Incapacidad Permanente, Desempleo y Seguridad Social: Cobertura y Prestaciones
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Incapacidad Permanente (IP)
Cuando un trabajador, después de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad de trabajo.
Grados de Incapacidad Permanente
- Parcial: Produce en el trabajador una disminución superior al 33% en el rendimiento de su profesión, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma. Compensación equivalente a 24 mensualidades de base reguladora.
- Total: Inhabilita al trabajador para la realización de las tareas fundamentales de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otras distintas. Prestación del 55% de la base reguladora. Se incrementa un 20% más a partir de los 55 años.
- Absoluta: Impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio. Prestación del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Trabajador afectado por incapacidad absoluta que necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida. Prestación del 100% de la base reguladora, incrementado con un complemento no inferior al 45% de la pensión.
Prestaciones por Muerte o Supervivencia
Pensión de Viudedad
Pensión vitalicia en favor del cónyuge o pareja de hecho superviviente. Se pierde al contraer nuevo matrimonio, excepto en ciertos casos (personas mayores o incapacitados con un menor nivel de rentas).
Pensión de Orfandad
Hijos e hijas de la persona fallecida menores de 21 años. Ampliable hasta los 25 si no realizan ninguna actividad laboral o cuando sus ingresos son inferiores al SMI, en cómputo anual. También tienen derecho los hijos incapacitados para trabajar.
Desempleo
Situación en que se encuentran las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral, entre un mínimo del 10% y un máximo del 70%, con la correspondiente pérdida o reducción análoga del salario.
Nivel Contributivo: Prestación por Desempleo
Proporciona prestaciones a personas que se encuentran en situación de paro o reducción de jornada.
Requisitos:
- Afiliado a la Seguridad Social y en alta o situación asimilada.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Tener cubierto el periodo mínimo de cotización (12 meses dentro de los 6 años anteriores a la situación de desempleo).
- No haber cumplido la edad establecida para tener derecho a pensión contributiva de jubilación, salvo que no tuvieras acreditado el periodo de cotización requerido.
Prestación:
Los primeros 180 días: 70% de la base reguladora. A partir del día 181: 50% de la base reguladora.
Nivel Asistencial: Subsidio por Desempleo
Sistema asistencial que prolonga la prestación por desempleo.
Requisitos:
- Estar en situación de paro.
- Carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al 75% del SMI.
- Haber cotizado 3 meses si tiene cargas familiares y 6 si no las tiene.
Cuantía:
80% del IPREM sin incluir pagas extra.
La Seguridad Social (SS)
Tiene como finalidad garantizar a los trabajadores, y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten, como en casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, etc.
Modalidad Contributiva
Incluye a los españoles residentes en España y a los extranjeros residentes legalmente en España, siempre que tengan una actividad profesional en territorio nacional.
Régimen General:
Todos los trabajadores que trabajen habitualmente en territorio nacional, por cuenta ajena, y que no estén incluidos en algún régimen especial. Incluye a la mayoría de trabajadores por cuenta ajena.
Regímenes Especiales:
Incluye actividades que, por las condiciones de tiempo y lugar en que se realizan o por la índole de sus procesos productivos, sea necesario diferenciar para una mejor aplicación de los beneficios de la SS. Son los siguientes: autónomos, trabajadores del mar, minería del carbón, funcionarios públicos civiles y militares; y estudiantes (seguro escolar).
Modalidad No Contributiva
Incluye a personas que no hayan cotizado y no tengan recursos económicos. Son pensiones no contributivas de incapacidad permanente, jubilación y por hijo a cargo.