Impuesto sobre Sociedades: Liquidación, Cálculo y Declaración

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Impuesto sobre Sociedades

Liquidación del Impuesto sobre Sociedades

Se determina mediante:

  • Estimación directa: Ingresos - Gastos = Beneficio contable +- Ajustes contables = Base imponible x Tipo de gravamen = Cuota íntegra - Deducciones o bonificaciones = Cuota líquida - Pagos fraccionados o Retenciones e ingresos a cuenta = CUOTA DIFERENCIAL (a ingresar o devolver).

  • Estimación objetiva: La ley determina una serie de deducciones o bonificaciones.

NOTA: Los ajustes contables son designaciones contrarias al apunte en contabilidad.

  • Si se contabiliza un ingreso no sujeto al Impuesto sobre Sociedades, se resta.
  • Si se contabiliza un gasto no deducible, se suma.

Cálculo

Ingresos - Gastos = Beneficio contable +- Ajustes contables = Base imponible x Tipo de gravamen = Cuota íntegra - Deducciones o bonificaciones = Cuota líquida - Pagos fraccionados o Retenciones e ingresos a cuenta = CUOTA DIFERENCIAL

Modelos y Plazos de Presentación de la Declaración-Liquidación

  • Modelo: S90
  • Plazo: 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
  • Presentación: Impreso, vía telefónica o por Internet.

Pagos Fraccionados

  • Navarra:
    • Antes del 30 de octubre: 30% de la cuota efectiva del año anterior.
    • 20% de la cuota desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre del año actual.
    • Modelo: S91

Retenciones e Ingresos a Cuenta

Obligados a retener o efectuar ingresos a cuenta:

  • Entidades que satisfagan o abonen rentas sujetas a este impuesto.
  • Empresarios individuales y profesionales respecto de las ventas que satisfagan en el ejercicio.
  • Personas físicas, jurídicas y demás no residentes en España que operen en él.

El sujeto obligado a retener deberá presentar, en los plazos, formas y lugar establecidos, la declaración de las cantidades retenidas o declaración negativa.

Tipo General

es del 19%

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