·"ingredientes del tipo penal"
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Clasificación de los tipos penales
ØSegún
La estructura típica:
vTipos
Penales básicos o fundamentales:
son aquellos que encabezan el capítulo, no dependen de
Otro tipo penal.
Prevén los elementos fundamentales de la conducta.
Ej
Homicidio, Hurto, peculado por Apropiación.
vTipos
Penales subordinados:
tienen
Cualidades o circunstancias especiales que dependen del género.
Ej
Art 104 CP habla sobre el homicidio Agravado
vTipos
Penales autónomos:
son
Tipos penales que crea el legislador y que se aplican sin sujeción o
Dependencia del tipo básico.
Ej
Art 106 CP, homicidio por piedad.
vSimples:
son
Aquellos que en su descripción están compuestos por un solo verbo rector.
vComplejos:
son
Aquellos que tienen más de un solo verbo rector, y basta con la realización de
Una sola de las conductas para que ese configure o ejecute el tipo penal.
vTipo
Penal en blanco:
es
Aquella norma donde el supuesto de hecho
No encuentra regulado por completo y debe ser complementado por otras normas
Jurídicas con el mismo rango o rango inferior.
vTipo
Penal abierto:
son
Aquellos que no describen la conducta de manera específica.
vTipo
Penal cerrado:
Son aquellos en los que se precisa cuál es la conducta exacta que describe el
Tipo penal y a cual se adecuará este.
ØSegún
Su contenido:
vMera
Conducta:
Son aquellos que para su consumación basta con la sola realización descrita en
El tipo. Su resultado es jurídico y no físico. Ej. Como la injuria y calumnia.
vResultado:
son
Aquellos que solo basta con la transformación del mundo exterior perceptible por
Lo sentidos pero que este se lleve a cabo. Su resultado es físico y no
Jurídico.
vEjecución
Instantánea:
la
Consumación del tipo se da en un solo
Momento temporal y espacial, en
El cual se realiza la conducta.
vEjecución
Permanente:
son
Aquellos supuestos de hecho cuya acción se realiza de manera fraccionada en el
Tiempo o cuyo resultado consumativo se prolonga en el tiempo de mediante la
Reiteración parcial de la acción u omisión.
Ej
Abandono del menor, desaparición forzada.
El Término de prescripción de estos delitos comienza a correr con la perpetración Del último acto cometido por el sujeto activo.
ØSegún
El BJT:
vMono
Ofensivo:
Es aquel tipo que lesiona solo un bien jurídico tutelado.
vPluriofensivo: Es aquel Tipo que lesiona dos o más bienes jurídicos tutelados.
vDe
Peligro:
son
Aquellos tipos que ponen en grave peligro al bien jurídico tutelado.
vDe
Lesión:
es
Aquel tipo que produce un menoscabo significativo al bien jurídico tutelado.
ØSegún
Su sujeto activo:
vComunes:
son
Aquellos tipos en los que cualquiera puede ejecutar la conducta punible.
vEspeciales:
son aquellos tipos
En las que las personas que ejecuten la conducta punible deben cumplir con
Exigencias especiales que cumple la ley.