Guía Práctica para el Cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

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A continuación, se presenta una guía estructurada para el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), detallando los pasos clave y las consideraciones importantes en cada etapa.

  1. Calificación
  2. Cuantificación del Rendimiento Neto
  3. Imputación del Rendimiento
  4. Integración de Rendimientos para determinar la Base Imponible General (BIG)
  5. Aplicar Reducciones para llegar a la Base Liquidable (BL)
  6. Cálculo de la Mínima Personal y Familiar (MPF)
  7. Aplicar Tarifas y Tipos Impositivos
  8. Aplicar Deducciones de la Cuota Íntegra
  9. Aplicar Deducciones de la Cuota Líquida
  10. Descontar Retenciones y Pagos Fraccionados

Reducciones Específicas

Reducción por Aportaciones a Sistemas de Previsión Social

Reducción con derecho a deducción cotizada: Se aplica siempre que lo recibido no supere el valor de adquisición. No se considera renta, sino una reducción.

Reducción sin derecho a deducción cotizada: Se calcula como los Fondos de Pensiones del año anterior multiplicados por la parte proporcional. Si la diferencia entre esto y el valor de adquisición es positiva, esa diferencia se considera rendimiento (y lo recibido menos ese rendimiento es la reducción del valor de adquisición de las acciones).

Alternativas Patrimoniales

Cálculo: (Valor de Transmisión (VT) – gastos inherentes a la transmisión) – (Valor de Adquisición (VA) + mejoras + gastos accesorios – amortizaciones).

Normas Especiales

  • Valores cotizados: Inciden en el Valor de Transmisión (VT).
  • Valores no cotizados: Inciden en el Valor de Transmisión (VT).
  • Venta de sociedad patrimonial con inmuebles.
  • Aportaciones no dinerarias a asociaciones: El VT será el mayor de: el importe de lo suscrito, el valor de cotización si cotiza, o el valor de mercado del bien aportado.
  • Separación de socios y disolución de aportaciones.
  • Indemnizaciones y capitales asegurados por pérdidas y siniestros.
  • Constitución de rentas temporales y vitalicias aportando bienes (como muebles o acciones, pero NO dinero).

Rendimientos de Actividades Profesionales y Empresariales

Métodos de Estimación

  • Método de Estimación Directa Normal: Aplicable para ingresos superiores a 600.000 €. Implica las mismas obligaciones que en el Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Método de Estimación Directa Simplificada: Aplicable para ingresos inferiores a 600.000 €. Implica menos obligaciones contables, solo el libro registro de ingresos y gastos.
  • Método de Estimación Objetiva por Módulos: Fácil de controlar, se basa en módulos y no depende del rendimiento generado. No tiene obligaciones contables ni requiere llevar libros registro, ideal para pequeños negocios.

Reducciones Generales

  • Por tributación conjunta: Declaración con la unidad familiar o monoparental.
  • Por atención a situaciones de dependencia y envejecimiento: Planes de pensiones o alternativos del contribuyente; aportaciones realizadas por personas con discapacidad.
  • Por aplicación de rentas: Pago de pensiones compensatorias a favor del cónyuge; pago por anualidades de alimentos a personas distintas de los hijos.

Atribución de Rendimientos (Art. 11)

  • Rendimientos del trabajo: Se atribuyen exclusivamente a quien haya generado el derecho a su percepción.
  • Rendimientos del capital: Se atribuyen a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos de los que provengan estos rendimientos.
  • Rendimientos de actividades económicas o profesionales: Se consideran obtenidos por quienes realicen de forma habitual, personal y directa la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y los recursos humanos afectos a la actividad.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Se consideran obtenidas por los contribuyentes que sean los titulares jurídicos de los bienes, derechos y demás elementos patrimoniales.

Gastos Deducibles de Rendimientos del Capital Inmobiliario

  1. Gastos de reparación y conservación del inmueble.
  2. Intereses de préstamo en la adquisición del inmueble.
  3. Tributos y recargos no estatales, así como tasas y recargos no estatales.
  4. Cantidades destinadas a la amortización del inmueble, siempre que corresponda con su depreciación efectiva.
  5. Saldos de dudoso cobro en las condiciones establecidas reglamentariamente.

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