Inspección de Trabajo en España: Funciones, Organización y Procedimientos Clave
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Definición y Rol de la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo es un servicio público que ejerce la vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social y exige responsabilidades. Además, ofrece asesoramiento y facultades como la mediación y conciliación en dichas materias.
Estructura de Cuerpos de la Inspección
La Inspección de Trabajo se estructura en dos cuerpos principales:
- Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
- Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
Es importante destacar que los técnicos habilitados no forman parte de estos cuerpos de inspección. Actúan específicamente en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), son funcionarios autónomos de las Comunidades Autónomas y pueden comprobar hechos y requerir medidas, pero no tienen la facultad de sancionar ni de emitir actas de inspección.
Organización del Sistema de Inspección de Trabajo
El sistema de Inspección de Trabajo se organiza de la siguiente manera:
- Autoridad Central: Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). De él dependen cuatro subdirectores y un director especial.
- Directores Territoriales: Coordinan la inspección en cada Comunidad Autónoma y ostentan el rango de subdirectores generales.
- Jefaturas Provinciales: Dependen de las direcciones territoriales y de la Autoridad Central.
El acceso a los cuerpos de inspectores y subinspectores se realiza mediante oposiciones, requiriendo titulación universitaria: licenciatura (o grado equivalente) para inspectores y diplomatura (o grado equivalente) para subinspectores.
Funciones Clave de la Inspección de Trabajo
Las principales funciones de la Inspección de Trabajo son:
- Vigilancia del cumplimiento normativo: Supervisión de las normas y el contenido de los convenios colectivos en las siguientes materias:
- Ordenación del trabajo y relaciones sindicales.
- Prevención de Riesgos Laborales (PRL).
- Seguridad Social, empleo y migraciones.
- Cooperativas, constitución de sociedades laborales y otras fórmulas de economía social.
- Asistencia técnica:
- Información y asesoramiento a empresas y trabajadores.
- Asistencia técnica a entidades y organismos de la Seguridad Social.
- Colaboración con otros órganos de las administraciones públicas.
- Emisión de informes para órganos judiciales.
- Facultades de arbitraje, mediación y conciliación, siempre que sea a petición de las partes implicadas.
Ámbito de Aplicación de la Inspección de Trabajo
Los inspectores y subinspectores pueden desarrollar su actividad en los siguientes lugares:
- Empresas, centros y lugares de trabajo.
- Vehículos y medios de transporte donde se realice el trabajo.
- Puertos, aeropuertos y puntos de salida, escala o destino.
- Entidades públicas y de Seguridad Social.
Es importante destacar que a los inspectores y subinspectores no se les puede negar la entrada al centro de trabajo. Para garantizar el acceso, pueden requerir el auxilio de las administraciones públicas y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Modalidades de Actuación Inspectora
Los inspectores y subinspectores pueden actuar bajo las siguientes modalidades:
- Por orden superior.
- A petición de otros órganos de las Administraciones Públicas o de la jurisdicción.
- Por iniciativa propia.
Tipos de Órdenes de Servicio
Las órdenes de servicio que dirigen la actuación inspectora pueden ser de tres clases:
- Conjuntas: Cuando varios inspectores actúan de forma coordinada en torno a ellas.
- Genéricas: Se encomienda un tipo de actuación, como campañas o programas específicos.
- Específicas: El orden superior detalla la actuación concreta a inspeccionar.
Realización de la Actividad Inspectora
Durante el desarrollo de la actividad inspectora, los inspectores y subinspectores poseen las siguientes facultades:
- Entrar libremente en cualquier centro de trabajo.
- Requerir información, tanto a solas como delante de testigos, al empresario o al personal de la empresa.
- Exigir la comparecencia del empresario o de sus representantes.
- Examinar en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa.
- Requerir la presentación de la documentación en oficinas públicas.