Impuestos clave para empresas y profesionales: sociedades, IRPF, IVA, IAE y obligaciones fiscales
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Impuestos principales
Impuesto de sociedades: es un tributo de carácter directo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
IRPF: es el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Rendimientos y conceptos considerados
Los rendimientos que se consideran a efectos del impuesto comprenden:
- Rendimientos del trabajo: aquellos obtenidos por el trabajo personal en cuenta ajena.
- Rendimientos del capital: tanto mobiliario como inmobiliario.
- Rendimientos de actividades económicas: aquellos generados por el ejercicio de una actividad profesional o por actividades empresariales.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales: variaciones en el patrimonio del contribuyente.
Modalidades de tributación en actividades empresariales y profesionales: métodos de estimación
Estimación directa:
- Normal: de aplicación general por renuncia o exclusión de los otros métodos. Se usa en actividades con ingresos más elevados o más complejas.
- Ventajas: Mayor precisión en la determinación de rendimientos; se refleja mejor la realidad económica del negocio.
- Inconvenientes: Requiere contabilidad detallada.
- Simplificada: enfocada a pequeños negocios con menos ingresos (menos de 600.000 €).
- Ventajas: Menores requisitos contables, más fácil de gestionar.
- Inconvenientes: Menor precisión en los cálculos.
Estimación objetiva: aplicable a actividades con límites de ingresos y compras; el rendimiento se obtiene según índices y módulos establecidos por el Ministerio de Economía.
- Ventajas: Ofrece simplicidad y previsibilidad.
- Inconvenientes: Puede no reflejar adecuadamente la variación real de ingresos y gastos.
Obligaciones formales
Además de presentar todas las declaraciones, los obligados deben:
- Expedir y entregar factura completa a sus clientes y conservar copia de las mismas.
- Exigir factura a sus proveedores y guardarlas.
- Llevar libros de registro de facturas expedidas, facturas recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones.
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
El IVA es un impuesto indirecto. Tipos generales:
- General: 21%
- Reducido: 10%
- Súper reducido: 4%
Base imponible
La base imponible es el precio del bien o servicio.
Incluye:
- Comisiones.
- Gastos de transporte.
- Envases y embalajes.
- Seguros.
- Primas por prestaciones anticipadas.
- Deudas asumidas en contraprestación de la operación.
No incluye:
- Descuentos y bonificaciones en la operación.
- Intereses por aplazamiento o demora en el pago.
- Cantidades pagadas en nombre y por cuenta del comprador.
Elementos del IVA
- Sujeto pasivo del impuesto: empresarios y profesionales que deben repercutir el IVA al comprador o contribuyente.
- Hecho imponible: entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios y profesionales.
Operaciones no sujetas y exentas
Operaciones no sujetas: no se aplica IVA por razones de técnica impositiva o por los principios inspiradores del impuesto.
Operaciones exentas: no llevan IVA al cliente. El empresario puede pagar IVA en sus compras, pero en las operaciones exentas interiores no puede deducirlo.
IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)
El IAE es un tributo local de carácter anual que grava el ejercicio de cualquier actividad económica.
Deben darse de alta:
- Personas que desarrollen la actividad durante los dos primeros ejercicios.
- Personas físicas.
- Entidades con importe neto inferior a 1 millón (según normativa aplicable).
Tasas y contribuciones especiales
Tasas: tributos que pagan los contribuyentes por la utilización o el disfrute de un bien o servicio público.
Contribuciones especiales: solo existen en el ámbito de la Administración y gravan la obtención de un beneficio o el aumento del valor de los bienes del obligado.