Impuesto de Salida Alemán: Legalidad y Proporcionalidad de las Plusvalías Latentes ante el TJUE

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El Impuesto Alemán sobre Plusvalías Latentes y la Libertad de Establecimiento en la UE

1. Fundamento y Mecanismo del Impuesto de Salida Alemán

Alemania impone un impuesto sobre las plusvalías latentes cuando se transfieren activos a otro Estado miembro de la Unión Europea (UE). Esta medida se basa en la preocupación de que, al trasladarse un activo a otro país, se pierda la capacidad de gravar las ganancias generadas en territorio alemán.

La plusvalía latente representa la diferencia entre el valor contable y el valor de mercado de un activo que aún no ha sido vendido ni transferido. Aunque dicha ganancia no ha sido realizada, su potencial de tributación puede desaparecer si el activo cruza fronteras. Por tanto, Alemania decide gravar estas plusvalías antes de que se produzca la transferencia, como una forma de proteger su sistema fiscal.

2. La Aparente Restricción a la Libertad de Establecimiento

A simple vista, esta medida puede parecer una restricción a la libertad de establecimiento, un derecho fundamental reconocido por el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Este derecho garantiza que una empresa o individuo pueda establecerse en otro Estado miembro sin enfrentar obstáculos discriminatorios.

No obstante, la imposición de un impuesto anticipado sobre plusvalías podría percibirse como una barrera para ejercer dicha libertad, ya que impone una carga fiscal por el mero hecho de trasladar activos a otro país de la Unión.

3. Justificación Alemana: Preservación de la Potestad Fiscal

Sin embargo, Alemania argumenta que no se trata de una restricción arbitraria, sino de una acción necesaria para preservar su potestad fiscal. Según el Estado alemán, al producirse la transferencia del activo al extranjero, pierde el control tributario sobre el mismo, y con ello el derecho a gravar las plusvalías generadas mientras el activo se encontraba dentro de sus fronteras.

En consecuencia, considera legítimo imponer el impuesto justo antes de la transferencia, lo cual se alinea con el principio de territorialidad fiscal, que establece que un Estado solo puede gravar los beneficios generados dentro de su propio territorio.

4. El Respaldo Jurisprudencial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

Este razonamiento ha sido respaldado por la jurisprudencia del TJUE. El Tribunal ha reconocido que la preservación de la potestad impositiva de los Estados miembros puede constituir una razón imperiosa de interés general. Los precedentes clave incluyen:

  • El caso National Grid Indus (C-371/10): El Tribunal aceptó que un Estado podía gravar al perder potestad fiscal sobre un activo.
  • El caso Comisión vs. Alemania (C-591/13): Se afirmó que proteger el reparto fiscal entre los Estados era un objetivo legítimo, siempre que se respetara la proporcionalidad de la medida.

5. El Principio de Proporcionalidad y el Escalofonamiento del Pago

Con el fin de garantizar esa proporcionalidad, la legislación alemana no exige el pago inmediato del impuesto, sino que permite a las empresas escalonar su abono en un periodo de hasta diez años. Esta medida busca equilibrar el derecho del Estado a percibir tributos con la capacidad económica real de la empresa, evitando una carga excesiva en el momento de la transferencia.

Este enfoque también permite prevenir la evasión fiscal, ya que, si el impuesto no se aplica al momento del traslado del activo, es posible que ningún país lo grave en el futuro.

6. Conclusión sobre la Legalidad y la Cuestión Pendiente

Desde esta perspectiva, la medida adoptada por Alemania se presenta como lógica y razonable. Si bien implica una carga fiscal, esta se justifica por la necesidad de evitar la pérdida de ingresos fiscales sobre plusvalías generadas en territorio alemán. Además, el escalonamiento del impuesto demuestra una voluntad de respetar el principio de proporcionalidad, al tiempo que se protege la equidad en el sistema impositivo internacional.

El TJUE ha considerado que esta forma de actuar no viola el derecho de establecimiento, siempre que se implemente de manera adecuada.

En resumen, aunque la imposición fiscal sobre plusvalías latentes puede parecer una restricción, en realidad responde a un mecanismo legítimo de defensa del sistema fiscal nacional. Alemania no pretende limitar la movilidad de empresas o activos, sino asegurar que los ingresos fiscales generados dentro de su territorio no se pierdan al ser transferidos a otro Estado. El respaldo del TJUE a esta lógica demuestra que se trata de una medida legal y legítima.

No obstante, sigue existiendo una cuestión clave: ¿la manera concreta en la que se aplica esta medida es proporcional? Esa es una discusión que requiere un estudio más profundo y que se abordará en la siguiente parte de la exposición.

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