Guía sobre Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente en España

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Incapacidad Temporal (IT)

2.2 ¿Qué es la Incapacidad Temporal?

Situación en la que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar y que precisan asistencia sanitaria por enfermedad común o profesional, accidente y periodos de observación.

Requisitos

  • Enfermedad común: Haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja médica (periodo de carencia).
  • Enfermedad profesional y accidente, ya sea laboral o no: No se exige periodo mínimo de cotización.

Duración

Tiene una duración máxima de 12 meses, prorrogables a otros 6 más cuando se estime que el trabajador puede ser dado de alta médica en ese tiempo. Tiene un máximo de 24 meses.

  • Duración de la IT: Prórroga de 6 meses por el INSS.
  • Prórroga máxima hasta 24 meses.
  • Alta médica.

Prestación

La prestación económica es diferente según la situación del trabajador.

Incapacidad Permanente (IP)

Situación en la que un trabajador, después de haber sido dado de alta por IT, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo.

Grados de Incapacidad Permanente

  • Incapacidad Permanente Parcial

    Grado de incapacidad: Disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión.

    Cuantía de la prestación: Cantidad equivalente a 24 mensualidades.

  • Incapacidad Permanente Total

    Grado de incapacidad: No puede dedicarse a su trabajo habitual, pero sí a otras actividades.

    Cuantía de la prestación: 55% de la base reguladora, se incrementa con complementos.

  • Incapacidad Permanente Absoluta

    Grado de incapacidad: Impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio.

    Cuantía de la prestación: 100% de la base reguladora.

  • Gran Invalidez

    Grado de incapacidad: Situación en la que un trabajador con incapacidad absoluta se encuentra necesitando asistencia de otra persona para realizar actividades esenciales.

    Cuantía de la prestación: 100% de la base reguladora más incremento no inferior al 45% de la pensión.

Cuantía de la prestación por IT

  • Primeros 180 días: 70% de la base reguladora.
  • A partir del día 181: 50% de la base reguladora.

Límites de la prestación por IT

  • Límite máximo:
    • Sin hijos: 175% del IPREM.
    • 1 hijo: 200% del IPREM.
    • 2 o más hijos: 225% del IPREM.
  • Límite mínimo:
    • Sin hijos: 80% del IPREM.
    • Con hijos: 107% del IPREM.

Subsidio por Desempleo (Nivel Asistencial)

¿Qué es el subsidio por desempleo?

Prestación asistencial que se percibe cuando no se cumplen con los requisitos para la prestación contributiva por desempleo o se ha agotado y se tienen responsabilidades familiares.

Requisitos

  • Estar desempleado.
  • Haber cotizado 3 meses (cargas familiares) o 6 meses.
  • No tener el periodo mínimo de cotización para la prestación contributiva.

Cuantía

80% del IPREM sin incluir pagas extraordinarias.

Duración

6 meses si se ha cotizado 6 meses o más.

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