Hitos de la Integración Europea: Tratados Fundacionales, Ampliaciones y ELSJ
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Orígenes y Primeros Pasos de la Integración Europea
Declaración Schuman y CECA
El 9 de mayo de 1950, Robert Schuman presentó la Declaración Schuman, inspirada por Jean Monnet. Propuso integrar la producción franco-alemana de carbón y acero bajo una Alta Autoridad común, abierta a otros países europeos.
Objetivos:
- Crear una solidaridad real en Europa.
- Evitar una Alemania hegemónica tras la guerra.
- Formar un mercado común de carbón y acero.
- Sentar las bases de una federación europea y garantizar la paz.
Tratado de París: Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Luxemburgo y Países Bajos firman el tratado que crea la CECA, la primera organización supranacional con una Alta Autoridad independiente.
Innovaciones:
- Cesión de soberanía a una entidad común.
- Decisiones por votaciones mayoritarias.
- Nace la Unión Europea comunitaria.
Tratados de Roma: CEE y Euratom
Tras el fracaso de la Comunidad Europea de Defensa, los países de la CECA buscaron avanzar en la integración europea con dos nuevas organizaciones:
- Comunidad Económica Europea (CEE): Creación de un mercado común con unión aduanera y libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales.
- EURATOM (Comunidad Europea de la Energía Atómica): Desarrollo de la energía nuclear con fines pacíficos.
Firma: 25 de marzo de 1957, Tratados de Roma (CEE y EURATOM).
Evolución:
- CEE → CE (Tratado de Maastricht): Expansión a ámbitos no económicos.
- CE → UE (Tratado de Lisboa, 2007).
Los Tratados de París (CECA) y Roma (CEE y EURATOM) sentaron las bases de la integración europea, con instituciones supranacionales y enfoque económico.
La Unión Europea y sus Reformas
Tratado de Maastricht: Nacimiento de la UE
En 1990 se realizaron dos cumbres sobre la unión económica y política de Europa. Como resultado, en 1992 se firmó el Tratado de Maastricht, que creó la Unión Europea (UE). Este tratado se basó en tres pilares:
- El primer pilar incluía las antiguas Comunidades Europeas.
- El segundo pilar establecía la cooperación en política exterior y seguridad.
- El tercer pilar se centraba en justicia e interior, manteniendo la soberanía de los Estados miembros en estas áreas.
Entre sus principales cambios, Maastricht creó la ciudadanía europea, estableció la figura del Defensor del Pueblo, impulsó la Unión Económica y Monetaria con el euro como moneda única a partir de 2002 y fortaleció el Parlamento Europeo. También institucionalizó el Consejo Europeo como órgano clave de decisión.
El Tratado de Maastricht fue una gran reforma, pero no el punto final de la integración europea. Se previeron futuras revisiones y se consolidó el cumplimiento obligatorio de las normas comunitarias para los países que quisieran unirse a la UE.
La Cuarta Ampliación (1995)
En 1995, Austria, Finlandia y Suecia entraron en la UE, que pasó a tener 15 miembros. Fue una ampliación fácil porque eran países ricos que no necesitaban mucha ayuda económica. Alemania apoyó la entrada de Austria, y Reino Unido y Dinamarca la de los países nórdicos.
El aumento de miembros hizo que hubiera más votos en el Consejo, lo que dificultaba tomar decisiones. España temía que los países del norte tuvieran más poder que los del sur.
Suiza quiso unirse, pero retiró su candidatura tras un referéndum negativo. Actualmente tiene acuerdos bilaterales con la UE.
El Espacio Económico Europeo se creó en 1994 para integrar a países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) en el mercado europeo. Tras la ampliación, solo Liechtenstein, Islandia y Noruega forman parte, con acceso a la libre circulación y algunas políticas de la UE.
Las Reformas de Ámsterdam y Niza
El Tratado de Ámsterdam (1997) intentó reformar la UE, pero no logró cambios importantes en las instituciones para prepararse para la ampliación hacia Europa del Este. Se centró en dos desafíos:
- La desconexión entre la UE y los ciudadanos.
- La entrada de nuevos países a la UE.
Principales cambios (Ámsterdam):
- Se fortaleció el Parlamento Europeo.
- Se reconoció la protección de los derechos fundamentales.
- Se estableció la posibilidad de suspender a países que violen los Derechos Humanos.
- Se creó la “cooperación reforzada”, que permite que algunos países avancen más en la integración sin necesidad de unanimidad.
Con la ampliación de la UE, se establecieron los Criterios de Copenhague (1993) para los países que querían ingresar:
- Respetar la ley, los derechos fundamentales y la democracia.
- Tener una economía de mercado.
- Garantizar la libre competencia.
- Aplicar las normas y políticas de la UE.
Para ayudar a los nuevos países, la UE les dio apoyo económico y político antes de su adhesión. Sin embargo, la entrada de países como Rumanía y Bulgaria fue más flexible, a pesar de problemas como la corrupción. En 2007, se formalizó su adhesión.
El Tratado de Niza (2001) intentó mejorar las instituciones de la UE antes de la ampliación. Su principal logro fue la Carta de los Derechos Fundamentales, que en un principio tenía solo valor político, pero luego adquirió fuerza jurídica con el Tratado de Lisboa.
Otros cambios en Niza:
- Se amplió el uso de votaciones por mayoría cualificada en el Consejo.
- Se redujo el uso de decisiones por unanimidad.
- Se debatió el reparto de poder entre los Estados miembros, pero sin una solución clara.
Del Proyecto Constitucional al Tratado de Lisboa
La Constitución Europea (2004) y su Fracaso
En 2004, se firma el Tratado de Roma con el objetivo de establecer una Constitución para Europa, siendo el intento de reforma más ambicioso del Tratado de la Unión Europea (TUE). No buscaba convertir a la UE en un Estado Federal ni eliminar la soberanía de los Estados miembros, sino reforzar la integración.
Se le otorgó personalidad jurídica internacional a la UE, algo que el Tratado de Maastricht no había hecho explícito. Se simplificó la estructura normativa:
- Actos legislativos: Ley europea y Ley marco europea.
- Actos no legislativos: Reglamento europeo y Decisión europea.
El Parlamento Europeo se reforzó como poder legislativo. El Consejo de Ministros adoptó el voto por mayoría cualificada, teniendo en cuenta el número de Estados y su población. El Consejo Europeo pasó a ser una institución formal dentro de la UE.
En España, en 2005 se celebró un referéndum sobre el tratado, con un 42% de participación, reflejando cierto desinterés ciudadano. Finalmente, el tratado fracasó en 2007 tras ser rechazado en referéndum por Francia y Países Bajos, lo que llevó al Consejo Europeo a abandonar el proyecto.
El Tratado de Lisboa (2007)
En 2007, se firmó el Tratado de Lisboa, que modificó el Tratado de la UE y el Tratado de la Comunidad Europea. Aunque se eliminó el término constitución y los símbolos de la UE, se conservó la esencia del proyecto constitucional fallido:
- Se otorgó personalidad jurídica internacional a la UE.
- Se introdujeron tres categorías normativas: actos legislativos, delegados y de ejecución.
- Se fortaleció el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo se convirtió en una institución formal.
- La mayoría cualificada comenzó a considerar el número de Estados miembros y su población.
Gran parte del contenido de la Constitución Europea fue adoptado, pero algunos aspectos, como la "ley europea", fueron descartados en favor de términos tradicionales como reglamentos y directivas.
Al tiempo, estalló la crisis financiera, y el Tratado de Lisboa no tenía instrumentos para abordarla. Esto llevó a la creación del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) y el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza para gestionar la crisis.
La Quinta Ampliación (2004-2011)
Actualmente, la UE está compuesta por 27 Estados. Para llegar a este número, se establecieron condiciones políticas, económicas, jurídicas y de capacidad para que los nuevos países pudieran unirse.
En 2004, la UE pasó a tener 25 Estados con la adhesión de:
- Tres repúblicas soviéticas: Estonia, Letonia y Lituania.
- Cuatro antiguos satélites de la URSS: Polonia, Hungría, República Checa y Eslovaquia.
- Una antigua república yugoslava: Eslovenia.
- Dos islas mediterráneas: Chipre y Malta.
En 2007, se concretó la quinta ampliación con la adhesión de Rumania y Bulgaria a la UE.
Finalmente, en 2011, Croacia firmó su Tratado de adhesión y se unió a la UE.
El Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ)
Evolución y Consolidación del ELSJ
La UE busca garantizar la libre circulación y seguridad mediante medidas de control fronterizo, asilo, inmigración y lucha contra la delincuencia. Su desarrollo se ha dado en tres fases:
- Fase Inicial (1970s): Cooperación informal en seguridad dentro de la Cooperación Política Europea (CPE), con reuniones ministeriales en el Grupo de Trevi.
- Fase Intermedia: Acuerdo de Schengen (1985) para la supresión gradual de fronteras internas y su Convenio de Aplicación (1990).
- Fase de Consolidación (1992 en adelante): Maastricht incorpora la "Cooperación en asuntos de justicia e interior". Ámsterdam (1997) introduce cambios clave:
- Integración de visados, asilo e inmigración al derecho de la UE.
- Incorporación del acervo de Schengen a la UE, con flexibilidad para ciertos países mediante "opting in/opting out".
Con el Plan de Acción de Tampere (1999-2004), la UE avanzó en políticas de asilo, justicia, lucha contra la delincuencia y acción exterior. Le siguieron el Programa de La Haya (2004-2009) y el Programa de Estocolmo (2009-2014), con seis prioridades políticas para consolidar el ELSJ.
Tendencias clave del ELSJ:
- Integración progresiva en la UE.
- Flexibilidad para los Estados miembros en el proceso de integración.
- Actualización constante de políticas.
- El Tratado de Lisboa reafirma estos principios, aumentando la jurisdicción del TJUE en esta área.
El Espacio Schengen y su Integración en la UE
Schengen surgió como un acuerdo intergubernamental para eliminar controles fronterizos internos y fortalecer la seguridad mediante normas comunes en visados, asilo y controles fronterizos.
Cronología:
- 1985: Acuerdo de Schengen entre Francia, Alemania y el Benelux.
- 1990: Convenio de Aplicación (vigente desde 1995).
- 1997: Ampliación a casi todos los Estados de la UE, junto con Islandia y Noruega.
- 1999: Integración en la UE con el Tratado de Ámsterdam, obligando a nuevos Estados miembros a aceptar el acervo de Schengen.
Actualmente, Schengen incluye países no pertenecientes a la UE (Suiza, Liechtenstein, Islandia, Noruega), mientras que Bulgaria, Rumania y Chipre aún no han eliminado los controles internos. Reino Unido e Irlanda mantuvieron un régimen especial con participación limitada. Schengen ha fortalecido la cooperación policial, destacando el Sistema de Información de Schengen (SIS II), una base de datos clave en seguridad transnacional.
Políticas sobre Controles en las Fronteras, Asilo e Inmigración
La UE busca garantizar la ausencia de controles internos y una gestión eficaz de las fronteras exteriores. Para ello, se apoya en el Sistema de Información de Schengen (SIS II) y en Frontex (Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas), cuya sede está en Varsovia. Frontex desempeña un papel clave en la formación de agentes, la organización de operaciones conjuntas de retorno y el patrullaje de fronteras marítimas contra la inmigración ilegal.
En materia de asilo, la UE ha establecido normas comunes sobre el procedimiento de solicitud, la determinación del Estado responsable y el reconocimiento del estatuto de refugiado. Se prevé la creación de un sistema unificado con normas materiales y procesales comunes, garantizando protección subsidiaria solo a nacionales de terceros países o apátridas.
La política de inmigración busca gestionar los flujos migratorios, garantizar un trato equitativo a los extranjeros residentes y combatir la inmigración ilegal y la trata de personas. Sin embargo, el Tratado de Lisboa mantiene la competencia nacional sobre contingentes de trabajadores extracomunitarios. La UE puede acordar la readmisión de inmigrantes ilegales con terceros países, como Albania o Rusia, y por primera vez prevé medidas de integración para residentes legales.
Cooperación Judicial en Materia Civil y Penal
El principio de reconocimiento mutuo es la base de la cooperación judicial. En el ámbito civil, la UE ha armonizado procedimientos sobre notificación de documentos, obtención de pruebas y ejecución de resoluciones judiciales extranjeras en materias como el derecho matrimonial o la responsabilidad parental. No obstante, no se ha unificado el derecho sustantivo de los Estados miembros.
En materia penal, el reconocimiento mutuo ha facilitado la armonización de normas sobre admisibilidad de pruebas, derechos procesales y protección de víctimas. Destaca la Euroorden, que permite la entrega de personas entre Estados miembros sin requisitos de doble incriminación o reciprocidad, basándose en la confianza mutua. Existen excepciones si se vulnera la Carta de los Derechos Fundamentales.
La cooperación judicial se apoya en la Red Judicial Europea (Rejue) y en Eurojust, creada en 2002 y reforzada en 2008, que coordina investigaciones sobre delincuencia transnacional. Desde Eurojust se ha desarrollado la Fiscalía Europea para investigar delitos que afecten a los intereses financieros de la UE.
Cooperación Policial
La cooperación policial en la UE busca agilizar el acceso a información entre cuerpos de seguridad y fomentar la investigación conjunta de delitos. Europol coordina el intercambio de datos sobre crimen organizado, terrorismo y trata de personas. CEPOL, la Escuela Europea de Policía, mejora la formación de agentes.
Los acuerdos bilaterales permiten la persecución transfronteriza entre países vecinos, como los firmados entre España y Francia o España y Portugal. Aunque Europol no tiene agentes propios, facilita el trabajo conjunto de las fuerzas nacionales de seguridad.
Desde una perspectiva institucional, los Parlamentos nacionales supervisan Europol y participan en la evaluación de las políticas de seguridad de la UE, en colaboración con el Parlamento Europeo.