Horarios Laborales y Descansos: Jornadas, Turnos y Horas Extra

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 3,38 KB

La Jornada Laboral: Tipos y Características

Jornada Diaria y Semanal

  • Jornada diaria:
    • Tiempo máximo: 9 horas.
    • Menores de edad: 8 horas máximo.
    • Distribución irregular: Se pueden superar las horas diarias, pero sin exceder el promedio anual de 40 horas semanales.
  • Jornada semanal:
    • Máximo: 40 horas.
    • Distribución irregular: Se pueden superar o disminuir las horas semanales sin exceder el promedio anual.
  • El tiempo de desplazamiento y vestuario no se considera tiempo de trabajo, salvo que el convenio colectivo lo estipule.

Periodos de Descanso

  1. Descanso diario entre jornadas: 12 horas.
  2. Jornada continuada:
    • Mayores de 18 años (más de 6 horas de trabajo): 15 minutos de descanso.
    • Menores de 18 años (más de 4,5 horas de trabajo): 30 minutos de descanso.
  3. Descanso semanal:
    • Mayores de 18 años: 1,5 días (se pueden acumular en periodos de 14 días de trabajo y 3 días de descanso).
    • Menores de 18 años: 2 días consecutivos.
  4. Descanso anual (Vacaciones): 30 días naturales.

Jornadas Especiales por Circunstancias Personales

  1. Por guarda legal de un menor de 12 años o personas con discapacidad.
  2. Por lactancia de un hijo menor de 9 meses.
  3. Por nacimiento de hijo prematuro u hospitalización al nacer.
  4. Por cuidado de hijo con enfermedad grave.
  5. Por ser víctima de violencia de género.

Jornada Nocturna

  • Se produce entre las 22:00h y las 6:00h.
  • Trabajador nocturno:
    • Realiza al menos 3 horas diarias en horario nocturno.
    • Realiza un tercio de su jornada anual en horario nocturno (si es menos, se pagan como horas extra).
  • Periodo máximo: 8 horas diarias en un periodo de 15 días.
  • No se pueden realizar horas extras.
  • Retribución: Según convenio, salvo que el salario ya incluya el trabajo nocturno o se compense con descansos.
  • Si el trabajador justifica problemas de salud, tiene derecho a un puesto diurno.

Trabajos a Turnos

  • En empresas con actividad continua (24h), existe rotación de turnos.
  • No se puede trabajar de noche más de 2 semanas consecutivas (salvo voluntariedad).
  • Los trabajadores que cursen estudios académicos o profesionales tienen prioridad para elegir turno.

Horas Extraordinarias

  • Son las horas trabajadas que exceden la duración máxima de la jornada ordinaria.
  • Clases:
    • Voluntarias: Máximo 80 horas anuales. Se compensan con retribución o tiempo libre en los 4 meses siguientes.
    • Obligatorias: Máximo 80 horas anuales (pactadas por convenio o contrato). Las horas por fuerza mayor no computan en este límite.

Vacaciones

  • Una vez iniciadas, no se pueden interrumpir por baja médica, excepto:
    • Si coinciden con embarazo o lactancia, se pueden disfrutar en fechas distintas.
    • Si coinciden con enfermedad común o accidente (laboral o no), se podrán disfrutar más tarde, sin sobrepasar los 18 meses desde el final del año en que se originaron.

Entradas relacionadas: