Identificación Visual de Talleres: Placas Distintivas en Castilla La Mancha
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Artículo 6. Placa-distintivo
- Los talleres legalmente clasificados ostentarán en la fachada del edificio y en un lugar fácilmente visible la placa-distintivo que le corresponda, según lo señalado en el anexo 2º del presente Decreto.
- La placa-distintivo, que se ajustará en todas sus partes y detalle al modelo diseñado en el anexo 2º, está compuesta por una placa metálica, cuadrada, de 480 milímetros de lado con sus cuatro vértices redondeados y el fondo en color azul.
- De arriba abajo, la placa estará dividida en tres espacios o fajas desiguales con las dimensiones señaladas en el anexo 2º y destinadas:
- La primera o más alta, a las cuatro ramas de actividad.
- La segunda o intermedia, a las especialidades.
- La tercera o más baja, al logo institucional de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a las dos letras de las siglas de la provincia según nomenclatura del Ministerio del Interior, al contraste y al número correspondiente en el Registro.
Artículo 7. Características de la placa-distintivo
- Para cada una de las ramas de **mecánica**, **electricidad**, **carrocería** o **pintura** del automóvil se establecen los símbolos que se indican en el anexo 2ºI del presente Decreto, que consisten en una llave inglesa, una flecha quebrada, un martillo y una pistola de pintar, respectivamente, en color azul sobre fondo blanco.
- La parte superior de la placa-distintivo estará dividida en cuatro rectángulos verticales separados entre sí, destinados a cada uno de los símbolos representativos de las cuatro ramas de la actividad a que puedan dedicarse los talleres. En la placa-distintivo de cada taller, sólo se incluirán, en los respectivos rectángulos, los símbolos que correspondan a su actividad y quedarán vacíos los restantes espacios.
- La parte segunda o intermedia de la placa-distintivo estará dividida a su vez y por su mitad en dos rectángulos horizontales. El rectángulo de la izquierda (izquierda del espectador o derecha de la placa), quedará reservado para las respectivas contraseñas de otras especialidades, de acuerdo con lo que se regule en su momento. El rectángulo de la derecha (derecha del espectador o izquierda de la placa), estará destinado al símbolo correspondiente al taller de reparación de motocicletas.
- El símbolo del taller de reparación de motocicletas, a que se refiere el párrafo anterior, estará constituido por el perfil de dicho vehículo en dirección a la izquierda del espectador, en color azul, sobre fondo blanco. Este espacio, cuando se trate de talleres dedicados únicamente a la reparación de vehículos automóviles de más de tres ruedas, permanecerá vacío.
- El espacio inferior, o tercera parte en que se divide la placa-distintivo, estará a su vez subdividido en tres zonas diferenciadas:
- La de la izquierda del espectador, destinada en la parte superior al logo institucional de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y en la parte inferior a las dos letras de las siglas de la provincia según nomenclatura del Ministerio del Interior.
- La central, destinada al contraste, que será estampado por el órgano competente en materia de **industria y energía**.
- La de la derecha del espectador, destinada a estampar el número de inscripción en el **Registro de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes**.
Artículo 8. Ostentación de referencias a marcas
En el caso de los talleres no clasificados como oficiales de marca, con arreglo...