Importancia y Reglas de Interpretación de las Obligaciones Jurídicas

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Importancia del Estudio de las Obligaciones

Regula las relaciones patrimoniales entre sujetos del derecho.

Las patrimoniales o económicas son la mayoría de las relaciones humanas.

Sus normas son de carácter técnico-jurídico.

Cobran relevancia en prácticamente cualquier área del derecho.

Únicos contratos que necesitan forma legal son el testamento y el matrimonio.

Reglas de la Interpretación

  • Atenerse a lo escrito si es claro (LITERALIDAD).
  • Si hay duda, se recurre a la interpretación gramatical.
  • Procedimientos de interpretación lógica o interpretación sistemática.
  • Se relaciona la disposición legislativa con otros artículos.
  • Se relaciona el objeto con otros objetos análogos.
  • Trabajos preparatorios (trabajos legislativos, lo que antecede a la legislación o su propia justificación).
  • Si hay dos textos legales contrarios hay que evaluar si no nos encontramos ante reglas generales o reglas de excepción. Arts 22 y 23 CCF
  • Hay que advertir las consecuencias a las cuales conduce la ley, evitando en todo momento cometer una injusticia.

Crítica a la Interpretación Clásica

Exagera el elemento legal y abusa de las abstracciones lógicas.

Se basa más en la satisfacción de la sociedad y no en la lógica.

Método Histórico

La ley debe de satisfacer las necesidades humanas y una vez dictada se desprende del pensamiento de sus autores para vivir una existencia autónoma y adaptarse a las modificaciones de la vida social. ¿Es cierto?...

Crítica a la Interpretación Histórica

Sacrifica el elemento de interpretación subjetiva, se desconoce la esencia de la ley.

Método de la Escuela Científica

Fuentes formales: costumbre y ley.

Ley escrita

  1. Primera regla: “Literalidad matizada”: Si se puede acreditar intención evidente diferente, prevalece intención sobre la literalidad.
  2. Segunda regla: si la cláusula admite diversos sentidos, será el más adecuado para que produzca efectos.
  3. Tercera regla: Interpretación sistemática. Art. 1854 CCF.
  4. Cuarta regla: Ante distintas acepciones, será entendida aquella que sea más conforme a la naturaleza y objeto del contrato.
  5. Quinta regla: Atender al uso y costumbre de las partes.
  6. Sexta regla: cuando fuere imposible resolver dudas:
    • Sobre cláusulas accidentales:
    • Gratuito: menor transmisión de derechos y obligaciones.
    • Oneroso: a favor de la menor transmisión de derechos y obligaciones.

Definición de Obligación

“La obligación es un vínculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad.”

Dad de coacción

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