Indemnizaciones y Régimen Laboral para PyMEs: Aspectos Clave

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Indemnizaciones Laborales en Argentina

Art. 8: El empleador que no registre una relación laboral abonará al trabajador afectado una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación.

Art. 9: El empleador que consignare en la documentación laboral una fecha de ingreso posterior a la real, abonará al trabajador afectado una indemnización equivalente a la cuarta parte del importe de las remuneraciones devengadas desde la fecha de ingreso hasta la fecha falsamente consignada.

Art. 10: El empleador que consignare en la documentación laboral una remuneración menor que la percibida por el trabajador, abonará a este una indemnización equivalente a la cuarta parte del importe de las remuneraciones devengadas y no registradas. Puede prescribir.

Art. 15: Si el empleador despidiera sin causa justificada al trabajador dentro de los dos años posteriores a la intimación, el trabajador despedido tendrá derecho a percibir el doble de indemnización que le hubiere correspondido como consecuencia del despido. La ley presume que el despido fue hecho por venganza. Si el empleado otorgare efectivamente el preaviso, su plazo también se duplicará.

Régimen Laboral Especial para PyMEs (Ley 24.467)

Regula las relaciones de trabajo en el ámbito de la pequeña y mediana empresa. El régimen actual sirve para promover la contratación de trabajadores en blanco y generar empleo. Deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Hasta 40 trabajadores.
  • Con facturación anual limitada.

Las empresas que superen uno o ambos requisitos podrán permanecer por 3 años en este régimen especial, siempre que no dupliquen el plantel o la facturación indicada.

Registro Único de Personal

Debe contener la siguiente información:

  • Nombre y apellido del trabajador.
  • N° de CUIL.
  • Domicilio del trabajador.
  • Estado civil e individualización de los cargos de familia.
  • Fecha de ingreso.
  • Tarea a desempeñar.
  • Modalidad de la contratación.
  • Lugar de trabajo.
  • Forma de determinación del salario, monto y fecha de pago.
  • Régimen previsional optado por el trabajador.

Clave de Alta Temprana

Resolución AFIP. Se implementa un régimen de registro obligatorio del trabajador anterior al vínculo laboral, antes del inicio de la relación laboral o plazo no mayor de 24hs. El empleador debe informar al AFIP el ingreso del trabajador, caso contrario se le aplicarán sanciones y se podrá considerar no válida la fecha de ingreso alegada en cada caso. Esto es para que el empleador frente a Inspección de la AFIP, ANSES, Ministerio de Trabajo no argumente falsamente que está realizando los trámites de inscripción del trabajador.

Régimen Laboral para PyMEs: Aspectos Específicos

Preaviso

Para las PyMEs, el preaviso tiene un mes de duración sin importar la antigüedad del trabajador.

Formación Profesional

Es un derecho y deber fundamental de los trabajadores de las PyMEs, quienes tendrán acceso preferente a los programas de formación continua financiados con fondos públicos. El trabajador que asista a cursos de formación profesional podrá solicitar al empleador la adecuación de su jornada laboral. Los CCT para PyMEs deberán contener un capítulo especial dedicado al desarrollo del deber y del derecho a la capacitación profesional.

Vacaciones

Las vacaciones poseen cierta flexibilidad:

  • Los CCT podrán modificar las formalidades, requisitos, aviso, etc.
  • Puede fraccionarlas en 3 periodos, cada periodo no puede ser inferior a 6 días corridos.
  • No se puede modificar la obligación del pago de vacaciones al inicio del mismo. Si se acordó fraccionamiento de vacaciones se deberá abonar proporcionalmente la licencia al inicio de cada período.
  • No puede modificar la cantidad de días, tampoco puede cambiar la forma de calcular.
  • Por lo menos una vez por año se le tienen que dar las vacaciones en verano.

Aguinaldo

Podrá fraccionarse hasta en 3 cuotas en el año y modificar las fechas de pago.

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