Historia de la Constitución de 1931 en España

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La Constitución de 1931: Pilar de la Segunda República Española

Estamos ante una nueva constitución española, una fuente histórica primaria de contenido jurídico-político. Es la norma fundamental sobre la que se desarrollará el nuevo régimen político republicano, que surge tras el 14 de abril de 1931.

El Proceso Constituyente

El 14 de julio de 1931 tuvo lugar la apertura de las Cortes Constituyentes de la Segunda República. Una de las tareas primordiales de esas Cortes era elaborar y aprobar la primera Constitución republicana de la historia de España.

Antes de las elecciones, el gobierno provisional había encargado la elaboración de un anteproyecto de Constitución a una comisión jurídica asesora presidida por el jurista Ángel Ossorio y Gallardo. El texto no consiguió el apoyo unánime de los republicanos y fue rechazado por los socialistas.

El gobierno encargó entonces un nuevo proyecto de Constitución a una comisión parlamentaria presidida por el socialista Luis Jiménez de Asúa. En apenas veinte días presentaron el nuevo proyecto, que se debatió en las Cortes desde el 28 de agosto hasta el 1 de diciembre.

Principios Fundamentales y Artículos Clave

En la Constitución se definía a España, en el artículo 1, como una “República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de libertad y justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y de las Regiones”.

Esa constitución declaraba también la no confesionalidad del Estado, eliminaba la financiación estatal del clero, introducía el matrimonio civil y el divorcio y prohibía el ejercicio de la enseñanza a las órdenes religiosas.

El artículo 36 otorgó el voto a las mujeres, algo que estaban haciendo en esos años de entreguerras los parlamentos democráticos de las naciones más avanzadas. El proyecto lo defendió la diputada del Partido Radical Clara Campoamor, que chocó con el temor de muchos republicanos de izquierda, incluida Victoria Kent, de que el voto de las mujeres, influidas por el clero, beneficiase a las organizaciones de derecha. Con el apoyo socialista, pese a las reticencias de Indalecio Prieto, el artículo fue aprobado por 160 votos contra 121. Era una constitución, en suma, democrática y laica, que consagraba la supremacía del poder legislativo.

El Debate sobre la Cuestión Religiosa

La crisis más grave del debate constitucional la provocó el “asunto religioso”, que dejó por el camino alborotos, peleas, insultos y declaraciones salidas de tono tanto de los integristas como de la izquierda más incendiaria y anticlerical.

Se aprobó al final la propuesta de Azaña, en su célebre discurso del día 13 de octubre, que moderaba el proyecto original, al restringir el precepto constitucional de disolución de órdenes religiosas solo a los jesuitas, y ratificaba la prohibición de la enseñanza a las congregaciones religiosas. El texto, sometido a votación la madrugada del 14 de octubre, fue aprobado por 178 votos a favor y 59 en contra. 233 diputados estaban ausentes de la Cámara en ese momento, en muchos casos porque no querían tomar posición en un asunto tan complicado. Lerroux, por ejemplo, estuvo ausente en casi todas las discusiones y dejó el protagonismo al portavoz del partido, Rafael Guerra del Río.

Los diputados agrarios y vasco-navarros abandonaron las Cortes tras la aprobación de ese artículo 26 de la Constitución e hicieron público un manifiesto en el que declaraban que “la Constitución que va a aprobarse no puede ser la nuestra” y emplearían todos sus esfuerzos en “mover a la opinión contra ella”. Alcalá Zamora y Miguel Maura, que habían anunciado su voto en contra, dimitieron. El gran triunfador del momento, Manuel Azaña, fue propuesto como nuevo presidente de gobierno.

Aprobación Final y Oposición

Tras más de tres meses de debates, las Cortes aprobaron finalmente la Constitución el 9 de diciembre de 1931, con 368 votos a favor, a los que se sumarían después 17 votos más de diputados ausentes, y ninguno en contra, al no estar en ese momento en la Cámara los representantes de las organizaciones de derecha.

La Constitución nació, por lo tanto, con la oposición y rechazo de la derecha no republicana que se propuso desde ese momento, revisarla o, desde la visión de sus grupos más extremistas, echarla abajo. Gil Robles sentenció que esa Constitución “en el orden de las libertades públicas es tiránica; en el orden religioso es persecutoria y en el orden de la propiedad es vergonzosamente bolchevizante”.

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