El Humanismo Renacentista y su influencia en la ciencia jurídica

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La persistencia del mos Italicus y la ciencia tradicional

Autores: Bartolistas, característica: Distanciamiento de los autores de las fuentes originales del derecho, y se dedican a copiar y comentar obras de otros. Predominio de la actividad forense frente a la docente, predominan profesionales y autores prácticos del derecho. Abuso del argumento de la autoridad. Continúan con el pensamiento escolástico basado en la lógica aristotélica sin aportar nada nuevo a la ciencia jurídica.

Algunos juristas mencionados:

  • Gregorio López: hizo una Glosa a las Partidas.
  • Palacios Rubios y Antonio Gómez: Comentarios a las leyes de Toro.
  • Alfonso de Acevedo: Comentario a la Nueva Recopilación.
  • Alfonso de Villadiego: Comentario al Fuero Juzgo.

Géneros:

  • Comentarios, Consejos o dictámenes: para informar al juez o aconsejar a un cliente.
  • Alegaciones: para defender a una parte en el proceso.
  • Cuestiones: opiniones sobre un caso polémico en concreto.
  • Prácticas: informes sobre la práctica procesal.

Origen en el movimiento del Humanismo renacentista

Supuso la recuperación de la civilización greco-latina: admiración por el pasado y el redescubrimiento del hombre y de su capacidad autónoma para pensar y decidir. Comenzaron a criticar a los antiguos comentaristas del mos Italicus, criticando principalmente: Falta de conocimientos filológicos e históricos. Abuso del argumento de autoridad y el alejamiento de las fuentes. Estilo literario farragoso e ininteligible.

Andrés Alciato

Considerado el padre del humajurí por tratar de realizar el estudio de las fuentes clásicas con la mentalidad de un jurista práctico, a través de métodos filológicos e históricos. Alciato enseñó en universidades francesas y Budeo, era francés este nuevo método que arraigó muy pronto en Francia y se denominó “mos gallicus”.

La influencia en España

No arraigó en España por: La arraigada tradición del mos Italicus, las relaciones políticas hostiles con Francia y profundas con Italia, y la actitud cultural conservadora adoptada por la monarquía española tras el estallido luterano. En este momento en que surgen religiones contrarias al cristianismo tradicional en Europa, España adopta una postura defensora a ultranza del Catolicismo y la Escolástica. El luteranismo se consideró una herejía, y cualquier novedad ideológica se confundió como algo pagano o revolucionario, por lo que la Inquisición no permitió la libertad de juicio: “índice de libros prohibidos”. Felipe II llegó a prohibir que los estudiantes españoles salieran a estudiar a universidades extranjeras, con excepción de algunas tradicionalistas como la de Bolonia, Roma o Nápoles.

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