IAE, NIF y CNAE: Conceptos Fiscales Clave para Empresas y Autónomos en España
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IAE: Impuesto sobre Actividades Económicas
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo español gestionado por los ayuntamientos. Su hecho imponible es la realización de cualquier actividad económica, profesional o artística, siempre que estas se desarrollen en territorio nacional (exceptuando las actividades forestales, ganaderas dependientes, agrícolas y pesqueras).
Epígrafes IAE para Actividades Empresariales
Los epígrafes dirigidos a actividades empresariales suelen estar asociados a sociedades o autónomos que no desempeñan las actividades profesionales, como las descritas en la Sección 2. La principal diferencia radica en la no necesidad de aplicar retención en la factura emitida. Existen excepciones en determinadas actividades, como las de módulo, pero no es lo habitual en este tipo de actividades.
Epígrafes IAE para Actividades Profesionales
Se agrupan en la sección de actividades profesionales aquellas actividades orientadas a la prestación de servicios realizadas de forma personal o a través de sociedades profesionales. Tienen la peculiaridad destacada de que suelen exigir retención en factura al profesional o sociedad que realiza la actividad y emite la factura.
CNAE: Clasificación Nacional de Actividades Económicas
El CNAE es un sistema de numeración que tiene por finalidad agrupar y clasificar todas las unidades productoras según la actividad económica que desarrollan. A cada unidad se le asigna un código numérico, conocido como código CNAE.
NIF: Número de Identificación Fiscal
El NIF es común a todos los obligados tributarios y tiene por objeto la identificación de estos en sus relaciones con la Administración Tributaria.
Composición del NIF
- Para las personas físicas: DNI o NIE.
- Para las personas jurídicas y entidades sin personalidad: CIF (una letra que indica el tipo societario + un código de 8 dígitos). Por ejemplo: B48907189.
NIF-IVA: Identificación Fiscal para Operaciones Intracomunitarias
Definición del NIF-IVA
El NIF-IVA tiene por objeto la identificación de los operadores europeos que intervienen en intercambios comerciales, es decir, en entregas de bienes gravadas o exentas, adquisiciones intracomunitarias sujetas al impuesto y prestaciones de servicios que dan derecho a deducción.
¿Quiénes deben tener NIF-IVA?
El NIF-IVA se asignará, con algunas excepciones, a los empresarios o profesionales establecidos o no en el territorio de aplicación del IVA en España que realicen entregas de bienes o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al Impuesto, incluso si los bienes adquiridos intracomunitariamente se destinan a actividades empresariales o profesionales en el extranjero.
Composición del NIF-IVA
A efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, para las personas o entidades que realicen operaciones intracomunitarias, el NIF-IVA será el definido de acuerdo con las normas generales, al que se antepondrá el prefijo ES, conforme al estándar internacional ISO 3166-1 alfa-2.
¿Cómo se solicita el NIF-IVA?
Se solicita directamente por el interesado al pedir la inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), cumplimentando la declaración censal de alta o modificación, Modelo 036.
Contrato: Concepto Jurídico
Un contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. Es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones.