ICSARA y Evaluación Ambiental: Proceso y Normativa en Chile
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ICSARA: Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones
Ventanilla Única: Simplifica el trámite de entrega de informes a los diferentes servicios. Todos los informes se gestionan a través de esta ventanilla.
Proceso de Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
- Titular: Presenta el Test de Admisión.
- Solicitud de Evaluación.
- Evaluación Sectorial y Comparación Territorial.
- Acta del Comité de Evaluación.
- Informe de Consolidación de Evaluación.
- Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
- Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
- Fin del proceso.
Proceso de Estudio de Impacto Ambiental (EIA)
- Titular: Presenta el Test de Admisión.
- Solicitud de Evaluación.
- Evaluación Sectorial y Comparación Territorial.
- Observación ciudadana
- Acta del Comité de Evaluación.
- Informe de Consolidación de Evaluación.
- Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
- Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
- Fin del proceso.
Proyectos o actividades según el DS 95, Artículo Nº3
Los siguientes proyectos o actividades son susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, y deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:
- Acueductos, embalses (Código de Aguas).
- Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
- Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
- Reactores y establecimientos nucleares.
- Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y caminos públicos.
- Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos.
- Proyectos de desarrollo urbano o turístico.
- Planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, planes reguladores comunales y planes seccionales.
- Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas.
- Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos.
- Instalaciones fabriles (metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres) de dimensiones industriales.
- Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales.
- Proyectos de desarrollo o explotación forestal en suelos frágiles, pasta de papel y papel, plantas astilladoras.
- Proyectos de explotación intensiva, cultivo de recursos hidrobiológicos.
- Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habitual de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.
- Proyectos de saneamiento ambiental (sistemas de alcantarillado y agua potable).
- Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales.
- Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas.
- Cotos de caza (artículo 10 de la Ley Nº 4.601).
- Obras que se concesionen para construir y explotar el subsuelo de los bienes nacionales de uso público.