·"ingredientes del tipo penal"

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Clasificación de los tipos penales

ØSegún La  estructura típica:

vTipos Penales básicos o fundamentales:
son aquellos que encabezan el capítulo, no dependen de Otro tipo penal.
Prevén los elementos fundamentales de la conducta.

Ej

Homicidio, Hurto, peculado por Apropiación.

vTipos Penales subordinados:
tienen Cualidades o circunstancias especiales que dependen del género.

Ej

Art 104 CP habla sobre el homicidio Agravado

vTipos Penales autónomos:
son Tipos penales que crea el legislador y que se aplican sin sujeción o Dependencia del tipo básico.

Ej

Art 106 CP, homicidio por piedad.

vSimples:
son Aquellos que en su descripción están compuestos por un solo verbo rector.

vComplejos:
son Aquellos que tienen más de un solo verbo rector, y basta con la realización de Una sola de las conductas para que ese configure o ejecute el tipo penal.

vTipo Penal en blanco:
es Aquella norma  donde el supuesto de hecho No encuentra regulado por completo y debe ser complementado por otras normas Jurídicas con el mismo rango o rango inferior.

vTipo Penal abierto:
son Aquellos que no describen la conducta de manera específica.

vTipo Penal cerrado:
Son aquellos en los que se precisa cuál es la conducta exacta que describe el Tipo penal y a cual se adecuará este.

ØSegún Su contenido:

vMera Conducta:
Son aquellos que para su consumación basta con la sola realización descrita en El tipo. Su resultado es jurídico y no físico. Ej. Como la injuria y calumnia.

vResultado:
son Aquellos que solo basta con la transformación del mundo exterior perceptible por Lo sentidos pero que este se lleve a cabo. Su resultado es físico y no Jurídico.

vEjecución Instantánea:
la Consumación del tipo se da en un solo  Momento  temporal y espacial, en El cual se realiza la conducta.

vEjecución Permanente:
son Aquellos supuestos de hecho cuya acción se realiza de manera fraccionada en el Tiempo o cuyo resultado consumativo se prolonga en el tiempo de mediante la Reiteración parcial de la acción u omisión.

Ej

Abandono del menor, desaparición forzada.

El Término de prescripción de estos delitos comienza a correr con la perpetración Del último acto cometido por el sujeto activo.

ØSegún El BJT:

vMono Ofensivo:
Es aquel tipo que lesiona solo un bien jurídico tutelado.

vPluriofensivo: Es aquel Tipo que lesiona dos o más bienes jurídicos tutelados.

vDe Peligro:
son Aquellos tipos que ponen en grave peligro al bien jurídico tutelado.

vDe Lesión:
es Aquel tipo que produce un menoscabo significativo al bien jurídico tutelado.

ØSegún Su sujeto activo:

vComunes:
son Aquellos tipos en los que cualquiera puede ejecutar la conducta punible.

vEspeciales: 
 son aquellos tipos En las que las personas que ejecuten la conducta punible deben cumplir con Exigencias especiales que cumple la ley.

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