El Humanismo Renacentista y su influencia en la ciencia jurídica
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La persistencia del mos Italicus y la ciencia tradicional
Autores: Bartolistas, característica: Distanciamiento de los autores de las fuentes originales del derecho, y se dedican a copiar y comentar obras de otros. Predominio de la actividad forense frente a la docente, predominan profesionales y autores prácticos del derecho. Abuso del argumento de la autoridad. Continúan con el pensamiento escolástico basado en la lógica aristotélica sin aportar nada nuevo a la ciencia jurídica.
Algunos juristas mencionados:
- Gregorio López: hizo una Glosa a las Partidas.
- Palacios Rubios y Antonio Gómez: Comentarios a las leyes de Toro.
- Alfonso de Acevedo: Comentario a la Nueva Recopilación.
- Alfonso de Villadiego: Comentario al Fuero Juzgo.
Géneros:
- Comentarios, Consejos o dictámenes: para informar al juez o aconsejar a un cliente.
- Alegaciones: para defender a una parte en el proceso.
- Cuestiones: opiniones sobre un caso polémico en concreto.
- Prácticas: informes sobre la práctica procesal.
Origen en el movimiento del Humanismo renacentista
Supuso la recuperación de la civilización greco-latina: admiración por el pasado y el redescubrimiento del hombre y de su capacidad autónoma para pensar y decidir. Comenzaron a criticar a los antiguos comentaristas del mos Italicus, criticando principalmente: Falta de conocimientos filológicos e históricos. Abuso del argumento de autoridad y el alejamiento de las fuentes. Estilo literario farragoso e ininteligible.
Andrés Alciato
Considerado el padre del humajurí por tratar de realizar el estudio de las fuentes clásicas con la mentalidad de un jurista práctico, a través de métodos filológicos e históricos. Alciato enseñó en universidades francesas y Budeo, era francés este nuevo método que arraigó muy pronto en Francia y se denominó “mos gallicus”.
La influencia en España
No arraigó en España por: La arraigada tradición del mos Italicus, las relaciones políticas hostiles con Francia y profundas con Italia, y la actitud cultural conservadora adoptada por la monarquía española tras el estallido luterano. En este momento en que surgen religiones contrarias al cristianismo tradicional en Europa, España adopta una postura defensora a ultranza del Catolicismo y la Escolástica. El luteranismo se consideró una herejía, y cualquier novedad ideológica se confundió como algo pagano o revolucionario, por lo que la Inquisición no permitió la libertad de juicio: “índice de libros prohibidos”. Felipe II llegó a prohibir que los estudiantes españoles salieran a estudiar a universidades extranjeras, con excepción de algunas tradicionalistas como la de Bolonia, Roma o Nápoles.