Impuesto al Valor Agregado en Chile: Obligaciones, Exenciones y Cálculo
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**Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Chile: Una Mirada Integral**
¿Quiénes son Contribuyentes del IVA?
Son contribuyentes del IVA las personas naturales o jurídicas, incluyendo las comunidades y las sociedades, que realicen ventas, presten servicios o efectúen cualquier otra operación gravada con los impuestos establecidos en la ley. Se distinguen los siguientes casos:
- Impuesto al adquirente: En ciertos casos, el impuesto puede recaer sobre la persona que recibe el servicio o compra el bien, según lo determine la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII). Esto se basa en varios factores, como el volumen de ventas o ingresos.
- Cambio de sujeto del impuesto: La SII puede decidir que solo una parte del impuesto sea responsabilidad del adquirente, permitiendo a los vendedores o prestadores de servicios recuperar sus créditos fiscales de diferentes maneras.
- Determinación de obligaciones: La SII puede asignar las obligaciones fiscales a un vendedor, prestador de servicios, o mandatario en casos de difícil fiscalización.
- Impuesto sobre ventas internacionales: Para bienes vendidos fuera del país pero destinados a Chile, la SII puede autorizar que el vendedor o intermediario retenga y pague el impuesto anticipadamente.
- Obligación de retención: La SII puede exigir a los emisores de tarjetas de pago que retengan impuestos en operaciones con prestadores extranjeros no sujetos a un régimen simplificado.
Ventas y Servicios Afectos al IVA
Las siguientes operaciones están afectas al pago del IVA:
- Las importaciones, incluso si no son habituales.
- La primera enajenación de vehículos importados con exención de impuestos.
- Los aportes y transferencias de bienes a la sociedad.
- Las adjudicaciones de bienes en liquidaciones de sociedades, comunidades y sociedades de hecho, salvo excepciones.
- Los retiros de bienes para uso personal o familiar, y los destinados a rifas y sorteos promocionales.
- Los contratos de instalación o construcción.
- La venta de establecimientos de comercio y otros bienes.
- El arrendamiento de bienes muebles e inmuebles con instalaciones comerciales o industriales.
- El arrendamiento de marcas, patentes y otras prestaciones similares.
- El estacionamiento de vehículos.
- Las primas de seguros de cooperativas de seguros.
- Los contratos de arriendo con opción de compra sobre inmuebles.
- La venta de bienes que forman parte del activo inmovilizado de la empresa, si se ha tenido derecho a crédito fiscal por su adquisición.
- Los servicios remunerados realizados por prestadores extranjeros, como suministro de contenido digital.
Devengo del IVA
El IVA se devenga en diferentes momentos según la operación:
- En ventas y servicios, se paga al emitir la factura o boleta, o al momento de la entrega.
- En servicios, se paga cuando se recibe la remuneración.
- En importaciones, se paga al momento de la importación.
- En retiros de mercaderías e inmuebles para uso personal, se paga al momento del retiro.
- En intereses o reajustes pactados, se paga cuando son exigibles o al percibirlos.
- En servicios periódicos, se paga al término de cada período de pago.
- En contratos específicos, se paga al emitir la factura.
Exenciones Reales del IVA
Algunas operaciones están exentas del IVA, entre ellas:
- Ventas de vehículos motorizados usados (excepto en ciertos casos como importaciones o transferencias en contratos de arrendamiento con opción de compra).
- Bonos a trabajadores: Las transferencias de regalías a trabajadores por sus empleadores, según disposiciones reglamentarias, están exentas bajo dos condiciones:
- Deben estar especificadas en un contrato colectivo de trabajo o acta de acuerdo.
- El valor de mercado de las especies entregadas no puede ser mayor a 1 UTM por cada trabajador, en cada período de impuestos.
- Materias primas para exportación: Las materias primas nacionales destinadas a la producción de bienes exportables pueden estar exentas, previa declaración de la Dirección de Impuestos Internos.
- Insumos para la Casa de Moneda: Los insumos necesarios para la confección de monedas y billetes adquiridos en operaciones con el Banco Central de Chile están exentos.
- Importaciones por entidades específicas: Importaciones de maquinaria bélica, vehículos militares, armamento, entre otros, realizadas por entidades como el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, entre otras, están exentas.
- Importación de bienes de capital para proyectos de inversión: Las importaciones de bienes de capital destinados a proyectos de inversión de ciertas características, que impliquen inversiones por un monto igual o superior a cinco millones de dólares, pueden estar exentas. Esta exención debe ser solicitada al Ministerio de Hacienda.
- Exenciones diversas: Se incluyen exenciones para importaciones de donaciones, premios culturales o deportivos, equipaje de viajeros, entre otros casos específicos.
Los contribuyentes afectos pagarán el impuesto con una tasa del 19% sobre la base imponible.
Exenciones Personales del IVA
Ciertas entidades y sus actividades están exentas del IVA:
- Empresas de radio y televisión, excepto por los ingresos provenientes de avisos y propaganda.
- Agencias noticiosas, limitando la exención a la venta de servicios informativos, excluyendo avisos y propaganda.
- Empresas de transporte, solo por los ingresos del transporte de pasajeros.
- Establecimientos educativos, exentos solo por los ingresos relacionados con la enseñanza.
- Hospitales públicos y universitarios, por los ingresos dentro de su actividad.
- Instituciones que prestan servicios a terceros, incluyendo la Casa de Moneda de Chile por la elaboración de monedas, entre otras.
- Servicios de Salud y sus contratistas que prestan beneficios establecidos por ley.
- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción, por los pagos a personas naturales o jurídicas en razón de negocios o servicios.
Base Imponible del IVA
La base imponible para calcular el impuesto estará compuesta por el valor de las ventas o servicios, a los que se sumarán ciertos reajustes, intereses, gastos financieros, entre otros. También se incluye el valor de los envases y depósitos constituidos por los compradores. Estos se consideran parte del valor de la venta o servicio, aunque se facturen por separado, a menos que se demuestre que corresponden a operaciones exentas o no gravadas con este impuesto. No se consideran en la base imponible los impuestos de este título, ni otros impuestos específicos sobre alcoholes, bebidas alcohólicas o combustibles.
Cálculo de la Base Imponible en Diferentes Situaciones
- Importaciones: Se toma el valor aduanero de los bienes o el valor CIF si es mayor, incluyendo los gravámenes aduaneros.
- Bienes determinados por el contribuyente: Se usa el valor asignado por él o el valor en plaza si es mayor.
- Contratos de construcción de obras de uso público: Se considera el costo total de la construcción.
- Ventas de bienes corporales muebles e inmuebles: Se toma el valor de los bienes sin deducir deudas.
- En servicios y productos vendidos en establecimientos específicos (hoteles, restaurantes, etc.): Se toma el valor total de las ventas y servicios.
- Peluquerías y salones de belleza: Se excluye el porcentaje adicional establecido en una ley específica.
- Venta de bienes inmuebles por un vendedor habitual: La base imponible es la diferencia entre el precio de venta y compra, ajustado por la variación del IPC.
- Servicios de conservación, reparación y explotación de una obra de uso público: Se consideran los ingresos totales de explotación de la concesión, deduciendo las cantidades destinadas a la construcción de la obra.
- Contratos específicos: Se toma el valor de cada cuota incluida, descontando la parte correspondiente a la utilidad o interés de la operación.
- Arrendamiento de inmuebles: Se debe restar de la renta anual el 11% del avalúo fiscal del inmueble propiamente tal.
- Venta de bienes inmuebles gravados: Se debe restar del precio estipulado en el contrato el valor de adquisición del terreno incluido en la operación, ajustado por la variación del IPC.
- Contratos de arriendo con opción de compra: Se puede deducir del monto de cada cuota, incluyendo la opción de compra, la proporción correspondiente al valor de adquisición del terreno incluido en la operación, ajustado por la variación del IPC.
Débito Fiscal Mensual
El débito fiscal mensual es la suma de los impuestos recargados en las ventas y servicios realizados en el período tributario. El impuesto a pagar se calcula restando el crédito fiscal del débito fiscal. Si no se pueden determinar los impuestos adeudados por falta de información, el SII puede estimar el impuesto a pagar. El contribuyente tiene la posibilidad de reunir los antecedentes necesarios para realizar la declaración de impuestos dentro de un plazo de 6 meses, si la falta de información se debe a un caso fortuito o fuerza mayor. Sin embargo, esta opción no está disponible para contribuyentes que estén bajo investigación o sanción por delito tributario.
Efecto de la Emisión de una Nota de Crédito
Si un contribuyente factura un impuesto superior al que corresponde según la ley, debe considerar esos importes para calcular el impuesto del período tributario. Sin embargo, si corrige este error emitiendo una nota de crédito dentro del mismo período o a más tardar en el siguiente, podrá ajustar el impuesto correctamente. La nota de crédito también es necesaria para solicitar la devolución de impuestos pagados en exceso debido a errores en la facturación.
Crédito Fiscal
El crédito fiscal es un beneficio que tienen los contribuyentes para descontar el impuesto que han pagado en sus compras, importaciones y servicios utilizados en su negocio, del impuesto que deben pagar por sus ventas o servicios prestados.
Base para el Crédito Fiscal
El crédito se aplica sobre el impuesto de ventas pagado en las compras, importaciones y servicios relacionados con la actividad económica del contribuyente.
Limitaciones al Crédito Fiscal
No se permite el crédito fiscal para ciertos gastos específicos como: la compra de automóviles, combustibles, lubricantes, repuestos y reparaciones para su mantención, a menos que estos bienes y servicios sean parte esencial del negocio del contribuyente.
Facturas Falsas o No Fidedignas
Si una factura es considerada falsa o no fidedigna, el contribuyente pierde el derecho al crédito fiscal.
Procedimiento para Obtener el Crédito Fiscal
El contribuyente debe tener facturas válidas que cumplan con los requisitos legales. Además, si la factura se paga con cheque, vale vista o transferencia electrónica, se deben cumplir ciertos requisitos adicionales, como registrar el número de RUT del emisor de la factura y el número de la factura en el documento de pago.
Ajuste del Crédito Fiscal
Si el contribuyente no puede determinar el crédito fiscal en el período en que adquirió los bienes o servicios, debe hacer un ajuste en períodos futuros cuando se realicen operaciones no gravadas o exentas, para añadir el impuesto pagado en la adquisición o construcción de los bienes que se transfieren en esas operaciones.