La Impugnación en el Proceso Judicial: Remedios y Recursos Explicados

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Concepto de Impugnación Judicial

La impugnación es el acto de la persona que, al verse perjudicada por una resolución judicial, pretende su anulación o rescisión. Se lleva a cabo a través del ordenamiento jurídico, esto es, a través de los medios de impugnación.

Los medios de impugnación son instrumentos legales puestos a disposición de las partes para intentar la reforma o anulación de las resoluciones judiciales.

Clasificación de la Impugnación: Remedios y Recursos

La impugnación se presenta en dos frentes bien definidos y diferenciados, pese a que suelen emplearse de manera distinta, aunque equivocadamente: los remedios y los recursos.

Remedios Procesales

En cuanto a los remedios, el conocimiento de la impugnación se confiere al mismo órgano autor de la resolución impugnada y carecen de efecto devolutivo.

Existen resoluciones del LAJ (Letrado de la Administración de Justicia), como son las diligencias de ordenación y los decretos no definitivos, contra los que cabe recurso de reposición ante el LAJ que dictó la resolución recurrida. Esta resolución es susceptible de ser recurrida a través del llamado recurso directo de revisión.

Recursos Judiciales

Los recursos: se confiere el segundo examen a un órgano judicial distinto y superior del que dictó la resolución impugnada. Los recursos se caracterizan por su aspecto resolutivo.

Tipos de Recursos

  • Ordinarios: Aquellos a los que la ley no establece un número limitado de motivos que condicionan su admisión, por lo que el iudex ad quem tiene los mismos poderes que el a quo.
  • Extraordinarios: Motivos de impugnación taxativamente determinados por la ley. Los poderes del órgano ad quem están limitados al examen de esos motivos; el recurso de casación es el extraordinario por excelencia.

Recursos en el Ámbito del Proceso Laboral

En el ámbito del proceso laboral se dan tanto los remedios como los recursos. Dentro de los primeros se encuentran:

  • Reposición
  • Recurso directo de revisión

En cuanto a los recursos, la ley procesal laboral contempla los cuatro siguientes:

  • Suplicación
  • Casación ordinaria
  • Casación para la unificación de doctrina
  • Queja

El Recurso de Reposición

Concepto y Características

Conoce el mismo órgano judicial que ha dictado la resolución que pretende recurrirse. Es una impugnación procesal que se dirige exclusivamente frente a resoluciones interlocutorias. El recurso de impugnación no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida.

Supuestos de Procedencia

Procede:

  • Frente a las siguientes resoluciones dictadas por el LAJ, salvo que la ley prevea otra cosa:
    • Las diligencias de ordenación.
    • Los decretos no definitivos.
  • Frente a las siguientes resoluciones de los jueces y tribunales:
    • Todas las providencias.
    • Todos los autos.

No Procede:

  • Cabe dicho recurso contra las providencias, autos, diligencias de ordenación y decretos que se dicten en los siguientes procesos:
    • Procesos de conflictos colectivos.
    • Procesos en materia electoral.
    • Procesos que versen sobre el ejercicio de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Procesos de impugnación de convenios, sin perjuicio de poder efectuar la alegación correspondiente en el acto de la vista.

Plazo y Requisitos

En cuanto al plazo, el recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de 3 o 5 días contra las resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante un órgano unipersonal o colegiado y se expresará la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.

Consecuencias del Incumplimiento de Requisitos

Llevará aparejada la inadmisión del recurso, pero con diferentes consecuencias según los siguientes supuestos:

  • Si el recurso se ha interpuesto frente a providencias y autos, la inadmisión revestirá la forma de providencia no susceptible de recurso.
  • Si el recurso se ha interpuesto frente a diligencias de ordenación y decretos no definitivos, la inadmisión revestirá la forma de decreto susceptible de ser atacado a través del recurso directo de revisión.

Dinámica del Recurso (Iter Procesal)

Por lo que respecta a la dinámica del recurso, han de ser observadas las siguientes prevenciones.

Primer Paso: Traslado a las Partes

En primer lugar, el LAJ concederá a las demás partes personadas un plazo común de 3 o 5 días, según el carácter unipersonal o colegiado del órgano en el que se haya dictado la resolución recurrida, para impugnarlo, si lo estiman conveniente.

Segundo Paso: Resolución

En segundo término, transcurrido el plazo de impugnación, háyanse o no presentado escritos, la resolución que se dictará en 3 o 5 días será distinta según sea:

  • Interpuesta frente a providencias y autos:
    • Los jueces o tribunales resolverán mediante auto, frente al cual no se admitirá ulterior recurso, salvo en la ley procesal laboral.
    • Caben alegaciones en el acto de la vista.
  • Frente a diligencias de ordenación o decretos del LAJ:

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