Imputación Penal Corporativa: El Desafío del Derecho frente a la Responsabilidad de las Personas Jurídicas

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Responsabilidad Jurídica y Delitos Económicos

La mayoría de los delitos económicos se cometen mediante personas jurídicas, dañando el bien jurídico intencionalmente o por imprudencia. Sin embargo, el derecho se siente ineficiente frente a estos casos. El objetivo principal del Derecho Penal es perseguir a la persona natural que comete el delito. No obstante, existen casos en donde la persona natural sale del país luego de cometer el delito, pero la persona jurídica sigue funcionando, siendo necesario tomar medidas sancionatorias en contra de la misma.

Posiciones sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

  1. Posición Negativa: La Imposibilidad de Delinquir

    Esta postura se basa en que las personas jurídicas no pueden delinquir por sí mismas, ya que no tienen capacidad de conducta, pena, culpa ni voluntad. Esto hace referencia a la responsabilidad penal, pero se debe tomar en cuenta que sí es posible sancionarlas civil o administrativamente. Los delitos siempre estarán vinculados a las personas naturales.

    El Principio de la Intrascendencia de la Pena

    La pena tiene carácter personal. Al mencionar que una persona jurídica es responsable penalmente, se considera que se viola este principio fundamental.

    Las funciones de la pena son:

    • Prevención general.
    • Prevención especial: dirigida a la persona que comete el delito.
  2. Posición Afirmativa: La Necesidad de la Responsabilidad Penal

    Ante las múltiples modalidades de delitos económicos, se argumenta que el Derecho Penal debe reinventarse para cumplir con su función principal de velar por la seguridad de los bienes jurídicos protegidos.

    Argumentos a Favor de la Responsabilidad Penal Corporativa
    1. Es conveniente para el Derecho Penal atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas, y dejar de lado los conceptos tradicionales de culpa, pena y conducta, ya que son conceptos individuales y se asume que deben crearse conceptos colectivos.
    2. Los conceptos fundamentales en los que se fundamenta el Derecho Penal económico van dirigidos a las personas de forma individual, por lo que se tienen que revisar y adaptarse a la colectividad.
    3. Es difícil descubrir al ser humano que realiza el delito, y como no se puede actuar penalmente en contra de la persona jurídica, el delito queda impune.
    4. Existe un trato desigual entre la persona natural y la jurídica, porque solo se sanciona penalmente a la persona natural.

Marco Jurisprudencial y Sanciones

  1. Sentencia 834 de la Sala Constitucional

    La Sentencia 834 (referencia temporal pendiente, ej. del 2009), dictada por la Sala Constitucional, estableció que las personas jurídicas son penalmente responsables. Argumentó que la culpa ya no constituye un acto de reproche, sino que constituye un acto de protección al bien jurídico. El problema es que no establece cómo se logrará esto.

  2. Criterios de Responsabilidad de la Persona Jurídica

    Serán responsables cuando se establezca la relación entre la misma y los administradores, representantes legales y jurídicos. Sin embargo, no se excluyen las penas de las personas físicas.

  3. Tipos de Sanciones Aplicables

    Las sanciones que pueden imponerse a las personas jurídicas incluyen:

    • Penas.
    • Medidas de seguridad.
    • Consecuencias accesorias.

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