Imputación Penal en Robo con Homicidio: Un Estudio de Caso Detallado

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ACCIÓN

Sí, hay acción, porque se entiende que en el presente caso Matías tiene la intención y voluntad de causar un daño a Tato (robarle y, producto del forcejeo durante el robo, se produce la muerte de Tato). El sujeto Matías interviene procurando modificar la situación, produciendo un resultado negativamente valorado por el derecho. También se entiende que hay acción porque no se presenta ninguna de las tres eximentes:

  • FFI (Fuerza Física Irresistible)
  • AR (Acto Reflejo)
  • EI (Estado de Inconsciencia Absoluta)

TIPICIDAD

Este caso encuadra inicialmente en el tipo penal de delitos contra la propiedad, específicamente robo (Art. 164 del Código Penal), ya que Matías sustrae el automóvil que es propiedad de Tato. Sin embargo, debido a que durante el hecho delictivo Tato se resiste y Matías le dispara, produciendo su muerte, el caso debe encuadrarse en el artículo siguiente, el Art. 165 del Código Penal, que establece: «Se impondrá reclusión o prisión de diez a veinticinco años, si con motivo u ocasión del robo resultare un homicidio».

Intención

Matías quiere sustraer un bien de su patrimonio a Tato, en este caso, el automóvil.

Sujeto Activo

Matías es el sujeto activo, ya que es quien realiza la conducta: robar el automóvil a Tato y, debido a que este se resiste, le dispara, impactando tres balas en su cuerpo y produciendo su muerte.

Sujeto Pasivo

Es el titular del bien jurídico protegido; en este caso, Tato es el propietario del automóvil.

Conducta

Matías intercepta a Tato con la intención de robarle su automóvil. Le exige todo lo que tiene. Producto de esto, Tato se resiste y Matías dispara cinco tiros, impactando tres de ellos en Tato y produciéndole la muerte. Luego de disparar, Matías huye en el automóvil, que es propiedad de Tato.

Resultado

Matías logra cometer su objetivo, el cual era robar el automóvil a Tato y, producto de la resistencia de este, le dispara, generando la muerte de Tato.

Nexo Causal

En este caso, el nexo causal es la relación directa entre la conducta y el resultado. Matías, con la intención y voluntad de robar el automóvil de Tato, y mientras este se resiste, saca su pistola y dispara cinco tiros, de los cuales solo tres impactan en el cuerpo de Tato, pero son suficientes para producirle la muerte en el acto.

Bien Jurídico Protegido

El bien jurídico protegido es la propiedad de la persona.

TIPO SUBJETIVO

Este caso encuadra en un tipo doloso, porque Matías se encontraba en conocimiento de lo que estaba haciendo y llegó al resultado que quería (sustraer el automóvil, que es propiedad de Tato).

Elemento Cognitivo

Matías conocía lo que estaba haciendo.

Elemento Volitivo

Matías tuvo la voluntad de realizar el acto; quería realizarlo y esperaba el resultado.

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