Igualdad de Oportunidades: Derechos y Protección para Grupos Vulnerables
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¿Qué es la igualdad de oportunidades?
Hay diferencias que afectan a determinados grupos sociales, las cuales son verdaderos obstáculos que les impiden a sus miembros gozar de sus derechos e integrarse a la comunidad, por lo que se sienten excluidos socialmente. Los estados tienen la obligación de asegurar a todos sus habitantes las mismas posibilidades reales y concretas para disfrutar de sus derechos, sin que las condiciones socioeconómicas se conviertan en obstáculos que les impidan gozar de los derechos que, por naturaleza y dignidad, les corresponden. Existen escuelas y hospitales públicos que garantizan el acceso a la educación y al cuidado de la salud a la población. Generar igualdad es responsabilidad de la comunidad internacional en general y de cada estado en particular, quienes deben implementar políticas apropiadas para resolver el problema de la pobreza y todas sus consecuencias.
¿Cuáles son las acciones para asegurar el derecho a la igualdad?
Para garantizar el derecho a la igualdad de todos los habitantes, los estados deben tomar medidas de diferente naturaleza que pueden ser clasificadas de distintas maneras. Cuando se trata de asegurar el derecho a la igualdad ante la ley, las autoridades deben dictar normas y tomar medidas que prohíban al estado otorgar privilegios o discriminar a determinadas personas o grupos específicos. Para equilibrar estas desigualdades y asegurarles el ejercicio de sus derechos, es necesario otorgar beneficios especiales a los sectores más desprotegidos de la sociedad, para que tengan las mismas oportunidades que el resto.
Estas medidas concretas que los estados deben tomar para equilibrar las condiciones de desigualdad de determinados grupos sociales y para garantizar la igualdad de oportunidades reciben el nombre de acciones positivas o políticas inclusivas. Las acciones positivas suponen, en muchos casos, la necesidad de que los estados inviertan parte de su presupuesto en estas políticas, por ejemplo, construyendo escuelas u hospitales.
¿Qué protección especial tienen los grupos vulnerados?
Hay sectores de la sociedad que, por diferentes causas relacionadas con situaciones de desigualdad, están más expuestos que otros a la violación de derechos. Estos grupos se denominan grupos vulnerados. Una de las convenciones que se han adoptado en el ámbito de la ONU y algunos organismos creados por esta organización tiene como objetivo analizar las problemáticas y garantizar la igualdad de oportunidades de los grupos vulnerados:
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979)
- Convención sobre los derechos del niño (1989) - por su parte, la UNICEF se ocupa especialmente de las problemáticas de la infancia.
- Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1967)
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006)
¿Qué provee la constitución nacional en relación a la igualdad?
La constitución nacional reconoce el principio de igualdad de oportunidades, pues considera la situación particular de los grupos vulnerados y determina que el estado debe actuar en ese sentido mediante la creación de leyes y acciones promovidas por el Congreso de la Nación. El artículo 75, inciso 23, establece: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres y las personas con discapacidad”.
Además, señala que es responsabilidad del estado la creación de leyes que protejan a los niños en situación de desamparo y a las mujeres embarazadas. Por eso, establece que el poder legislativo tiene la obligación de “dictar un régimen de seguridad social especial en protección del niño en situación de desamparo desde el embarazo hasta la finalización del periodo de enseñanza elemental y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia”. La real igualdad de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.