eléctricas de BT que precisen una inspección inicial: Cada 5 años.
  • Instalaciones eléctricas comunes de BT en edificios de viviendas con potencia total instalada superior a 100 kW: Cada 10 años.

Clasificación de Defectos en Instalaciones Eléctricas

Defectos Leves

Son aquellos que:

  • No suponen peligro para las personas o bienes.
  • No perturban el funcionamiento de la instalación.
  • La desviación con respecto a la normativa no tiene un valor significativo para el funcionamiento normal de la instalación.

Defectos Graves

No suponen un peligro inmediato para la seguridad de las personas o bienes, pero pueden serlo si se produce un fallo en la instalación. Ejemplos:

  • Falta de conexiones equipotenciales cuando sean necesarias.
  • Inexistencia de medidas de seguridad contra contactos indirectos.
  • Falta de aislamiento.
  • Falta de continuidad en los conductores de protección.
  • Resistencia de tierras elevadas.
  • Sección insuficiente de los conductores de protección.
  • Secciones insuficientes para los conductores de fase, lo que provoca caídas de tensión no tolerables.
  • La reiterada acumulación de defectos leves.

Defectos Muy Graves

Constituyen un peligro inmediato para la seguridad de las personas o los bienes. Incluyen el incumplimiento de las medidas de seguridad para evitar peligros en:

  • Contactos directos, en cualquier tipo de instalación.
  • Locales de pública concurrencia.
  • Locales con riesgo de incendio y explosión.
  • Locales de características especiales.
  • Instalaciones con fines especiales.
  • Quirófanos y salas de intervención.

Calificación de las Inspecciones Eléctricas

Calificación Favorable

Se otorga cuando:

  • No existe defecto grave o muy grave.
  • Puede existir o no la presencia de defectos leves, que deben ser subsanados antes de la próxima inspección.
  • La instalación puede entrar en servicio y funcionar.

Calificación Condicionada

Se produce cuando existe al menos un defecto grave o un defecto leve procedente de otra inspección anterior y que todavía no ha sido corregido.

Condiciones:

  • En instalaciones nuevas: No pueden recibir suministro de energía eléctrica hasta que no se hayan corregido los defectos y la calificación sea favorable.
  • En instalaciones en servicio: Se establece un plazo máximo de 6 meses para su corrección. Pasado el plazo sin subsanarse, se emitirá un Certificado de Calificación Negativa.

Calificación Negativa

Se emite cuando existe al menos un defecto muy grave.

Condiciones:

  • En instalaciones nuevas: No puede recibir suministro de energía eléctrica hasta que no se hayan corregido los defectos y la calificación sea favorable.
  • En instalaciones en servicio: Se emite la calificación negativa, que debe remitirse inmediatamente al órgano competente de la Administración.

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